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recibo de indemnización

24 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 24 comentarios
29/05/2012 12:39
rocalimon, archilla, trola, jamgpebre, afimco:
Gracias a todos por su ayuda desinteresada. somos muchas las personas que en ocaciones nos sentimos indefensas.
Ha salido todo bien, pasó el susto, la empresa reconoció el improcedente, pagaron. Efectivamente no pudieron demostrar nada.
11/03/2012 18:28
Gracias otra vez, rocalimon, esperemos que todo vaya bien, y salvo mejor opinión me quedo con lo bueno...
11/03/2012 13:36
Si, si gana la improcedencia y, no hay readmisión la empresa tendrá que abonarle la diferencia hasta 45 días, o sea 25 días mas por año.

saludos
11/03/2012 00:59
Rocalimon:
Firmó por lo que le abonaron, o sea los 20 días, el reclamo de los 45 (porque fue antes de la nueva legislación), es lo que se está reclamando, quiere decir que si gana, la diferencia se la tendrán que abonar, aunque hubiera firmado ese "recibí", es así?, porque en realidad es lo que nos interesa.
09/03/2012 23:05
Hola lili 65, por regla general los finiquitos y las cartas de despido dicen "queda saldado y sin nada que reclamar, etc, etc, si su esposo firmo sin mas y le abonaron una suma menor a la que indicaba la carta tendrá difícil ganar la demanda por cantidad.

Si gana la demanda por despido el empresario tendrá dos opciones, readmisión abonando salarios de tramitación o abonar 45 días x año hasta el 11 de febrero y 33 días x año el tiempo trabajado posterior a esa fecha, no corresponden salarios de tramitación en este caso.Si hay readmisión tendrá que devolver lo cobrado en concepto de indemnización.

No, lo del documento no es así, en teoría a su esposo le abonaron 20 días por año, si gana y no hay readmisión entonces le abonaran la diferencia hasta 45 días.

Si le abonaron 20 días x año y la cantidad es correcta y la misma que figura en la carta entonces solo cumplió con el hecho formal firmando la carta.

Otra cosa es que firme por 1000 y reciba 800, eso es un error. Pero le reitero no tiene nada que ver las deudas de cantidades con la demanda por despido.

saludos
09/03/2012 17:47
rocalimon:
Ante todo gracias por contetestar.
La indemnización por despido por causas económicas se la han abonado, y es por eso que firmó el recibí y no miró si con eso quedaba "finiquitada la relación laboral".
Efectivamte, lo que se reclama es el improcedente, entonces quiere decir que aunque en ese recibí hubiera habido algo como "queda saldado y finiquitado...sin más que reclamar....,etc", no le inhabilita para seguir con la demanda, y si el juez declara improcedente, la empresa tendría que abonar la diferencia?, (o readmitirlo, espero que no).
Cuando dice que usarán ese documento se refiere a que si se declara improcedente y no abonan (la diferencia), y entonces se demandaría por no pagarla, y ahí es cuando saldrá ese "recibí" a la luz? Creo que me estoy haciendo un lío enorme, "el que no sabe es como el que no ve"...
09/03/2012 17:10
Creo que esta mezclando dos conceptos diferentes.

El que haya firmado el finiquito o la carta de despido con la indemnización nada tiene que ver con la demanda por despido improcedente.

Usted presentó demanda por despido y no por cantidades no abonadas, si no le abonaron el finiquito o la indemnización tiene 12 meses para demandar por impago, claro esta que habiendo firmado un recibí, la tendrá difícil.

Si la empresa tuviera algún documento firmado por su esposo que lo perjudicara al reclamar despido improcedente mediante demanda, ya lo hubieran usado en la conciliación, de ser así y no lo usaran reservándolo para el juicio, el juez podría ver mala fe de parte de la empresa.

Yo creo que usaran ese documento cuando presente demanda por finiquito o indemnización no abonada.Pero en cuanto a la demanda por despido la empresa no tiene nada.

