Hola a todo@ Alguien me puede decir si la reclamación de deuda al deudor se puede hacer mediante la publicación en el BOE. Es éste un medio fehaciente para la prescripción. En caso de serlo, como puedo conocer si se ha hecho alguna vez un requerimiento de pago en el BOE. Quien facilita dicha información? Aquien y como se podria solicitar