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Reagrupación familiar

1 Comentarios
 
Reagrupación familiar
26/03/2019 14:55
Hola tengo un hijo en Perú de 19 años el cual depende de mi yo aquí tengo tarjeta de asistencia llevo ya 14 años en España que debo hacer para pedir la agrupación de mi hijo? Cuáles son los trámites y requisitos .
26/03/2019 15:32
Romy67
Hola:

Si usted YA TIENE la nacionalidad española, su hijo puede venir y aquí solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión : es menor de 21 años de edad y eso es suficiente. No habría que realizar trámite alguno de visado de reagrupación familiar, pues su hijo estaría sujeto al régimen comunitario y al no necesitar visado para entrar en el espacio de Schengen, puede beneficiarse del derecho de residencia en régimen comunitario ya dentro de España.

En cambio, si usted no tiene la nacionalidad española, sino que solo es extranjero residente legal en régimen general, debe saber que en régimen general, ya no podrá reagruparlo : solo puede reagruparse a hijos menores de 18 años de edad, excepto si tienen una discapacidad y no pueden objetivamente proveer a sus propias necesidades debido a su estado de saludo ( en estos casos, la edad será indiferente).

Un cordial saludo.
Reagrupación familiar | PorticoLegal
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Reagrupación familiar
26/03/2019 14:55
Hola tengo un hijo en Perú de 19 años el cual depende de mi yo aquí tengo tarjeta de asistencia llevo ya 14 años en España que debo hacer para pedir la agrupación de mi hijo? Cuáles son los trámites y requisitos .
26/03/2019 15:32
Romy67
Hola:

Si usted YA TIENE la nacionalidad española, su hijo puede venir y aquí solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión : es menor de 21 años de edad y eso es suficiente. No habría que realizar trámite alguno de visado de reagrupación familiar, pues su hijo estaría sujeto al régimen comunitario y al no necesitar visado para entrar en el espacio de Schengen, puede beneficiarse del derecho de residencia en régimen comunitario ya dentro de España.

En cambio, si usted no tiene la nacionalidad española, sino que solo es extranjero residente legal en régimen general, debe saber que en régimen general, ya no podrá reagruparlo : solo puede reagruparse a hijos menores de 18 años de edad, excepto si tienen una discapacidad y no pueden objetivamente proveer a sus propias necesidades debido a su estado de saludo ( en estos casos, la edad será indiferente).

Un cordial saludo.