Te puedo decir lo que yo he hecho, y es de ley . Cuando se trata de reclamar facturas las puedes reclamar hasta quince años atras. Siempre que se trate de trabajos y suministro de materiales. Si es que te han vendido un electromestico en la tienda la prescripcion de la deuda es depocos años no se si dos o cuatro . A cuando de venden por ejem`plo un amortiguador, pero si te lo venden y te lo instalan la prescripcion de la deuda es de quince años. Hay muchos libros sobre el tema, No obtante no soy abogado y a ver si alguien nos lo confirma y nos da da mas datos.
Buenos días, Estoy intentando encontrar la respuesta en el foro pero no me acaba de quedar claro. Mi situación es que reclaman a mi padre facturas de 5 y 6 años atras de reparación de maquinaria. Las facturas se pagaban con reposición de fondos y quedaron estas pendientes. Ahora las reclaman des de compañia de morosos.
Mi intención es pagar las facturas más actuales pero no se si debo pagarlas todas.