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Reclamación a un vecino

3 Comentarios
 
13/11/2003 18:37
Mon, curiosamente llevo en estos momentos un caso muy similar al que planteas, así que te ruego, si eres tan amable, que me tengas informada de cómo resuelves el asunto ya que yo ando un poco perdida porque lo mio es el administrativo y no el civil.

También creo que es el juicio verbal, pero me gustaría que alguien con mayor experiencia pudiera dar su opinión y si es posible aportar alguna sentencia sobre el tema.

Muchas gracias a todos.



07/11/2003 14:12
Hola, gracias por tu respuesta. Las obras que se realizaron fueron de reparación de tuberías. No se pudo inastar el procedimiento judicial para entrar en domicilio puesto que era muy urgente (se dejaba a toda la comunidad sin agua), mi duda es si properaría una acción de reclamación de daños y perjuicios contra la persona que se negó, en la que se reclamara la cantidad de más que tuvo que pagar la comunidad. Creo que siendo obligación consentir el paso debe responder por responsabilidad extracontractual de los daños derivados de su conducta. Entiendo que mediante el procedimiento verbal por reclamarse menos de 3000 euros. Estás deacuerdo?
07/11/2003 12:30
En base al art.9 de la LPH:
1. Son obligaciones de cada propietario:

a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.

b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.

c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.

No indica usted el tipo de obra.

La forma de proceder correcta ante dicha actuación del propietario, dada el reconocimiento constitucional de la inviolavilidad del domicilio, hubiera sido la de instar judicialmente la autorización de entrada a dicho domicilio mediante el correspondiente procedimiento declarativo ordinario, teniendo en cuenta que dada la gravedad del asunto-inviolabilidad del domicilio- habría de justificarse adecuadamente (mediante informes técnicos p.e) la necesidad de dichas obras.

Por otro lado para reclamar daños y perjuicios es necesario, dado que el Presidente ostenta legalmente la representación de la comunidad, en juicio en todos los asuntos que la afecten, convocar una Junta de Propietarios en la que se autorice al presidente en nombre de la comunidad de propietarios a iniciar acciones legales en reclamación de daños y perjuicios contra el citado propietario.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado

Reclamación a un vecino
06/11/2003 14:24
Hola, mi duda es la siguiente; en la comunidad se tenían que hacer unas obras y para ello pasar por la casa de un vecino. Éste se negó y tuvimos que hacer las obras por otra vía de forma que fueron mucho más costosas. Podemos reclamar al vecino que pague lo que nos costó de más realizar las obras por su culpa? Cómo debemos hacerlo?
Reclamación a un vecino | PorticoLegal
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13/11/2003 18:37
Mon, curiosamente llevo en estos momentos un caso muy similar al que planteas, así que te ruego, si eres tan amable, que me tengas informada de cómo resuelves el asunto ya que yo ando un poco perdida porque lo mio es el administrativo y no el civil.

También creo que es el juicio verbal, pero me gustaría que alguien con mayor experiencia pudiera dar su opinión y si es posible aportar alguna sentencia sobre el tema.

Muchas gracias a todos.



07/11/2003 14:12
Hola, gracias por tu respuesta. Las obras que se realizaron fueron de reparación de tuberías. No se pudo inastar el procedimiento judicial para entrar en domicilio puesto que era muy urgente (se dejaba a toda la comunidad sin agua), mi duda es si properaría una acción de reclamación de daños y perjuicios contra la persona que se negó, en la que se reclamara la cantidad de más que tuvo que pagar la comunidad. Creo que siendo obligación consentir el paso debe responder por responsabilidad extracontractual de los daños derivados de su conducta. Entiendo que mediante el procedimiento verbal por reclamarse menos de 3000 euros. Estás deacuerdo?
07/11/2003 12:30
En base al art.9 de la LPH:
1. Son obligaciones de cada propietario:

a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.

b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.

c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.

No indica usted el tipo de obra.

La forma de proceder correcta ante dicha actuación del propietario, dada el reconocimiento constitucional de la inviolavilidad del domicilio, hubiera sido la de instar judicialmente la autorización de entrada a dicho domicilio mediante el correspondiente procedimiento declarativo ordinario, teniendo en cuenta que dada la gravedad del asunto-inviolabilidad del domicilio- habría de justificarse adecuadamente (mediante informes técnicos p.e) la necesidad de dichas obras.

Por otro lado para reclamar daños y perjuicios es necesario, dado que el Presidente ostenta legalmente la representación de la comunidad, en juicio en todos los asuntos que la afecten, convocar una Junta de Propietarios en la que se autorice al presidente en nombre de la comunidad de propietarios a iniciar acciones legales en reclamación de daños y perjuicios contra el citado propietario.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado

Reclamación a un vecino
06/11/2003 14:24
Hola, mi duda es la siguiente; en la comunidad se tenían que hacer unas obras y para ello pasar por la casa de un vecino. Éste se negó y tuvimos que hacer las obras por otra vía de forma que fueron mucho más costosas. Podemos reclamar al vecino que pague lo que nos costó de más realizar las obras por su culpa? Cómo debemos hacerlo?