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Reclamacion de cuotas de la comunidad al ivima

5 Comentarios
 
Reclamacion de cuotas de la comunidad al ivima
24/04/2014 09:03
Buenos días a todos. Estoy empezando y no sé si alguno de vosotros me podría ayudar. Necesito saber si el impago de cuotas a una comunidad de propietarios de locales de propiedad del IVIMA , se hace a través de un monitorio.
Muchas gracias.
25/04/2014 21:31
Lo puedes iniciar por medio de monitorio o a través de un declarativo (verbal u ordinario) dependiendo de la cantidad de la deuda.

Saludos.
25/04/2014 22:38
Muchas gracias por tu respuesta. ¿Y no podría ser un contencioso administrativo al ser el IVIMA un organismo publico de la Comunidad de Madrid?. He consultado en el ICAM y me han dicho que la jurisdicción competente seria la civil, pero tengo mis dudas. ¿Qué me puedes decir al respecto?
25/04/2014 22:46
Aunque es verdad que se trata de una administración pública en este caso sin duda sería el orden civil el único competente para resolver la reclamación que comentas.

26/04/2014 10:44
Finalmente lo haré por el orden civil.Muchas gracias, has sido muy amable.
26/04/2014 11:10
Efectivamente. Debes hacerlo como si de un particular se tratara, pues no actúa en este caso concreto con potestades administrativas. Lo que sí haría primero es requerirle la deuda de forma extrajudicial.


Reclamacion de cuotas de la comunidad al ivima | PorticoLegal
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Reclamacion de cuotas de la comunidad al ivima
24/04/2014 09:03
Buenos días a todos. Estoy empezando y no sé si alguno de vosotros me podría ayudar. Necesito saber si el impago de cuotas a una comunidad de propietarios de locales de propiedad del IVIMA , se hace a través de un monitorio.
Muchas gracias.
25/04/2014 21:31
Lo puedes iniciar por medio de monitorio o a través de un declarativo (verbal u ordinario) dependiendo de la cantidad de la deuda.

Saludos.
25/04/2014 22:38
Muchas gracias por tu respuesta. ¿Y no podría ser un contencioso administrativo al ser el IVIMA un organismo publico de la Comunidad de Madrid?. He consultado en el ICAM y me han dicho que la jurisdicción competente seria la civil, pero tengo mis dudas. ¿Qué me puedes decir al respecto?
25/04/2014 22:46
Aunque es verdad que se trata de una administración pública en este caso sin duda sería el orden civil el único competente para resolver la reclamación que comentas.

26/04/2014 10:44
Finalmente lo haré por el orden civil.Muchas gracias, has sido muy amable.
26/04/2014 11:10
Efectivamente. Debes hacerlo como si de un particular se tratara, pues no actúa en este caso concreto con potestades administrativas. Lo que sí haría primero es requerirle la deuda de forma extrajudicial.