Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamación a consumo: ¿te la envainas siempre cuando la empresa diga que tienes tú la culpa?

3 Comentarios
 
22/11/2017 15:07
Antanos
Entiendo que, si el comercio no esta adherido al arbitraje de consumo, efectivamente, en este caso su intervencion no vincula.

La via civil es costosa, pero tambien lo es para el comercio si pierde, ya que le tocaria pagar las costas del demandante...

Mi experiencia personal con la oficina de consumo de mi Ayuntamiento ha sido correcta, en una ocasion reclame contra El Corte Ingles, y me devolvieron los 5 euros que yo consideraba que me habian cobrado erroneamente
20/11/2017 20:31
Antanos
Quizás resumí mucho. Cuando puse "Consumo", me refería precisamente a la Dirección General de Comercio y Consumo. Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, aunque presentó la reclamación en la oficina de su ayto.

Si interpreto tu silencio a las preguntas del bloque que inició este post como afirmativas, entonces en este caso debería de entender que su trabajo fue el correcto, excepto algún pequeño defecto, como que la notificación fue por carta normal. Simplemente que Consumo no sirve para nada, a no ser que un comercio esté adherido a Consumo.

Cuando inicialmente me contó el asunto de palabra, se me pasó por la cabeza, dinero o favores por debajo. Pero leyendo, repito, si es que Consumo tiene las manos atadas, su funcionamiento fue el correcto.
20/11/2017 08:52
Antanos
Intente dar cuenta de la situación a la Concejalía correspondiente.

Nuestra experiencia con Consumo es nefasta.

Un saludo
Reclamación a consumo: ¿te la envainas siempre cuando la empresa diga que tienes tú la culpa?
19/11/2017 09:46
Me ha llegado el documento de una reclamación de un cliente, la respuesta del vendedor y la resolución de Consumo.

Un señor compra un producto defectuoso. Lo guarda con otros bienes y el producto revienta echando a perder todo lo que hay alrededor, unos mil euros de daños.

Reclama de forma amistosa a la empresa. Ni caso. Tiene que ir finalmente a Consumo.

Consumo se pone en contacto con la empresa y ella contesta que el cliente tiene la culpa justificándose con hechos inciertos, tan falsos que seguro que el funcionario de Consumo se daría cuenta. Vamos, desmontables con tan sólo leer la reclamación. Así de golpe yo he visto no menos de tres falsedades claras.

Copio literal de fragmento de la resolución: "...no habiéndose alcanzado un acuerdo entre las partes, por lo que esta Administración no puede sino dar por finalizado el expediente".

¿Debo de entender entonces que Consumo una vez oídas ambas partes no puede dictar una resolución de obligado cumplimiento?

La "victima" está que hecha humo. Se ha pasado de nuevo por la empresa y dice que siguen vendiendo ese mismo producto defectuoso con toda la cara. ( Después de sufrirlo en sus carnes los reconoce a la primera y los de la tienda por la forma que los presentan, también ). Ya le he dicho que puede acudir por la vía judicial a lo que se niega por el coste. ¿La empresa entonces en la práctica es totalmente invulnerable? El escrito redactado por la empresa destila una prepotencia de la leche.

La contestación de consumo diría que es al contrario. Mas o menos sería como: Chico, no podemos hacer nada por ti, aunque muchas gracias porque nos has dado una pista cómo podemos actuar con estos choros.
Reclamación a consumo: ¿te la envainas siempre cuando la empresa diga que tienes tú la culpa? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamación a consumo: ¿te la envainas siempre cuando la empresa diga que tienes tú la culpa?

3 Comentarios
 
22/11/2017 15:07
Antanos
Entiendo que, si el comercio no esta adherido al arbitraje de consumo, efectivamente, en este caso su intervencion no vincula.

La via civil es costosa, pero tambien lo es para el comercio si pierde, ya que le tocaria pagar las costas del demandante...

Mi experiencia personal con la oficina de consumo de mi Ayuntamiento ha sido correcta, en una ocasion reclame contra El Corte Ingles, y me devolvieron los 5 euros que yo consideraba que me habian cobrado erroneamente
20/11/2017 20:31
Antanos
Quizás resumí mucho. Cuando puse "Consumo", me refería precisamente a la Dirección General de Comercio y Consumo. Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, aunque presentó la reclamación en la oficina de su ayto.

Si interpreto tu silencio a las preguntas del bloque que inició este post como afirmativas, entonces en este caso debería de entender que su trabajo fue el correcto, excepto algún pequeño defecto, como que la notificación fue por carta normal. Simplemente que Consumo no sirve para nada, a no ser que un comercio esté adherido a Consumo.

Cuando inicialmente me contó el asunto de palabra, se me pasó por la cabeza, dinero o favores por debajo. Pero leyendo, repito, si es que Consumo tiene las manos atadas, su funcionamiento fue el correcto.
20/11/2017 08:52
Antanos
Intente dar cuenta de la situación a la Concejalía correspondiente.

Nuestra experiencia con Consumo es nefasta.

Un saludo
Reclamación a consumo: ¿te la envainas siempre cuando la empresa diga que tienes tú la culpa?
19/11/2017 09:46
Me ha llegado el documento de una reclamación de un cliente, la respuesta del vendedor y la resolución de Consumo.

Un señor compra un producto defectuoso. Lo guarda con otros bienes y el producto revienta echando a perder todo lo que hay alrededor, unos mil euros de daños.

Reclama de forma amistosa a la empresa. Ni caso. Tiene que ir finalmente a Consumo.

Consumo se pone en contacto con la empresa y ella contesta que el cliente tiene la culpa justificándose con hechos inciertos, tan falsos que seguro que el funcionario de Consumo se daría cuenta. Vamos, desmontables con tan sólo leer la reclamación. Así de golpe yo he visto no menos de tres falsedades claras.

Copio literal de fragmento de la resolución: "...no habiéndose alcanzado un acuerdo entre las partes, por lo que esta Administración no puede sino dar por finalizado el expediente".

¿Debo de entender entonces que Consumo una vez oídas ambas partes no puede dictar una resolución de obligado cumplimiento?

La "victima" está que hecha humo. Se ha pasado de nuevo por la empresa y dice que siguen vendiendo ese mismo producto defectuoso con toda la cara. ( Después de sufrirlo en sus carnes los reconoce a la primera y los de la tienda por la forma que los presentan, también ). Ya le he dicho que puede acudir por la vía judicial a lo que se niega por el coste. ¿La empresa entonces en la práctica es totalmente invulnerable? El escrito redactado por la empresa destila una prepotencia de la leche.

La contestación de consumo diría que es al contrario. Mas o menos sería como: Chico, no podemos hacer nada por ti, aunque muchas gracias porque nos has dado una pista cómo podemos actuar con estos choros.