Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamacion legítima

11 Comentarios
 
10/04/2012 21:48
este es el dilema que vemos nuestra asociacion que esta ocurriendo en cataluña. NOTARIOS que realizan aceptaciones de herencia y complementarias a ellas sin que este la legitima presente, asi se puede esconder a los de la legitima casi todo el capital, ESTO ES DAR PIE AL DELITO
22/06/2009 19:14
Me habia quedado con la duda por el comentario x-aaa y he releido la aceptación de herencia. Al principio de la misma se hace constar que la difunta legaba la legítima a quien correspondiera en Cataluña pero no vuelve a aparecer ninguna mención a la legítima más. Es una disolución de la sociedad conyugal en la que se le otorga el 50 % de dicha sociedad (la parte de ella). Gracias a x-aaa por el interés pero sigo sin saber cómo debo afrontar dicha petición (entiendo que hay que hacerla efectiva) si enviando un burofax aceptando la petición o hay algún modo o documento especial. Gracias a todos
22/06/2009 18:57
No lo pongo en duda, pero en este caso precisamente en la fecha que el padre aceptó la herencia ya habia tenido el enfrentamiento con el hijo y ni se le llamó. No sabria explicar porqué se hicieron las cosas de esa manera, pero ninguno de los 2 hijos firmó nada.
22/06/2009 18:48
Ni los notarios dan las cosas por sentado ni es cuestión de si se reclamó la legítima o no; para adjudicar todos los bienes a uno sólo de los herederos es necesario que el resto de los herederos renuncie a lo que le corresponde, esto es, funciona al revés de como dices.
22/06/2009 18:39
Sí, la legítima es 1/4 de la herencia. Supongo que el notario dio por sentado que los hijos no reclamaban la legítima. No es el único caso que conozco de gente que ni le han preguntado. Supongo que esperan que reclames...
22/06/2009 18:34
No conozco el derecho foral catalán, por lo que es mejor que te conteste alguien que si lo conozca. De todas formas, si no me equivoco, creo que en cataluña si hay legítima para los hijos por lo que no me cuadra como hizo tu padre para aceptar la herencia sin contar con los hijos.

En cualquier caso, mejor que te conteste alguien de cataluña.
22/06/2009 18:05
Cataluña. Y hay la posibilidad de que el hermano reclame la legítima del padre aunque hubo un lanzamiento del domicilio y una orden de alejamiento provisional además de una sentencia posterior por delito de falta (insultos y amenazas). Es un poco complicado pero es que la ley sobre las legítimas es poco flexible. Gracias a todos porque estoy bastante perdido.
22/06/2009 18:02
de que parte de España hablamos?
22/06/2009 17:35
La madre falleció hace 10 años y dejo al marido como heredero universal. Entonces ningún hijo reclamo nada. Hace 4 años el padre acepto la herencia y nadie reclamo nada. A la muerte del padre dejando a la hija heredera universal y desheredando al hijo por juicio de faltas y habiendo aceptado la hija la herencia reclama la legitima de la madre. Gracias
22/06/2009 15:17
Habría que saber en que situación está la tramitación de la herencia de su madre, es decir, si han hecho la escritura de aceptación, la partición, etc. Si se ha hecho, allí figurará lo que debe recibir su hermano, si se le ha adjudicado dinero, algún bien o bienes en proindiviso; si no se ha hecho la herencia, deben hacerla. No tiene mucho sentido lo de que su hermano le reclame a usted el pago de la legítima y en cuanto a la venta del bien, si no está hecha la herencia, necesitará hacerla previamente para poder vender.
22/06/2009 11:20
Sería conveniente aceptar y proponer plazos de pago.
S.m.c.
Reclamacion legítima
21/06/2009 20:47
Después del fallecimiento del padre de la heredera universal (el hermano está desheredado de la legítima por juicio de faltas) el hermano le reclama por medio de abogado y burofax la legítima de la madre fallecida 10 años antes y pendiente de valorar la del padre. La heredera está de acuerdo en pagar la legítima de la madre (la otra no puede porque seria una donación) pero pide que se espere a vender una propiedad. Debe comunicárselo por burofax la aceptación del pago de la legítima materna o no es necesario?. Cual es el procedimiento para evitar males mayores?. Gracias
Reclamacion legítima | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamacion legítima