Creo que antes se tenía que presentar dos demandas separadas, una por despido y otra por impago de cantidades pero desde la reforma de la ley de jurisdicción social pueden hacerse juntas.Quizá esto pueda confirmarlo algún compañero.

saludos


09/03/2012 15:46
Trola, archilla, afimco jampgpreve:
Comentando mi caso con otras personas me dicen que ese "recibí", es posible que se lo estén "guardando" para el juicio, ¿pueden hacer eso?, o al ser admitida la demanda, por el secretario del juzgado de lo social, (como dicen Trola y afimco), luego de la conciliación, ese "maldito recibí" ya no aparecerá? Disculpen, pero a quién se lo comento me mira con cara rara y las respuestas son infinitas y algunos me crean dudas como éstas. Gracias!!!
06/03/2012 10:43
Gracias otra vez, y creo que salvo mejor opinión trataremos de quedarnos con lo bueno, y esperar que ese maldito "recibí" no aparezca en el juicio y nos amargue la vida.
05/03/2012 16:23
No, en este aspecto no, ya te dije que pienso como los compañeros anteriores, pero es que me mosquea sólo eso, es que después de lo visto por ahí tiendo a desconfiar de todo, (y ya sabes lo que dice el refranero, piensa mal y acertarás).
05/03/2012 16:12
Jamgpreve:
Entonces en qué discrepas con lo que dicen Trola y archilla?: "que si firmó antes de la conciliación y no hubo avenecia" y "Si no hubo avenencia y posterior demanda, siendo admitida esta por el secretario del juzgado de lo social, esta claro que sigues reclamando la improcedencia del despido." Hay algo que se nos está escapando? Gracias!!
05/03/2012 12:30
Aunque ya hayan denunciado ante la inspección, que acudan a inspección y pidan cita con el inspector que lleve su caso presionar le expliquen la situación de ellos y del resto de la plantilla para así además de informarle mejor éste se vea forzado a actuar con más premura.
En cuanto a lo del as en la manga me refiero a que igual con lo que le pusieron a firmar a su marido y que el firma sin saber que era, a lo mejor le pusieron que con esos pagos las deudas entre su marido y la empresa quedaban saldadas, como no sabemos lo que firmo, (porque ciando se firma algo hay que saber el qué y además exigir una copia de lo que se firma, pero bueno eso ya esta hecho, es que me mosquea lo del banco, porque como digo mas arriba cuando se cobra por el banco ese ingreso realizado por su empresa no precisa firma, porque queda sobradamente reflejado en las transferencias bancarias y usted no podrá negar haber percibido ese ingreso)
05/03/2012 09:47
Jamgpreve:
Hay una denuncia puesta, en realidad no era por esta persona que está en su puesto, pero sí por otra que llevaba sin contrato unos 9 meses y luego la nombraron encargado y vino a cortar cabezas. Sí, los compañeros esatán dispuestos a declarar, (quedan dos, porque también despidieron a otro, por cierto, de las 6 personas que en éstos momentos están en ésta sección , sólo tres están dadas de alta: el "encargadito" y los otros dos compañeros).
En realidad lo que quieren es despedir a los cuatro que tenían indefinidos y algunos llevan muchos años, y creo que ésta es una buena oportunidad de sacárselos de encima con poco dinero. La inspección tarda en llegar, y lo que temen y marido y su compañero (al que despidieron también), es que despidan a los otros dos, y que cuando llegue la inspección no puedan hablar con el inspector y todo quede como si no hubiera pasado nada, porque los cuatro ya estarían fuera. El resto de la gente que queda en la otra sección no declarará por miedo.
A qué te refieres con lo del as en la manga, qué puede ser según tu intuición, y para ti, qué abanico de posibilidades podría presentar ésta situación?
05/03/2012 09:13
Pero hay otra persona aunque este sin cto, es decir, ¿hay alguien trabajando que tus compañeros de trabajo te pueden confirmar? Si esto es así, ya estas tardando en denunciar a inspección de trabajo parta que ellos lo comprueben, para empezar tendrían que readmitir a tu marido y al nuevo hacerlo indefinido a jornada completa y para seguir encima, les caería un puro, en cuanto a la segunda cuestión, pienso como los compañeros anteriores que si la cosa ya esta en el juzgado probablemente no tengan nada pero tb puede ser que tengan un as bajo la manga, no se es que me resulta raro. Bueno ya nos sacaras de dudas cuando sea el juicio. Saludos.
05/03/2012 07:55
Jamgpreve:
En realidad cuando digo que contrataron a otra persona es una forma de decir, porque los compañeros le dicen a mi esposo que todavía no lo han dado de alta.
Otra cosa que me mosquea, lo de la firma, ya que seguramente no la necesitaban. Ahora bien, como dice Trola, si no hubo avenencia en el SMAC y posterior demanda siendo admitida por el secretario del juzgado en lo social, crees que se están guardando ese "recibí" para el juicio?, aunque me parece tonto, porque en la conciliación si hubieran podido demostrar algo terminarían el conflicto ahí, no? Es que no sé cómo funciona todo ésto, aunque la lógica me lleva a éste razonamiento. Me gustaría saber qué te parece. Gracias.
05/03/2012 02:04
A mi lo que me mosquea es que dice que le hicieron firmar las cantidades ingresadas en el banco, y como sabéis la empresa no necesita la firma de esos justificantes ya que queda registrado el ingreso en la entidad bancaria y por otra parte dice que se trata de un despido objetivo por causas económicas y resulta que luego dice que ya contrataron a otra persona en su lugar ¿como pueden despedir por causas económicas y nada mas despedirle contratan a otra persona? ¿no os mosquea?, ¿Que habrá firmado?
04/03/2012 21:11
Trola:
gracias por intervenir, me alegra saber que todavía seguimos en la carrera, creo que ahora todo lo llevará un abogado, pero siempre vienen bien otras opiniones, y sobretodo las de vosotros. Como le dije a archilla sigo este foro y muchos de sus debates. Gracias en nombre de todos los que acudimos a éste sitio con una duda y nos dan una respuesta.
03/03/2012 18:52
Lili 65, creo entender que te has hecho un lio.
Si no hubo avenencia y posterior demanda, siendo admitida esta por el secretario del juzgado de lo social, esta claro que sigues reclamando la improcedencia del despido.
Tranquila que todo lo habéis hecho bien.
03/03/2012 18:21
Hola archilla:
Tardabas en aparecer, sigo muy de cerca este foro y siempre estás ahí, gracias!!
Creo que mi marido ha aprendido la lección, el susto fue grande. Ahora ya tengo dos opiniones más que dicen que no hemos perdido las posibilidades de ganar el improcedente. Cuando todo termine les comunicaré como fué todo.
Gracias otra vez!!!
03/03/2012 16:03
lili 65
espero que a partir de ahora os sirva tener en mente siempre dos cosas:
- leer bien lo que se firme
- quedarse SIEMPRE con copia de lo que se firma
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29/05/2012 12:39
rocalimon, archilla, trola, jamgpebre, afimco:
Gracias a todos por su ayuda desinteresada. somos muchas las personas que en ocaciones nos sentimos indefensas.
Ha salido todo bien, pasó el susto, la empresa reconoció el improcedente, pagaron. Efectivamente no pudieron demostrar nada.
11/03/2012 18:28
Gracias otra vez, rocalimon, esperemos que todo vaya bien, y salvo mejor opinión me quedo con lo bueno...
11/03/2012 13:36
Si, si gana la improcedencia y, no hay readmisión la empresa tendrá que abonarle la diferencia hasta 45 días, o sea 25 días mas por año.

