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Recargo cuota comunidad

5 Comentarios
 
05/03/2012 16:01
Gracias por la contestación, efectivamente el vecino que se queja es precisamente uno de los que compraron el piso hace 30 años, es decir, desde el principio, sin embargo yo lo compré después y no me quejo porque entiendo que algo hay que hacer al respecto, porque de lo contrario nadie pagaría y subiríamos las escaleras andando y con velas en vez de en ascensor.
05/03/2012 15:29
el vecino que se queja, era propietario cuando se hicieron los estatutos?
Ahora bien, si está como dice en los estatutos, como estos se aprobaron por unanimidad, comprometen a quien los votó.
Yo no se si lo que dice dosodi puede ser
pero los estatutos van a misa
Digalé al vecino, que si es abusivo porqué votó que si
05/03/2012 14:56
Estoy completamente segura que está en los estatutos iniciales desde hace casi 30 años, incluso cuando se volvieron a aplicar se mandó una circular indicando el artículo de los estatutos donde lo ponía, dicho porcentaje ya se ha aplicado unas cuantas veces, incluso el vecino que ahora se queja ya pagó este recargo en una ocasión.
He leído que esta forma de recargo se trata de una penalización para evitar que dejen de pagar los demás y por tanto dicho vecino no podría alegar la abusividad, sobre todo porque al estar en los estatutos lo han aceptado todos.
05/03/2012 14:49
Está usted segura que está en los estatutos o en el reglamento de régimen interno.
Creo que confunde términos, dado que si están en los estatutos, estos se deben de aprobar por unanimidad, por lo tanto una persona que estaba de acuerdo en la votación, no es lógico que a posteriori se queje.
Y si está recogido en el reglamento, es totalmente abusivo, y siempre se debe de aprobar por unanimidad.
Aclarenos donde está
05/03/2012 14:33
vamos a ver, el que tengan en los estatutos ese % establecido, no quiere decir que ante un juicio, el magistrado lo desaprueve, pues lo normal por ley es un 2 o un 3 % por encima de los intereses que marque la ley en el momento de contraer la deuda, espero le sea de ayuda. saludos
Recargo cuota comunidad
05/03/2012 13:11
En nuestros estatutos de Comunidad tenemos establecido un 25% de recargo por retrasos de cuotas, lo cual creo que está bien para evitar que los 2 cara duras que tenemos pagen a su debido tiempo, sin embargo uno de ellos dice que es abusivo.

Yo entiendo que debe de aplicarse porque de lo contrario ninguno de los vecinos pagaríamos la cuota, o la pagaríamos cuando nos viniese mejor a cada uno y en consecuencia no podríamos pagar los servicios de ascensores, luz, agua, etc.

La pregunta es ¿pueden alegar el vecino que es abusivo el recargo a pesar de estar en los estatutos de la propiedad?
Gracias
Recargo cuota comunidad | PorticoLegal
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05/03/2012 16:01
Gracias por la contestación, efectivamente el vecino que se queja es precisamente uno de los que compraron el piso hace 30 años, es decir, desde el principio, sin embargo yo lo compré después y no me quejo porque entiendo que algo hay que hacer al respecto, porque de lo contrario nadie pagaría y subiríamos las escaleras andando y con velas en vez de en ascensor.
05/03/2012 15:29
el vecino que se queja, era propietario cuando se hicieron los estatutos?
Ahora bien, si está como dice en los estatutos, como estos se aprobaron por unanimidad, comprometen a quien los votó.
Yo no se si lo que dice dosodi puede ser
pero los estatutos van a misa
Digalé al vecino, que si es abusivo porqué votó que si
05/03/2012 14:56
Estoy completamente segura que está en los estatutos iniciales desde hace casi 30 años, incluso cuando se volvieron a aplicar se mandó una circular indicando el artículo de los estatutos donde lo ponía, dicho porcentaje ya se ha aplicado unas cuantas veces, incluso el vecino que ahora se queja ya pagó este recargo en una ocasión.
He leído que esta forma de recargo se trata de una penalización para evitar que dejen de pagar los demás y por tanto dicho vecino no podría alegar la abusividad, sobre todo porque al estar en los estatutos lo han aceptado todos.
05/03/2012 14:49
Está usted segura que está en los estatutos o en el reglamento de régimen interno.
Creo que confunde términos, dado que si están en los estatutos, estos se deben de aprobar por unanimidad, por lo tanto una persona que estaba de acuerdo en la votación, no es lógico que a posteriori se queje.
Y si está recogido en el reglamento, es totalmente abusivo, y siempre se debe de aprobar por unanimidad.
Aclarenos donde está
05/03/2012 14:33
vamos a ver, el que tengan en los estatutos ese % establecido, no quiere decir que ante un juicio, el magistrado lo desaprueve, pues lo normal por ley es un 2 o un 3 % por encima de los intereses que marque la ley en el momento de contraer la deuda, espero le sea de ayuda. saludos
Recargo cuota comunidad
05/03/2012 13:11
En nuestros estatutos de Comunidad tenemos establecido un 25% de recargo por retrasos de cuotas, lo cual creo que está bien para evitar que los 2 cara duras que tenemos pagen a su debido tiempo, sin embargo uno de ellos dice que es abusivo.

Yo entiendo que debe de aplicarse porque de lo contrario ninguno de los vecinos pagaríamos la cuota, o la pagaríamos cuando nos viniese mejor a cada uno y en consecuencia no podríamos pagar los servicios de ascensores, luz, agua, etc.

La pregunta es ¿pueden alegar el vecino que es abusivo el recargo a pesar de estar en los estatutos de la propiedad?
Gracias