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Recibos comunidad de vecinos

10 Comentarios
 
Recibos comunidad de vecinos
30/04/2012 00:27
Hola buenas noches. Tengo una duda, es un caso además personal.

Desde la comunidad se reclama dos recibos (son 200 euros) a mi pareja, cuando hace dos meses, en una junta realizada en marzo, se acordó la condonación de la deuda, y de hecho, en el detalle de recibos pendientes posteriores a esa junta la deuda ya no consta. No existe acta de esa Junta puesto que no había administrador, pero sí el informe de cuentas y los recibos pendientes, donde insisto, no consta mi pareja.

Bien, pues una vez realizado un cambio en los miembros de la Junta, y el nombramiento de un administrador, con enorme desagrado podemos ver como nos llega una carta del administrador exigiendo de nuevo el pago de la deuda. Entiendo que en ese momento, la deuda ya es inexistente, por lo que no tienen ningún derecho a exigirla. Esta misiva fue recibida un mes y medio con posterioridad a la anterior en la que mi pareja no constaba como deudora.

Finalmente, nos llega otra carta exigiendo el pago so pena de iniciar los tramites judiciales necesarios.



¿Qué opinais? ¿Los documentos de un administrador no tienen caracter de oficialidad? ¿Cómo es posible que, por motu de una nueva y esstupida presidenta, se vuelva a reclamar una deuda revocada en su momento? ¿Cómo veis este caso?



Cualquier consejo me vendría bien, mañana pienso contactar con el administrador para aclarar el asunto.

Un saludo.

David.-

30/04/2012 10:19
¿Hay acta que refleje la situación de condonación de deuda?
30/04/2012 11:00
No, no consta en ninguna acta.
30/04/2012 12:38
Si no consta, sencillamente lo que no está escrito no existe, por tanto Ud. dice que le condonaron pero lo que Ud. Diga no tiene efecto. Improcedente hacer una reclamación a la administradora por algo que no hay constancia.
30/04/2012 13:46
Pues no se ve claro, pero la posibilidad existe para cualquier parte. Debes partir de no insultar ni a la junta ni a nadie por algo como lo que se trata y seguir adelante si estás dispuesto a defender lo ocurrido. Tienes que hablar con los propietarios que en su día aceptaron, aunque sea de palabra, esa con-donación y con tal que pruebes que existió aunque no figure escrito, será suficiente para un juez, al que no creo que tengan que llegar si lo hace todo desde el respeto y con toda la humildad del mundo. Si ha llegado a deber ese dinero, no puedes avasallar para que te lo perdonen.
30/04/2012 14:35
Gracias a los dos. Claro, el tema es que no existe acta que lo certifique, pero tengo un anexo de recibos pendientes en los que mi pareja no consta. Creo que ese anexo también tiene caracter de oficialidad, ya que aparece con el logo y firma del administrador. Y estimado Marente, por supuesto que todo se va a realizar con la mayor de las corduras y respeto. Esos recibos son fruto de una situación más complicada que no viene a cuento, y creo que salvo la obcecación de unos pocos vecinos, el resto apoyan la condonación. No es dinero, es cuestión de orgullo. 200 euros no me afectan para nada.
Gracias a todos. Espero cualquier otro comentario constructivo.
Un saludo.
30/04/2012 16:33
Pero constructivo para quien. ¿Para ti? ¿Quieres que te digamos lo que quieres oír?
Por 200 € no merece la pena ni discutir ni solicitar condonación. Dices que es cuestión de orgullo. ¿Que tiene que ver la comunidad con tus problemas personales?
Debes o no debes no hay mas. Y creo que debes o debe tu pareja puesto que pides que te perdonen la deuda.
Yo soy partidario de que estas cosas no se condonen ni lo que ya viene siendo habitual con los monitorios, que es la condonación de los gastos procesales al moroso. Si estas cosas ocurren todos solicitarán lo mismo.


02/05/2012 01:23
pasacero baja el pistón.

