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Reclasificación Subgrupo C1 al nuevo B funcionario

2 Comentarios
 
Reclasificación subgrupo c1 al nuevo b funcionario
05/04/2014 14:04
Buenos días:

Soy funcionario del Ministerio de la Presidencia adscrito forzosamente y sin comunicación alguna por parte de dicho Ministerio al actual Subgrupo C1 nivel 16. Poseo la titulación de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos de la actual FP. Entiendo que con la entrada en vigor del nuevo EBEP (Ley 7/2007 12 abril) la reclasificación de los Grupos de Clasificación en mi caso concreto no se ha efectuado de manera correcta, ya que, teniendo la Titulación exigida de Técnico Superior para acceder al nuevo Grupo B, con las repercusiones económicas y administrativas que ello conlleva, según se especifica en el "Artículo 76 Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera, Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.", me han encuadrado sin previo aviso en el subgrupo C1, habiéndome exigido por parte de la Administración para acceder a la oposición al grupo C como principal requisito de la titulación de Técnico Superior. ¿Esto es así? ¿Se ha actuado de manera legal en mi caso encuadrandome en el subgrupo C1 teniendo la titulación exigida para el nuevo Grupo B? ¿Qué puedo hacer? ¿He de presentar algún escrito a la DG de la Función Pública y a mi Ministerio? ¿Me pueden facilitar algún modelo de escrito con fundamentos legales para solicitar la reclasificación en el nuevo Grupo B, en el caso de que proceda hacerlo? Espero sus noticias. Muchas Gracias por su ayuda. Saludos
07/04/2014 14:31
Hola PGomez.
No sé si un Ayuntamiento es lo mismo que la Administración Central, pero en el Ayuntamiento no aplican los salarios de la tabla B. Aplican A-2 para titulados medios (grados y diplomado universitario) y C-1 para bachiller y modulo superior de formación profesional (FP.)
Creo que los conceptos de la categoría B, están reservados para otras situaciones.

UN SALUDO
07/04/2014 21:26
Creo que el grupo B del funcionariado es testimonial. He visto multitud de oposiciones y concursos en los que se exigía expresamente el título de técnico superior (ciclo formativo de grado superior) para puestos clasificados como C1.
Imagino que se ha decidido incumplir el EBEP por un asunto meramente clasista y de paso para evitar una gran controversia o que se desatara una más que posible lucha judicial.
Sencillamente no están dispuestos a aceptar que los antiguos títulos de FPII, que son equivalentes a los actuales de técnico superior, tengan un grupo superior a los que tienen bachillerato.
Reclasificación Subgrupo C1 al nuevo B funcionario | PorticoLegal
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Reclasificación Subgrupo C1 al nuevo B funcionario

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Reclasificación subgrupo c1 al nuevo b funcionario
05/04/2014 14:04
Buenos días:

Soy funcionario del Ministerio de la Presidencia adscrito forzosamente y sin comunicación alguna por parte de dicho Ministerio al actual Subgrupo C1 nivel 16. Poseo la titulación de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos de la actual FP. Entiendo que con la entrada en vigor del nuevo EBEP (Ley 7/2007 12 abril) la reclasificación de los Grupos de Clasificación en mi caso concreto no se ha efectuado de manera correcta, ya que, teniendo la Titulación exigida de Técnico Superior para acceder al nuevo Grupo B, con las repercusiones económicas y administrativas que ello conlleva, según se especifica en el "Artículo 76 Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera, Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.", me han encuadrado sin previo aviso en el subgrupo C1, habiéndome exigido por parte de la Administración para acceder a la oposición al grupo C como principal requisito de la titulación de Técnico Superior. ¿Esto es así? ¿Se ha actuado de manera legal en mi caso encuadrandome en el subgrupo C1 teniendo la titulación exigida para el nuevo Grupo B? ¿Qué puedo hacer? ¿He de presentar algún escrito a la DG de la Función Pública y a mi Ministerio? ¿Me pueden facilitar algún modelo de escrito con fundamentos legales para solicitar la reclasificación en el nuevo Grupo B, en el caso de que proceda hacerlo? Espero sus noticias. Muchas Gracias por su ayuda. Saludos
07/04/2014 14:31
Hola PGomez.
No sé si un Ayuntamiento es lo mismo que la Administración Central, pero en el Ayuntamiento no aplican los salarios de la tabla B. Aplican A-2 para titulados medios (grados y diplomado universitario) y C-1 para bachiller y modulo superior de formación profesional (FP.)
Creo que los conceptos de la categoría B, están reservados para otras situaciones.

UN SALUDO
07/04/2014 21:26
Creo que el grupo B del funcionariado es testimonial. He visto multitud de oposiciones y concursos en los que se exigía expresamente el título de técnico superior (ciclo formativo de grado superior) para puestos clasificados como C1.
Imagino que se ha decidido incumplir el EBEP por un asunto meramente clasista y de paso para evitar una gran controversia o que se desatara una más que posible lucha judicial.
Sencillamente no están dispuestos a aceptar que los antiguos títulos de FPII, que son equivalentes a los actuales de técnico superior, tengan un grupo superior a los que tienen bachillerato.