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Reclamación a la seguridad social

1 Comentarios
 
Reclamación a la seguridad social
15/01/2020 18:46
El pasado 13 de Septiembre sufri una trombosis ocular que me dejo ciego del ojo derecho OVCR
Cuando senti que no veía con el ojo derecho me desplace a Urgencias del Hospital y tarde mas o menos 20 minutos en llegar, desde que llegue hasta que me atendieron paso tres horas.
Me gustaria que me ayudasen informándome si tengo derecho a demandar a la Seguridad Social mediante una reclamacion patrimonial por la demora en mi atencion, por que el medico que me atendio me dijo que se me hubiesen atendido antes probablemente me hubieran salvado
Si tengo opciones pueden indicarme el procedimiento a seguir, gracias
18/01/2020 20:36
Eliot33
Hola . El gran problema que tendrás es la prueba. El médico que te atendió no te hará ningún informe indicando lo que te dijo de palabra.
El proceso se inicia mediante una solicitud de responsabilidad patrimonial ante el servicio médico transferido a tu comunidad autónoma ( el Institut Catalá de la Salut en Catalunya).
El proceso se rige por la ley 39 /2015 sobre el procedimiento administrativo común. Te envío el enlace :
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&tn=2
Se aplica especialmente los artículos 67 y 91 y siguientes.
Finalmente tras la resolución del recurso de alzada, tendrás dos meses para formular la correspondiente demanda ante el Juzgado Contencioso-adminsitrativo.
Saludos
Reclamación a la seguridad social | PorticoLegal
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Reclamación a la seguridad social
15/01/2020 18:46
El pasado 13 de Septiembre sufri una trombosis ocular que me dejo ciego del ojo derecho OVCR
Cuando senti que no veía con el ojo derecho me desplace a Urgencias del Hospital y tarde mas o menos 20 minutos en llegar, desde que llegue hasta que me atendieron paso tres horas.
Me gustaria que me ayudasen informándome si tengo derecho a demandar a la Seguridad Social mediante una reclamacion patrimonial por la demora en mi atencion, por que el medico que me atendio me dijo que se me hubiesen atendido antes probablemente me hubieran salvado
Si tengo opciones pueden indicarme el procedimiento a seguir, gracias
18/01/2020 20:36
Eliot33
Hola . El gran problema que tendrás es la prueba. El médico que te atendió no te hará ningún informe indicando lo que te dijo de palabra.
El proceso se inicia mediante una solicitud de responsabilidad patrimonial ante el servicio médico transferido a tu comunidad autónoma ( el Institut Catalá de la Salut en Catalunya).
El proceso se rige por la ley 39 /2015 sobre el procedimiento administrativo común. Te envío el enlace :
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&tn=2
Se aplica especialmente los artículos 67 y 91 y siguientes.
Finalmente tras la resolución del recurso de alzada, tendrás dos meses para formular la correspondiente demanda ante el Juzgado Contencioso-adminsitrativo.
Saludos