Janderkio,

con el informe de cuentas y los recibos pendientes de esa reunión, aunque no haya Acta, dirígase al Administrador con un documento firmado por todos los presentes en esa reunión, certificando la condonación de la deuda, para que no insista en la reclamación. Él probablemente no tenga constancia de este hecho.
Si le presenta este documento al Administrador no debería tener más problemas, su situación está justificada y ante un Juez le daría la razón, no es necesario un Acta para demostrar solamente, con testigos tiene suficiente y sobre todo con un documento por ellos firmado.
El Administrador en este caso está actuando bien, le notifica la deuda para que usted se ponga al día y le da un plazo de tiempo, posteriormente, si tiene la aprobación de la Junta, podrá abrir un proceso monitorio contra usted.

Un saludo
02/05/2012 16:39
Sr. Pasacero, haga el favor de calmarse, que, punto primero, no está hablando con un carnero (con todo el respeto para los carneros), y punto dos, parece el abogado defendor de la Presidenta de mi Comunidad de Propietarios.
Sr.Trasguyo, efectivamente, hay propietarios que podrían corroborarlo y firmar documento que lo acredite.
Pero de todos modos, en caso de que se habra proceso monitorio,tengo entendido que son procesos sin abogado,procurador ni costes,¿correcto?En caso de llegar a ese extremo y si el juez lo ordena, pagaré religiosamente, pero creo que hay alternativas más razonables.
Gracias a todos abogados, abogazos y abogadillos que me habeis ayudado.
02/05/2012 18:23
C.Q.D. "...en caso de que se abra proceso monitorio..." (un lapsus lingüe lo tiene cualquiera, aunque en este caso se trate más de un lapsus dáctil...)
02/05/2012 21:22
La alternativa más razonable es la que le planteo que haga cara a su Administrador, de lo contrario, se verá en un proceso que sí cuesta y aunque no se necesita Abogado, es aconsejable. Si no conoce el procedimiento a seguir la puede liar y al final ir al traste todo.
Ah!, no es necesario que de las gracias de manera sarcástica, ¡sobra!, puede pasar que en otra consulta que usted haga, nadie le responda, mídase, aquí estamos para ayudarnos unos a otros.

Un saludo
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30/04/2012 00:27
Hola buenas noches. Tengo una duda, es un caso además personal.

Desde la comunidad se reclama dos recibos (son 200 euros) a mi pareja, cuando hace dos meses, en una junta realizada en marzo, se acordó la condonación de la deuda, y de hecho, en el detalle de recibos pendientes posteriores a esa junta la deuda ya no consta. No existe acta de esa Junta puesto que no había administrador, pero sí el informe de cuentas y los recibos pendientes, donde insisto, no consta mi pareja.

Bien, pues una vez realizado un cambio en los miembros de la Junta, y el nombramiento de un administrador, con enorme desagrado podemos ver como nos llega una carta del administrador exigiendo de nuevo el pago de la deuda. Entiendo que en ese momento, la deuda ya es inexistente, por lo que no tienen ningún derecho a exigirla. Esta misiva fue recibida un mes y medio con posterioridad a la anterior en la que mi pareja no constaba como deudora.

Finalmente, nos llega otra carta exigiendo el pago so pena de iniciar los tramites judiciales necesarios.



¿Qué opinais? ¿Los documentos de un administrador no tienen caracter de oficialidad? ¿Cómo es posible que, por motu de una nueva y esstupida presidenta, se vuelva a reclamar una deuda revocada en su momento? ¿Cómo veis este caso?



Cualquier consejo me vendría bien, mañana pienso contactar con el administrador para aclarar el asunto.

Un saludo.