saludos
11/03/2012 00:59
Rocalimon:
Firmó por lo que le abonaron, o sea los 20 días, el reclamo de los 45 (porque fue antes de la nueva legislación), es lo que se está reclamando, quiere decir que si gana, la diferencia se la tendrán que abonar, aunque hubiera firmado ese "recibí", es así?, porque en realidad es lo que nos interesa.
09/03/2012 23:05
Hola lili 65, por regla general los finiquitos y las cartas de despido dicen "queda saldado y sin nada que reclamar, etc, etc, si su esposo firmo sin mas y le abonaron una suma menor a la que indicaba la carta tendrá difícil ganar la demanda por cantidad.

Si gana la demanda por despido el empresario tendrá dos opciones, readmisión abonando salarios de tramitación o abonar 45 días x año hasta el 11 de febrero y 33 días x año el tiempo trabajado posterior a esa fecha, no corresponden salarios de tramitación en este caso.Si hay readmisión tendrá que devolver lo cobrado en concepto de indemnización.

No, lo del documento no es así, en teoría a su esposo le abonaron 20 días por año, si gana y no hay readmisión entonces le abonaran la diferencia hasta 45 días.

Si le abonaron 20 días x año y la cantidad es correcta y la misma que figura en la carta entonces solo cumplió con el hecho formal firmando la carta.

