Hola: Quisiera saber qué posibilidades reales tengo de conseguir un veredicto favorable ante un RECONOCIMIENTO DE DEUDA, en documento privado sin contraste notarial. Se ha cumplido el plazo de devolución aunque, figura en el contrato que podrá ser ampliado el plazo de devolución de común acuerdo, sin especificar los intereses. Pero, no hay ningún interés en la devolución. Todo apunta a una estafa. Muchas gracias.
El reconocimiento de deuda es válido y eficaz aunque sea un negocio privado, no hace falta notario. Si la ampliación del plazo tiene que ser de comun acuerdo y uno no quiere, el plazo no se amplia. Si no hay intereses pactados se estableceran los intereses moratorios legales si corresponden.
Las posibilidades de un veredicto favorable es alta, siempre y cuando dicho reconocimiento de deuda no tenga defectos (de forma, vicios de consentimiento, capacidad, etc).