he de perdir la manutencion de mi hija ya que desde el 2003 está pagando 180Euros, se que solo puedo reclamar los cinco ultimos años de atrasos, pero a partir de que cantidad inicial, de 180euros o de la que deberia estar pagando en el 2005? gracias por adelantado
la sentencia fué expedida en Girona en el juzgado de 1 instancia de santa coloma de farnes, dice, cito textualmente: el Señor X deberá abonar en cocepto de alimentos, a favor de su hija XY, en la cuenta que la madre designe a tal efecto y dentro de los cinco primeros dias de cada mes, la suma de 180euros. Dicha cantidad experimentará incrementos comforme a las variaciones del I.P.C.; mi siguiente pregunta es... ¿Que IPC, el de barcelona donde vivimos la niña y yo, el de Girona donde se expidio la sentencia, el de cataluña o el general de España?