Otra cosa es que firme por 1000 y reciba 800, eso es un error. Pero le reitero no tiene nada que ver las deudas de cantidades con la demanda por despido.

saludos
09/03/2012 17:47
rocalimon:
Ante todo gracias por contetestar.
La indemnización por despido por causas económicas se la han abonado, y es por eso que firmó el recibí y no miró si con eso quedaba "finiquitada la relación laboral".
Efectivamte, lo que se reclama es el improcedente, entonces quiere decir que aunque en ese recibí hubiera habido algo como "queda saldado y finiquitado...sin más que reclamar....,etc", no le inhabilita para seguir con la demanda, y si el juez declara improcedente, la empresa tendría que abonar la diferencia?, (o readmitirlo, espero que no).
Cuando dice que usarán ese documento se refiere a que si se declara improcedente y no abonan (la diferencia), y entonces se demandaría por no pagarla, y ahí es cuando saldrá ese "recibí" a la luz? Creo que me estoy haciendo un lío enorme, "el que no sabe es como el que no ve"...
09/03/2012 17:10
Creo que esta mezclando dos conceptos diferentes.

El que haya firmado el finiquito o la carta de despido con la indemnización nada tiene que ver con la demanda por despido improcedente.

Usted presentó demanda por despido y no por cantidades no abonadas, si no le abonaron el finiquito o la indemnización tiene 12 meses para demandar por impago, claro esta que habiendo firmado un recibí, la tendrá difícil.

Si la empresa tuviera algún documento firmado por su esposo que lo perjudicara al reclamar despido improcedente mediante demanda, ya lo hubieran usado en la conciliación, de ser así y no lo usaran reservándolo para el juicio, el juez podría ver mala fe de parte de la empresa.

Yo creo que usaran ese documento cuando presente demanda por finiquito o indemnización no abonada.Pero en cuanto a la demanda por despido la empresa no tiene nada.

Creo que antes se tenía que presentar dos demandas separadas, una por despido y otra por impago de cantidades pero desde la reforma de la ley de jurisdicción social pueden hacerse juntas.Quizá esto pueda confirmarlo algún compañero.

