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Reconocimiento de deuda.

2 Comentarios
 
Reconocimiento de deuda.
07/09/2014 16:57
Hola buenas a ver si alguien me puede ayudar,hace 5 años preste mi motocicleta a un amigo con la mala suerte de que este tubo un accidente y me la siniestro.La moto aun no estaba pagada y lleguemos al acuerdo de que el se encargaria de pagarme las letras que me quedaban.Para ello firmemos un reconocimiento de deuda que me redacto un abogado en el que dice que todos los meses me ingresaria en mi cuenta una cantidad de dinero de una fecha a otra hasta llegar a pagarme una cantidad de 6000 euros.A dia de hoy mi amigo solo me ha pagado tres meses y quedan 4 para que llegue la fecha en la que deberia de haberme abonado la totalidad de la deuda.
Estoy pensando en demandarlo pero tengo ciertas dudas.¿que posibilidades tengo de hacer que pague?¿cuando prescribe la deuda?.Hoy he estado leyendo y me he dado cuenta que en sus datos personales, en el numero de su carnet falta un numero.¿podría influir esto en algo?
Gracias.
08/09/2014 01:46
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
08/09/2014 10:16
Estimado Arturo,
El documento de reconocimiento de deuda que dice tener es prueba suficiente para reclamar la cantidad de la que estamos hablando. Teniendo ese documento firmado por él, si se le demanda será él (y no usted) quien deba demostrar que no ha pagado las cantidades que se le reclaman. No olvidemos que la cantidad a reclamar es la que le debe pero junto a los intereses legales.
No hay problema en que falte un número del DNI, puede ser una errata. Su firma consta en ese documento y, si negara que ésta es suya, se puede demostrar que sí lo es.
Respecto a la prescripción, en principio no tiene por qué estar prescrito, pues la regulación de la prescripción en vía civil es muy amplia y garantista.
Sobre las posibilidades, evidentemente no me puedo aventurar a decirle que el tema está ganado, pero sí es cierto que, por lo que expone, son amplias las opciones. El documento del reconocimiento de deuda es fundamental.
Le facilito nuestros datos de contacto para que, sin compromiso, nos contacte y le atenderemos personalmente y de forma gratuita.
951 71 50 41
www.lariosabogados.es
Un cordial saludo.
Reconocimiento de deuda. | PorticoLegal
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Hola buenas a ver si alguien me puede ayudar,hace 5 años preste mi motocicleta a un amigo con la mala suerte de que este tubo un accidente y me la siniestro.La moto aun no estaba pagada y lleguemos al acuerdo de que el se encargaria de pagarme las letras que me quedaban.Para ello firmemos un reconocimiento de deuda que me redacto un abogado en el que dice que todos los meses me ingresaria en mi cuenta una cantidad de dinero de una fecha a otra hasta llegar a pagarme una cantidad de 6000 euros.A dia de hoy mi amigo solo me ha pagado tres meses y quedan 4 para que llegue la fecha en la que deberia de haberme abonado la totalidad de la deuda.
Estoy pensando en demandarlo pero tengo ciertas dudas.¿que posibilidades tengo de hacer que pague?¿cuando prescribe la deuda?.Hoy he estado leyendo y me he dado cuenta que en sus datos personales, en el numero de su carnet falta un numero.¿podría influir esto en algo?
Gracias.
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Estimado Arturo,
El documento de reconocimiento de deuda que dice tener es prueba suficiente para reclamar la cantidad de la que estamos hablando. Teniendo ese documento firmado por él, si se le demanda será él (y no usted) quien deba demostrar que no ha pagado las cantidades que se le reclaman. No olvidemos que la cantidad a reclamar es la que le debe pero junto a los intereses legales.
No hay problema en que falte un número del DNI, puede ser una errata. Su firma consta en ese documento y, si negara que ésta es suya, se puede demostrar que sí lo es.
Respecto a la prescripción, en principio no tiene por qué estar prescrito, pues la regulación de la prescripción en vía civil es muy amplia y garantista.
Sobre las posibilidades, evidentemente no me puedo aventurar a decirle que el tema está ganado, pero sí es cierto que, por lo que expone, son amplias las opciones. El documento del reconocimiento de deuda es fundamental.
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