David.-

30/04/2012 10:19
¿Hay acta que refleje la situación de condonación de deuda?
30/04/2012 11:00
No, no consta en ninguna acta.
30/04/2012 12:38
Si no consta, sencillamente lo que no está escrito no existe, por tanto Ud. dice que le condonaron pero lo que Ud. Diga no tiene efecto. Improcedente hacer una reclamación a la administradora por algo que no hay constancia.
30/04/2012 13:46
Pues no se ve claro, pero la posibilidad existe para cualquier parte. Debes partir de no insultar ni a la junta ni a nadie por algo como lo que se trata y seguir adelante si estás dispuesto a defender lo ocurrido. Tienes que hablar con los propietarios que en su día aceptaron, aunque sea de palabra, esa con-donación y con tal que pruebes que existió aunque no figure escrito, será suficiente para un juez, al que no creo que tengan que llegar si lo hace todo desde el respeto y con toda la humildad del mundo. Si ha llegado a deber ese dinero, no puedes avasallar para que te lo perdonen.
30/04/2012 14:35
Gracias a los dos. Claro, el tema es que no existe acta que lo certifique, pero tengo un anexo de recibos pendientes en los que mi pareja no consta. Creo que ese anexo también tiene caracter de oficialidad, ya que aparece con el logo y firma del administrador. Y estimado Marente, por supuesto que todo se va a realizar con la mayor de las corduras y respeto. Esos recibos son fruto de una situación más complicada que no viene a cuento, y creo que salvo la obcecación de unos pocos vecinos, el resto apoyan la condonación. No es dinero, es cuestión de orgullo. 200 euros no me afectan para nada.
Gracias a todos. Espero cualquier otro comentario constructivo.
Un saludo.
30/04/2012 16:33
Pero constructivo para quien. ¿Para ti? ¿Quieres que te digamos lo que quieres oír?
Por 200 € no merece la pena ni discutir ni solicitar condonación. Dices que es cuestión de orgullo. ¿Que tiene que ver la comunidad con tus problemas personales?
Debes o no debes no hay mas. Y creo que debes o debe tu pareja puesto que pides que te perdonen la deuda.
Yo soy partidario de que estas cosas no se condonen ni lo que ya viene siendo habitual con los monitorios, que es la condonación de los gastos procesales al moroso. Si estas cosas ocurren todos solicitarán lo mismo.


02/05/2012 01:23
pasacero baja el pistón.

Janderkio,

con el informe de cuentas y los recibos pendientes de esa reunión, aunque no haya Acta, dirígase al Administrador con un documento firmado por todos los presentes en esa reunión, certificando la condonación de la deuda, para que no insista en la reclamación. Él probablemente no tenga constancia de este hecho.
Si le presenta este documento al Administrador no debería tener más problemas, su situación está justificada y ante un Juez le daría la razón, no es necesario un Acta para demostrar solamente, con testigos tiene suficiente y sobre todo con un documento por ellos firmado.
El Administrador en este caso está actuando bien, le notifica la deuda para que usted se ponga al día y le da un plazo de tiempo, posteriormente, si tiene la aprobación de la Junta, podrá abrir un proceso monitorio contra usted.

Un saludo
02/05/2012 16:39
Sr. Pasacero, haga el favor de calmarse, que, punto primero, no está hablando con un carnero (con todo el respeto para los carneros), y punto dos, parece el abogado defendor de la Presidenta de mi Comunidad de Propietarios.
Sr.Trasguyo, efectivamente, hay propietarios que podrían corroborarlo y firmar documento que lo acredite.
Pero de todos modos, en caso de que se habra proceso monitorio,tengo entendido que son procesos sin abogado,procurador ni costes,¿correcto?En caso de llegar a ese extremo y si el juez lo ordena, pagaré religiosamente, pero creo que hay alternativas más razonables.
Gracias a todos abogados, abogazos y abogadillos que me habeis ayudado.
02/05/2012 18:23
C.Q.D. "...en caso de que se abra proceso monitorio..." (un lapsus lingüe lo tiene cualquiera, aunque en este caso se trate más de un lapsus dáctil...)
02/05/2012 21:22
La alternativa más razonable es la que le planteo que haga cara a su Administrador, de lo contrario, se verá en un proceso que sí cuesta y aunque no se necesita Abogado, es aconsejable. Si no conoce el procedimiento a seguir la puede liar y al final ir al traste todo.
Ah!, no es necesario que de las gracias de manera sarcástica, ¡sobra!, puede pasar que en otra consulta que usted haga, nadie le responda, mídase, aquí estamos para ayudarnos unos a otros.

Un saludo