Buenas tardes, mi duda es la siguiente. Oposiciones a profesor de secundaria. Un individuo aprueba sacando el puesto numero 9. Sin embargo no se le ha tenido en cuenta un curso homologado por la Junta de Andalucia que le posicionaría un puesto más arriba (suficiente para entrar en plaza vacante). Ademas, despues de la primera lista hay otro opositor que ha escalado numerosos puestos situandose por encima del primero de manera dudosamente legal.
¿Qué actuaciones se deben seguir? reclamaciones previas y mas tarde contencioso administrativo o directamente el contencioso? por favor si alguien conoce el tema se lo agradezco mucho.
Como bien dices, primero alegaciones en el plazo previsto en la publicación provisional de la lista, y tras la resolución de alegaciones vendrá la lista definitiva, tras la cual podrás presentar el recurso potestativo de revisión o bien directamente el contencioso-administrativo. En las bases de la convocatoria, han de venir los plazos y recursos pertinentes a cada una de las fases y publicaciones.
Muchas gracias. Ya he puesto un escrito de reclamaciones previas, mi duda es si el recurso potestativo de reposicion lo puedo interponer antes de que conteste la administración a las reclamaciones previas o no. ¿Tú qué crees?
Depende de lo que digan las bases, lo normal es que presentes alegaciones a la lista provisional, y cuando resuelvan publicarán la defintiva, y entonces interpones recurso potestativo de reposición o bien directamente contencioso-administrativo.
La Resolución que establece los seleccionados en las oposiciones de secundaria de este año (2010)no se puede recurrir. Hay que esperar a la publicación de la Orden de seleccionados en el Boja.El recurso de reposición es una pérdida de tiempo. Lo mejor es interponer un contencioso-administrativo, que ya se dilata bastante en el tiempo.
Puede Alcaldia designar a tres miembros del tribunal (de un total de 5), la Secretaria se excluye de esta numero, puesto que me parece que no tiene voto, pero si voz, CORREGIDME SI ME EQUIVOCO.
Es legal la designacion por parte de ALCALDIA de un total de 3 miembros (entre funcionarios y personal laboral) de 5 miembros (los otros 2 son funcionarios del Ayto.)
Quisiera saber quién y como se resuelve un recurso de reposición de la Orden de seleccionados en el Boja. Se reune de nuevo la comisión de baremación? o lo resuelve directamente la Dirección General de Recursos Humanos?. Muchas gracias