saludos


09/03/2012 15:46
Trola, archilla, afimco jampgpreve:
Comentando mi caso con otras personas me dicen que ese "recibí", es posible que se lo estén "guardando" para el juicio, ¿pueden hacer eso?, o al ser admitida la demanda, por el secretario del juzgado de lo social, (como dicen Trola y afimco), luego de la conciliación, ese "maldito recibí" ya no aparecerá? Disculpen, pero a quién se lo comento me mira con cara rara y las respuestas son infinitas y algunos me crean dudas como éstas. Gracias!!!
06/03/2012 10:43
Gracias otra vez, y creo que salvo mejor opinión trataremos de quedarnos con lo bueno, y esperar que ese maldito "recibí" no aparezca en el juicio y nos amargue la vida.
05/03/2012 16:23
No, en este aspecto no, ya te dije que pienso como los compañeros anteriores, pero es que me mosquea sólo eso, es que después de lo visto por ahí tiendo a desconfiar de todo, (y ya sabes lo que dice el refranero, piensa mal y acertarás).
05/03/2012 16:12
Jamgpreve:
Entonces en qué discrepas con lo que dicen Trola y archilla?: "que si firmó antes de la conciliación y no hubo avenecia" y "Si no hubo avenencia y posterior demanda, siendo admitida esta por el secretario del juzgado de lo social, esta claro que sigues reclamando la improcedencia del despido." Hay algo que se nos está escapando? Gracias!!
05/03/2012 12:30
Aunque ya hayan denunciado ante la inspección, que acudan a inspección y pidan cita con el inspector que lleve su caso presionar le expliquen la situación de ellos y del resto de la plantilla para así además de informarle mejor éste se vea forzado a actuar con más premura.
En cuanto a lo del as en la manga me refiero a que igual con lo que le pusieron a firmar a su marido y que el firma sin saber que era, a lo mejor le pusieron que con esos pagos las deudas entre su marido y la empresa quedaban saldadas, como no sabemos lo que firmo, (porque ciando se firma algo hay que saber el qué y además exigir una copia de lo que se firma, pero bueno eso ya esta hecho, es que me mosquea lo del banco, porque como digo mas arriba cuando se cobra por el banco ese ingreso realizado por su empresa no precisa firma, porque queda sobradamente reflejado en las transferencias bancarias y usted no podrá negar haber percibido ese ingreso)
05/03/2012 09:47
Jamgpreve:
Hay una denuncia puesta, en realidad no era por esta persona que está en su puesto, pero sí por otra que llevaba sin contrato unos 9 meses y luego la nombraron encargado y vino a cortar cabezas. Sí, los compañeros esatán dispuestos a declarar, (quedan dos, porque también despidieron a otro, por cierto, de las 6 personas que en éstos momentos están en ésta sección , sólo tres están dadas de alta: el "encargadito" y los otros dos compañeros).
En realidad lo que quieren es despedir a los cuatro que tenían indefinidos y algunos llevan muchos años, y creo que ésta es una buena oportunidad de sacárselos de encima con poco dinero. La inspección tarda en llegar, y lo que temen y marido y su compañero (al que despidieron también), es que despidan a los otros dos, y que cuando llegue la inspección no puedan hablar con el inspector y todo quede como si no hubiera pasado nada, porque los cuatro ya estarían fuera. El resto de la gente que queda en la otra sección no declarará por miedo.
A qué te refieres con lo del as en la manga, qué puede ser según tu intuición, y para ti, qué abanico de posibilidades podría presentar ésta situación?
05/03/2012 09:13
Pero hay otra persona aunque este sin cto, es decir, ¿hay alguien trabajando que tus compañeros de trabajo te pueden confirmar? Si esto es así, ya estas tardando en denunciar a inspección de trabajo parta que ellos lo comprueben, para empezar tendrían que readmitir a tu marido y al nuevo hacerlo indefinido a jornada completa y para seguir encima, les caería un puro, en cuanto a la segunda cuestión, pienso como los compañeros anteriores que si la cosa ya esta en el juzgado probablemente no tengan nada pero tb puede ser que tengan un as bajo la manga, no se es que me resulta raro. Bueno ya nos sacaras de dudas cuando sea el juicio. Saludos.
05/03/2012 07:55
Jamgpreve:
En realidad cuando digo que contrataron a otra persona es una forma de decir, porque los compañeros le dicen a mi esposo que todavía no lo han dado de alta.
Otra cosa que me mosquea, lo de la firma, ya que seguramente no la necesitaban. Ahora bien, como dice Trola, si no hubo avenencia en el SMAC y posterior demanda siendo admitida por el secretario del juzgado en lo social, crees que se están guardando ese "recibí" para el juicio?, aunque me parece tonto, porque en la conciliación si hubieran podido demostrar algo terminarían el conflicto ahí, no? Es que no sé cómo funciona todo ésto, aunque la lógica me lleva a éste razonamiento. Me gustaría saber qué te parece. Gracias.
05/03/2012 02:04
A mi lo que me mosquea es que dice que le hicieron firmar las cantidades ingresadas en el banco, y como sabéis la empresa no necesita la firma de esos justificantes ya que queda registrado el ingreso en la entidad bancaria y por otra parte dice que se trata de un despido objetivo por causas económicas y resulta que luego dice que ya contrataron a otra persona en su lugar ¿como pueden despedir por causas económicas y nada mas despedirle contratan a otra persona? ¿no os mosquea?, ¿Que habrá firmado?
04/03/2012 21:11
Trola:
gracias por intervenir, me alegra saber que todavía seguimos en la carrera, creo que ahora todo lo llevará un abogado, pero siempre vienen bien otras opiniones, y sobretodo las de vosotros. Como le dije a archilla sigo este foro y muchos de sus debates. Gracias en nombre de todos los que acudimos a éste sitio con una duda y nos dan una respuesta.
03/03/2012 18:52
Lili 65, creo entender que te has hecho un lio.
Si no hubo avenencia y posterior demanda, siendo admitida esta por el secretario del juzgado de lo social, esta claro que sigues reclamando la improcedencia del despido.
Tranquila que todo lo habéis hecho bien.
03/03/2012 18:21
Hola archilla:
Tardabas en aparecer, sigo muy de cerca este foro y siempre estás ahí, gracias!!
Creo que mi marido ha aprendido la lección, el susto fue grande. Ahora ya tengo dos opiniones más que dicen que no hemos perdido las posibilidades de ganar el improcedente. Cuando todo termine les comunicaré como fué todo.
Gracias otra vez!!!
03/03/2012 16:03
lili 65
espero que a partir de ahora os sirva tener en mente siempre dos cosas:
- leer bien lo que se firme
- quedarse SIEMPRE con copia de lo que se firma