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Reclamacion de cantidad

6 Comentarios
 
09/12/2010 19:12
El convenio de la construcción te marca un salario diario para los operarios, pero ten en cuenta que por día de trabajo efectivo solo son el plus de asistencia y el de transporte, luego por cada día del mes es el salario base.
SALUDOS.
09/12/2010 19:02
Pues lo dicho, desglose, y por todos y cada uno de los conceptos, además de las pagas extraordinarias.
09/12/2010 18:59
Tengo que ver aun la nomina, pero el convenio es construccion y los conceptos retributivos son salario base, plus de asistencia y actividad, estos si que son por dia de trabajo efectivo.
09/12/2010 18:55
Es lo más razonable. Y si hay otro tipo de cálculos (conceptos que se abonen por días de trabajo efectivo, por ejemplo), hacer el desglose completo para una mayor claridad.
09/12/2010 18:32
No, la diaria siempre es igual, ¿pero entonces es que al ser el trabajador de retribucion diaria donde pone salario hay que poner el diario en lugar del mensual?
09/12/2010 18:28
Pero variará la mensual no la diaria, si tu divides el total entre los días del mes, te tiene que salir la misma cantidad.
Si no hay otro tipo de calculos, claro.
SALUDOS.
Reclamacion de cantidad
09/12/2010 18:01
Buenas. Voy a hacer una pregunta muy tonta, pero vaya, que no la tengo muy clara a pesar de ello. En una solicitud de celebración del acto de conciliación, en lo que es el salario del trabajador, si la retribucion es diaria ¿que se pone si varia porque cada mes tiene unos dias diferentes?
Reclamacion de cantidad | PorticoLegal
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09/12/2010 19:12
El convenio de la construcción te marca un salario diario para los operarios, pero ten en cuenta que por día de trabajo efectivo solo son el plus de asistencia y el de transporte, luego por cada día del mes es el salario base.
SALUDOS.
09/12/2010 19:02
Pues lo dicho, desglose, y por todos y cada uno de los conceptos, además de las pagas extraordinarias.
09/12/2010 18:59
Tengo que ver aun la nomina, pero el convenio es construccion y los conceptos retributivos son salario base, plus de asistencia y actividad, estos si que son por dia de trabajo efectivo.
09/12/2010 18:55
Es lo más razonable. Y si hay otro tipo de cálculos (conceptos que se abonen por días de trabajo efectivo, por ejemplo), hacer el desglose completo para una mayor claridad.
09/12/2010 18:32
No, la diaria siempre es igual, ¿pero entonces es que al ser el trabajador de retribucion diaria donde pone salario hay que poner el diario en lugar del mensual?
09/12/2010 18:28
Pero variará la mensual no la diaria, si tu divides el total entre los días del mes, te tiene que salir la misma cantidad.
Si no hay otro tipo de calculos, claro.
SALUDOS.
Reclamacion de cantidad
09/12/2010 18:01
Buenas. Voy a hacer una pregunta muy tonta, pero vaya, que no la tengo muy clara a pesar de ello. En una solicitud de celebración del acto de conciliación, en lo que es el salario del trabajador, si la retribucion es diaria ¿que se pone si varia porque cada mes tiene unos dias diferentes?