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Quiero dejar el local que he alquilado antes de que entre el contrato en vigor

5 Comentarios
 
02/12/2017 10:35
Fernandez4
Si, Fernandez4 es que veo que no me he expicado bien. Yo no digo que hayan abandonado el local, me refería al caso hipotético en que decidieran hacerlo.
EN cuanto a la pregunta sobre incumplimentos: si son incumplimientos, pero en principio no son lo suficientemente graves como para que Uds. resuelvan el contrato.
01/12/2017 22:04
leonjbr
Perdone, con todos los respetos, pero no hemos abandonado el local, no es vivienda, todavía no lo hemos abierto hasta el 6 de enero !! el contrato entra en vigor el día 1, y si, ya hemos pagado por adelantado la fianza.
Y queria respuesta para si están incumpliendo el contrato que dice que el local no tiene cargas y si las hay o que se hará un inventario de las instalaciones y elementos del local y que también aún no se ha hecho..
gracias por responder
01/12/2017 20:03
Fernandez4
Los contratos no pueden resolverse unilateralmente. Si abandonan el local y no pagan la casera podrá demandarles para que cumplan el contrato, esto es para que paguen las rentas mensuales correspondientes a la duración de dicho contrato, si bien el juez no les condenará a Uds. a pagar todo ese tiempo, pero 2 o 3 meses de renta no hay quien se lo quite.
No veo forma de que puedan resolver ese contrato mediante ningún argumento como el de las facturas.
01/12/2017 19:26
RubenLopez
Buenas tardes, gracias por responder, le comento..
En el contrato no se establece que la propietaria tenga que reparar el mobiliario, pero se comprometió de palabra a repararlo y aún no lo ha hecho, retrasandonos en el uso, acondicionamiento y revisión de las instalaciones y maquinaria.
En el contrato pone que nos entregará las llaves el día 1 que entra en vigor el contrato, pudiendo dejarnoslas unos días antes para poder ir gestionando la actividad.Algo por lo que se comprometió también y aún no ha hecho, y tenemos mucho que gestionar.
Luego, debe haber incumplido el contrato porque en el punto 2 del mismo dice que : el citado local de negocio se encuentra libre de cargas y no es cierto, hemos descubierto 2 facturas de la luz sin pagar del anterior inquilino y que tampoco dio de baja el suministro, ésto es suficiente para resolver el contrato??
01/12/2017 16:16
Fernandez4
Buenas tardes, ¿en el contrato se establece que la propietaria tiene la obligación de reparar el mobiliario? ¿Hay alguna cláusula que la obligue a poner a su disposición la llave en una fecha concreta o con algún plazo antes de la apertura?

Por lo que dices me parece haber entendido que tienes el contrato ya suscrito, que empieza a aplicarse el 1 de enero pero el bar no se abre hasta el 6 de enero. Entiendo en ese caso que son esos días cuando ustedes podrán acceder al local para acondicionarlo.

Si hay alguna cláusula que le obligue a cuplir alguna de esas condiciones y no las cumple se podría resolver el contrato por su incumplimiento, debiendo devolverles la fianza, sino lo que ustedes pretenden se puede considerar un desistimiento y por tanto podrían perder la fianza.

