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Reclamación por somier roto

2 Comentarios
 
07/07/2022 16:46
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
Cuidado con los azulejos, que luego no hay quien los reponga!!
07/07/2022 10:29
Se presume que usted recibió la finca en buen estado:

"Artículo 1562 CC

A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario."

Si no hay inventario ("listado") de muebles del piso, no podrán reclamarle a usted nada, aunque ello le obligará a usted a negar que haya recibido esos muebles. Si admite haberlos recibido, entonces considero que le pueden reclamar por el cristal, pero no por el somier. Todo será una cuestión de prueba. Atento a wassaps y correos intercambiados.

Los agujeros a mi entender no son reclamables, si solamente son cuatro y no se han hecho en azulejos.
Reclamación por somier roto
06/07/2022 17:58
Buenas, me mudé a mi casa nueva hace poco y dejé el piso en el que estuve 8 meses.

El único problema que tuvimos fue que a los pocos días de estar allí la cama, la cual es un tablón con 6 patas redondas, de las cuales varias estaban dobladas (tenemos fotos)

A los pocos días, en Nochevieja, cedieron y fue al suelo.

No le dimos importancia y compre yo un somier, a los días se lo comunique al dueño y no le dio importancia.

Vinieron los dueños este domingo y lo revisaron todo delante nuestra y dieron el visto bueno, y que nos devolverían la fianza y tal.

Bueno, cuando nos íbamos el bajo con nosotros al trastero ya que allí guardemos la una mesa de madera con cristal de verano.

Pues hoy me llama por lo siguiente:

Dice el cristal de la mesa del trastero está roto, que las esquinas cortan o.0?

La mesa la bajemos por un lado y el cristal por otro, es pequeño, ni se apoyó en el suelo, estaba bien, obviamente aún no vi el desperfecto pero si es un filillo que tiene un desconchon y corta... Eso podría haber estado ahí desde el principio.

Luego dice que el somier que yo compré es de 135 y la cama es de 150 o.O????????

Te compro yo el somier y le pones pegas?

Y esta mamoneando pa no darme la fianza.

Mañana quedé con el en el piso.

En ningún lado del contrato pone que a mí se me entregará todo en perfectas condiciones, ni un listado de lo que había en el piso ni nada ,solo que nosotros aceptamos las condiciones en el que estaba debiendo conservarlo igual.

El contrato era rescindible a partir de los 6 meses, han pasado 8....

Informándome por internet leí lo siguiente:


"RESUMIENDO: el arrendador deberá acreditar (facturas, periciales, etc.) la producción de los daños, mientras que el inquilino deberá acreditar (fotogorafias, testigos, periciales, etc.) la entrega en iguales condiciones que la recibió, o que el deterioro se debe a causas que no le son imputables o debidas al uso ordinario"

Esto lo veo lógico, si yo pongo la lavadora y se rompe, debo comprarle yo una nueva?

El somier tiene el tablón super hundido de años y años, pretende que le compre uno nuevo?

Y ahora también se queja de los 4 agujeros que hice en la pared para la TV de 65 pulgadas.

Allí no puso pegas y ahora dice que es que debía haber dejado el soporte (vale 50€, para su cara bonita)

En fin, qué opináis y que puedo hacer?

Tengo fotos de las patas de la cama ya dobladas, y de la mesa de cristal de 3 días después de mudarnos en la que no se ve ningún desperfecto por arriba, si el desperfecto está en un filo de las esquinas que ni se ve...

Y el somier eso, entremos el 1 de diciembre y el 31 se rompió la cama.

Yo entiendo que me haga cargo de desperfectos por MAL USO de algo, pero una cama que ya estaba medio j*****, y que compre yo el somier de buena voluntad en vez de reclamarle que lo repusiera el...
Reclamación por somier roto | PorticoLegal
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Reclamación por somier roto

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07/07/2022 16:46
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
Cuidado con los azulejos, que luego no hay quien los reponga!!
07/07/2022 10:29
Se presume que usted recibió la finca en buen estado:

"Artículo 1562 CC

A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario."

Si no hay inventario ("listado") de muebles del piso, no podrán reclamarle a usted nada, aunque ello le obligará a usted a negar que haya recibido esos muebles. Si admite haberlos recibido, entonces considero que le pueden reclamar por el cristal, pero no por el somier. Todo será una cuestión de prueba. Atento a wassaps y correos intercambiados.

Los agujeros a mi entender no son reclamables, si solamente son cuatro y no se han hecho en azulejos.
Reclamación por somier roto
06/07/2022 17:58
Buenas, me mudé a mi casa nueva hace poco y dejé el piso en el que estuve 8 meses.

El único problema que tuvimos fue que a los pocos días de estar allí la cama, la cual es un tablón con 6 patas redondas, de las cuales varias estaban dobladas (tenemos fotos)

A los pocos días, en Nochevieja, cedieron y fue al suelo.

No le dimos importancia y compre yo un somier, a los días se lo comunique al dueño y no le dio importancia.

Vinieron los dueños este domingo y lo revisaron todo delante nuestra y dieron el visto bueno, y que nos devolverían la fianza y tal.

Bueno, cuando nos íbamos el bajo con nosotros al trastero ya que allí guardemos la una mesa de madera con cristal de verano.

Pues hoy me llama por lo siguiente:

Dice el cristal de la mesa del trastero está roto, que las esquinas cortan o.0?

La mesa la bajemos por un lado y el cristal por otro, es pequeño, ni se apoyó en el suelo, estaba bien, obviamente aún no vi el desperfecto pero si es un filillo que tiene un desconchon y corta... Eso podría haber estado ahí desde el principio.

Luego dice que el somier que yo compré es de 135 y la cama es de 150 o.O????????

Te compro yo el somier y le pones pegas?

Y esta mamoneando pa no darme la fianza.

Mañana quedé con el en el piso.

En ningún lado del contrato pone que a mí se me entregará todo en perfectas condiciones, ni un listado de lo que había en el piso ni nada ,solo que nosotros aceptamos las condiciones en el que estaba debiendo conservarlo igual.

El contrato era rescindible a partir de los 6 meses, han pasado 8....

Informándome por internet leí lo siguiente:


"RESUMIENDO: el arrendador deberá acreditar (facturas, periciales, etc.) la producción de los daños, mientras que el inquilino deberá acreditar (fotogorafias, testigos, periciales, etc.) la entrega en iguales condiciones que la recibió, o que el deterioro se debe a causas que no le son imputables o debidas al uso ordinario"

Esto lo veo lógico, si yo pongo la lavadora y se rompe, debo comprarle yo una nueva?

El somier tiene el tablón super hundido de años y años, pretende que le compre uno nuevo?

Y ahora también se queja de los 4 agujeros que hice en la pared para la TV de 65 pulgadas.

Allí no puso pegas y ahora dice que es que debía haber dejado el soporte (vale 50€, para su cara bonita)

En fin, qué opináis y que puedo hacer?

Tengo fotos de las patas de la cama ya dobladas, y de la mesa de cristal de 3 días después de mudarnos en la que no se ve ningún desperfecto por arriba, si el desperfecto está en un filo de las esquinas que ni se ve...

Y el somier eso, entremos el 1 de diciembre y el 31 se rompió la cama.

Yo entiendo que me haga cargo de desperfectos por MAL USO de algo, pero una cama que ya estaba medio j*****, y que compre yo el somier de buena voluntad en vez de reclamarle que lo repusiera el...