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Recibo de la luz

3 Comentarios
 
Recibo de la luz
09/10/2003 15:57
Os agradecería me aclaraseis:

Se firma un contrato de arrendamiento para uso de vivienda y no se pasa lectura del contador de Iberdrola, que figura a nombre la arrendadora. Por tanto, la primera factura pagadera abarca un período anterior al contrato y otro posterior. Se llama a Iberdrola y esa factura ya no se puede desdoblar.

Sería una salida justa y, sobre todo, legal el establecer cuentas proporcionales aplicando una mera regla de tres. En caso contrario el arrendatario va a correr con una serie de gastos que no ha disfrutado: un posible consumo por mínimo que sea y la parte de gastos fijos (potencia, etc.).

Gracias
09/10/2003 19:15
Habrá que tener en cuenta la última lectura facturada y si entre esa y el momento de tomar posesión de la vivienda, no la firma del contrato que es otra cosa, alguien más ha ocupado la vivienda o el propio dueño, la salida del prorrateo en cuanto a potencia etc. es la más justa dado que son gastos fijos y no interfiere el consumo; el problema está en como diferenciar el consumo, entiendo que no hay más remedio que hacer un historico de los consumos de los últimos tres recibos, siempre que la vivienda estuviera vacia.
uns aludo
10/10/2003 13:25
El día de la firma del contrato coincide con el de la toma de posesión (ocupación) de la misma. Parece ser que la vivienda no ha estado ocupada en los tres meses anteriores a la firma del contrato. Sin embargo, además de los gastos fijos, se ha realizado un consumo mínimo (éste no ha sido de cero; ha sido pequeño, pero hay consumo).

Aclárame, por favor. ¿El histórico del que hablas, qué es, una media del consumo realizado en los tres meses anteriores a la ocupación de la vivienda o de las facturas íntegras?
¿Cómo debe pedir la arrendataria que se hagan las cosas para proteger sus intereses?
10/10/2003 15:46
El histórico deberá comprender una periodo de consumo de al menos cuatro mensualidades para ver la evolución del mismo, no mires los importes el consumo en KW, dado que el precio del KW puede variar, de aquí se obtiene una media aritmetica y nos dá el resultado aproximado por meses o días en función de lo que se quiera conseguir; todo ello para obtener el consumo. En el caso concreto que cuentas el consumo mínimo debería correr a cargo del propietario y los gastos fijos a prorrateo por días, en los que estuvo a disposición del arrendador, para este y desde la fecha del contrato, para el arrendatario, y cada parte paga los suyos.
La arrendataria deberá exigir una copia de la factura de la Cia Electrica y que en el recibo de la mensualidad conste en línea independiente el importe que paga por el consumo de luz.
Saludos.
Emill
Recibo de la luz | PorticoLegal
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Recibo de la luz
09/10/2003 15:57
Os agradecería me aclaraseis:

Se firma un contrato de arrendamiento para uso de vivienda y no se pasa lectura del contador de Iberdrola, que figura a nombre la arrendadora. Por tanto, la primera factura pagadera abarca un período anterior al contrato y otro posterior. Se llama a Iberdrola y esa factura ya no se puede desdoblar.

Sería una salida justa y, sobre todo, legal el establecer cuentas proporcionales aplicando una mera regla de tres. En caso contrario el arrendatario va a correr con una serie de gastos que no ha disfrutado: un posible consumo por mínimo que sea y la parte de gastos fijos (potencia, etc.).

Gracias
09/10/2003 19:15
Habrá que tener en cuenta la última lectura facturada y si entre esa y el momento de tomar posesión de la vivienda, no la firma del contrato que es otra cosa, alguien más ha ocupado la vivienda o el propio dueño, la salida del prorrateo en cuanto a potencia etc. es la más justa dado que son gastos fijos y no interfiere el consumo; el problema está en como diferenciar el consumo, entiendo que no hay más remedio que hacer un historico de los consumos de los últimos tres recibos, siempre que la vivienda estuviera vacia.
uns aludo
10/10/2003 13:25
El día de la firma del contrato coincide con el de la toma de posesión (ocupación) de la misma. Parece ser que la vivienda no ha estado ocupada en los tres meses anteriores a la firma del contrato. Sin embargo, además de los gastos fijos, se ha realizado un consumo mínimo (éste no ha sido de cero; ha sido pequeño, pero hay consumo).

Aclárame, por favor. ¿El histórico del que hablas, qué es, una media del consumo realizado en los tres meses anteriores a la ocupación de la vivienda o de las facturas íntegras?
¿Cómo debe pedir la arrendataria que se hagan las cosas para proteger sus intereses?
10/10/2003 15:46
El histórico deberá comprender una periodo de consumo de al menos cuatro mensualidades para ver la evolución del mismo, no mires los importes el consumo en KW, dado que el precio del KW puede variar, de aquí se obtiene una media aritmetica y nos dá el resultado aproximado por meses o días en función de lo que se quiera conseguir; todo ello para obtener el consumo. En el caso concreto que cuentas el consumo mínimo debería correr a cargo del propietario y los gastos fijos a prorrateo por días, en los que estuvo a disposición del arrendador, para este y desde la fecha del contrato, para el arrendatario, y cada parte paga los suyos.
La arrendataria deberá exigir una copia de la factura de la Cia Electrica y que en el recibo de la mensualidad conste en línea independiente el importe que paga por el consumo de luz.
Saludos.
Emill