Si he entendido bien, el trabajador en ese caso puede optar por elevar la disputa a el juzgado de lo social y deberá acatar lo que allí se dicte, ¿no?.
Discrepo. El trabajador NO DEBE reincorporarse. Es doctrina reiterada que no se puede dejar el cumplimiento de los contratos al arbitrio de una de las partes. Esto quiere decir, que una vez extinguida la relación laboral, requiere el mutuo acuerdo de las partes para dejarla sin efecto, quedándole al trabajador el derechoa la tutela judicial efectiva en el sentido de que se valore por parte de los tribunales el despido.