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Reclamación patrimonial por información errónea de funcionario

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Reclamación patrimonial por información errónea de funcionario
24/01/2020 12:33
¿PROCEDE RECLAMAR POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR DAÑO PROVOCADO POR UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CUANDO ESTÁ SE HA IMPUGNADO EN VÍA CONTENCIOSA Y TODAVÍA NO HAY SENTENCIA?

Asunto: información errónea proporcionada por un funcionario que provoca, finalmente, una resolución de minoración en una subvención.

Tras la desestimación del RECURSO DE REPOSICIÓN contra la resolución de minoración, se ha interpuesto recurso en vía contenciosa, defendiendo que la administración no puede ir contra sus propios actos, etc, etc, etc.

Unos meses después, sin esperar a la sentencia primera se presentó reclamación administrativa previa por responsabilidad patrimonial y, ante el silencio administrativo, recurso contencioso-administrativo.

Ahora el juicio por reclamación patrimonial se fija 1/2 hora antes que el de la impugnación de la resolución ante el mismo órgano judicial.

Consideráis que debo renunciar al de reclamación patrimonial por riesgo a ser desestimado para hallarse pendiente todavía el primero? . Agradezco vuestros comentarios.
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Reclamación patrimonial por información errónea de funcionario

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Reclamación patrimonial por información errónea de funcionario
24/01/2020 12:33
¿PROCEDE RECLAMAR POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR DAÑO PROVOCADO POR UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CUANDO ESTÁ SE HA IMPUGNADO EN VÍA CONTENCIOSA Y TODAVÍA NO HAY SENTENCIA?

Asunto: información errónea proporcionada por un funcionario que provoca, finalmente, una resolución de minoración en una subvención.

Tras la desestimación del RECURSO DE REPOSICIÓN contra la resolución de minoración, se ha interpuesto recurso en vía contenciosa, defendiendo que la administración no puede ir contra sus propios actos, etc, etc, etc.

Unos meses después, sin esperar a la sentencia primera se presentó reclamación administrativa previa por responsabilidad patrimonial y, ante el silencio administrativo, recurso contencioso-administrativo.

Ahora el juicio por reclamación patrimonial se fija 1/2 hora antes que el de la impugnación de la resolución ante el mismo órgano judicial.

Consideráis que debo renunciar al de reclamación patrimonial por riesgo a ser desestimado para hallarse pendiente todavía el primero? . Agradezco vuestros comentarios.