Quedo a su entera disposición.
Quiero dejar el local que he alquilado antes de que entre el contrato en vigor
01/12/2017 14:10
Alquilamos un bar el día 14 de noviembre, pagamos la fianza de 3000 euros, firmamos el contrato que entra en vigor el día 1 de Enero pero ahora queremos dejarlo.Avisamos a la propietaria de ésto el miércoles 29 de noviembre.Por falta de tiempo que nosotros consideramos por algunas reparaciones del mobiliario que la propietaria tiene que hacer y aún no ha hecho, porque aún no nos ha entregado las llaves a día de hoy 1 de diciembre para poder acondicionar el bar a nuestro gusto, con la consiguientes compras de material y utensilios para el bar que tardan días en llegar y así entre otras cosas, entonces la pedimos que si podía darnos un mes más para hacer todo ésto extinguiendo el actual contrato, hacer uno nuevo con la fecha de apertura del bar en Febrero (el actual tiene fecha de apertura el 6 de enero) pues se ha negado y entonces hemos decidido dejar el bar y recuperar nuestra fianza..
Qué derechos tenemos y que debemos hacer?
Gracias.
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02/12/2017 10:35
Fernandez4
Si, Fernandez4 es que veo que no me he expicado bien. Yo no digo que hayan abandonado el local, me refería al caso hipotético en que decidieran hacerlo.
EN cuanto a la pregunta sobre incumplimentos: si son incumplimientos, pero en principio no son lo suficientemente graves como para que Uds. resuelvan el contrato.
01/12/2017 22:04
leonjbr
Perdone, con todos los respetos, pero no hemos abandonado el local, no es vivienda, todavía no lo hemos abierto hasta el 6 de enero !! el contrato entra en vigor el día 1, y si, ya hemos pagado por adelantado la fianza.
Y queria respuesta para si están incumpliendo el contrato que dice que el local no tiene cargas y si las hay o que se hará un inventario de las instalaciones y elementos del local y que también aún no se ha hecho..
gracias por responder
01/12/2017 20:03
Fernandez4
Los contratos no pueden resolverse unilateralmente. Si abandonan el local y no pagan la casera podrá demandarles para que cumplan el contrato, esto es para que paguen las rentas mensuales correspondientes a la duración de dicho contrato, si bien el juez no les condenará a Uds. a pagar todo ese tiempo, pero 2 o 3 meses de renta no hay quien se lo quite.
No veo forma de que puedan resolver ese contrato mediante ningún argumento como el de las facturas.
01/12/2017 19:26
RubenLopez
Buenas tardes, gracias por responder, le comento..
En el contrato no se establece que la propietaria tenga que reparar el mobiliario, pero se comprometió de palabra a repararlo y aún no lo ha hecho, retrasandonos en el uso, acondicionamiento y revisión de las instalaciones y maquinaria.
En el contrato pone que nos entregará las llaves el día 1 que entra en vigor el contrato, pudiendo dejarnoslas unos días antes para poder ir gestionando la actividad.Algo por lo que se comprometió también y aún no ha hecho, y tenemos mucho que gestionar.
Luego, debe haber incumplido el contrato porque en el punto 2 del mismo dice que : el citado local de negocio se encuentra libre de cargas y no es cierto, hemos descubierto 2 facturas de la luz sin pagar del anterior inquilino y que tampoco dio de baja el suministro, ésto es suficiente para resolver el contrato??
01/12/2017 16:16
Fernandez4
Buenas tardes, ¿en el contrato se establece que la propietaria tiene la obligación de reparar el mobiliario? ¿Hay alguna cláusula que la obligue a poner a su disposición la llave en una fecha concreta o con algún plazo antes de la apertura?

Por lo que dices me parece haber entendido que tienes el contrato ya suscrito, que empieza a aplicarse el 1 de enero pero el bar no se abre hasta el 6 de enero. Entiendo en ese caso que son esos días cuando ustedes podrán acceder al local para acondicionarlo.

Si hay alguna cláusula que le obligue a cuplir alguna de esas condiciones y no las cumple se podría resolver el contrato por su incumplimiento, debiendo devolverles la fianza, sino lo que ustedes pretenden se puede considerar un desistimiento y por tanto podrían perder la fianza.

Quedo a su entera disposición.
Quiero dejar el local que he alquilado antes de que entre el contrato en vigor
01/12/2017 14:10
Alquilamos un bar el día 14 de noviembre, pagamos la fianza de 3000 euros, firmamos el contrato que entra en vigor el día 1 de Enero pero ahora queremos dejarlo.Avisamos a la propietaria de ésto el miércoles 29 de noviembre.Por falta de tiempo que nosotros consideramos por algunas reparaciones del mobiliario que la propietaria tiene que hacer y aún no ha hecho, porque aún no nos ha entregado las llaves a día de hoy 1 de diciembre para poder acondicionar el bar a nuestro gusto, con la consiguientes compras de material y utensilios para el bar que tardan días en llegar y así entre otras cosas, entonces la pedimos que si podía darnos un mes más para hacer todo ésto extinguiendo el actual contrato, hacer uno nuevo con la fecha de apertura del bar en Febrero (el actual tiene fecha de apertura el 6 de enero) pues se ha negado y entonces hemos decidido dejar el bar y recuperar nuestra fianza..
Qué derechos tenemos y que debemos hacer?
Gracias.