11 Comentarios
 
10/04/2012 21:48
este es el dilema que vemos nuestra asociacion que esta ocurriendo en cataluña. NOTARIOS que realizan aceptaciones de herencia y complementarias a ellas sin que este la legitima presente, asi se puede esconder a los de la legitima casi todo el capital, ESTO ES DAR PIE AL DELITO
22/06/2009 19:14
Me habia quedado con la duda por el comentario x-aaa y he releido la aceptación de herencia. Al principio de la misma se hace constar que la difunta legaba la legítima a quien correspondiera en Cataluña pero no vuelve a aparecer ninguna mención a la legítima más. Es una disolución de la sociedad conyugal en la que se le otorga el 50 % de dicha sociedad (la parte de ella). Gracias a x-aaa por el interés pero sigo sin saber cómo debo afrontar dicha petición (entiendo que hay que hacerla efectiva) si enviando un burofax aceptando la petición o hay algún modo o documento especial. Gracias a todos
22/06/2009 18:57
No lo pongo en duda, pero en este caso precisamente en la fecha que el padre aceptó la herencia ya habia tenido el enfrentamiento con el hijo y ni se le llamó. No sabria explicar porqué se hicieron las cosas de esa manera, pero ninguno de los 2 hijos firmó nada.
22/06/2009 18:48
Ni los notarios dan las cosas por sentado ni es cuestión de si se reclamó la legítima o no; para adjudicar todos los bienes a uno sólo de los herederos es necesario que el resto de los herederos renuncie a lo que le corresponde, esto es, funciona al revés de como dices.
22/06/2009 18:39
Sí, la legítima es 1/4 de la herencia. Supongo que el notario dio por sentado que los hijos no reclamaban la legítima. No es el único caso que conozco de gente que ni le han preguntado. Supongo que esperan que reclames...
22/06/2009 18:34
No conozco el derecho foral catalán, por lo que es mejor que te conteste alguien que si lo conozca. De todas formas, si no me equivoco, creo que en cataluña si hay legítima para los hijos por lo que no me cuadra como hizo tu padre para aceptar la herencia sin contar con los hijos.

En cualquier caso, mejor que te conteste alguien de cataluña.
22/06/2009 18:05
Cataluña. Y hay la posibilidad de que el hermano reclame la legítima del padre aunque hubo un lanzamiento del domicilio y una orden de alejamiento provisional además de una sentencia posterior por delito de falta (insultos y amenazas). Es un poco complicado pero es que la ley sobre las legítimas es poco flexible. Gracias a todos porque estoy bastante perdido.
22/06/2009 18:02
de que parte de España hablamos?
22/06/2009 17:35
La madre falleció hace 10 años y dejo al marido como heredero universal. Entonces ningún hijo reclamo nada. Hace 4 años el padre acepto la herencia y nadie reclamo nada. A la muerte del padre dejando a la hija heredera universal y desheredando al hijo por juicio de faltas y habiendo aceptado la hija la herencia reclama la legitima de la madre. Gracias
22/06/2009 15:17
Habría que saber en que situación está la tramitación de la herencia de su madre, es decir, si han hecho la escritura de aceptación, la partición, etc. Si se ha hecho, allí figurará lo que debe recibir su hermano, si se le ha adjudicado dinero, algún bien o bienes en proindiviso; si no se ha hecho la herencia, deben hacerla. No tiene mucho sentido lo de que su hermano le reclame a usted el pago de la legítima y en cuanto a la venta del bien, si no está hecha la herencia, necesitará hacerla previamente para poder vender.
22/06/2009 11:20
Sería conveniente aceptar y proponer plazos de pago.
S.m.c.
Reclamacion legítima
21/06/2009 20:47
Después del fallecimiento del padre de la heredera universal (el hermano está desheredado de la legítima por juicio de faltas) el hermano le reclama por medio de abogado y burofax la legítima de la madre fallecida 10 años antes y pendiente de valorar la del padre. La heredera está de acuerdo en pagar la legítima de la madre (la otra no puede porque seria una donación) pero pide que se espere a vender una propiedad. Debe comunicárselo por burofax la aceptación del pago de la legítima materna o no es necesario?. Cual es el procedimiento para evitar males mayores?. Gracias