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Reconocimiento de matrimonio civil españa-ecuador

1 Comentarios
 
Reconocimiento de matrimonio civil españa-ecuador
19/08/2019 20:34
Buenas:

soy ciudadano español y mi pareja es ecuatoriana, además yo tengo visado/residencia ecuatoriana.

¿Es el matrimonio civil en España reconocido en Ecuador? Y viceversa, ¿es el matrimonio civil en Ecuador reconocido en España? Les agradecería respuesta a ambas preguntas tanto de forma general (para los demás usuarios del foro), como en mi caso particular.

Saludos y gracias por vuestro servicio.
20/08/2019 00:54
Guaman79
Hola :

1.- En España se reconoce el matrimonio celebrado por españoles fuera de España y de acuerdo con la ley del país donde se celebró si el matrimonio fue celebrado cumpliendo con las exigencias de la legislación del país de celebración y no es contrario al orden público español ( por ejemplo, no se reconocería un matrimonio poligámico, aunque sea legal en el país de celebración o un matrimonio entre personas que no tienen la edad legal para contraer matrimonio de acuerdo con el Derecho español, entre otros casos). Con Ecuador no hay problema alguno y normalmente los matrimonios celebrados por españoles en Ecuador se reconocen e inscriben en el Registro Civil español.

2.- En Ecuador también se reconocen los matrimonios celebrados en España. Normalmente no hay problema porque ambos países tienen normas similares en lo que respecta a requisitos para contraer matrimonio, aunque por ejemplo, hay diferencias en cuanto a la edad, porque en Ecuador solo pueden contraer matrimonio personas de 18 años de edad en adelante y en cambio en España sí pueden contraer matrimonio los menores de edad emancipados ( y solo pueden ser emancipados menores de edad de 16 años de edad en adelante). También ha habido un cambio relativamente reciente en relación al matrimonio entre personas del mismo sexo : la Corte Constitucional de Ecuador, por apenas un voto de diferencia, pronunció una sentencia polémica, pero que tiene eficacia general y vinculante, en la que declaró que también pueden contraer matrimonio personas del mismo sexo. Esto cambia radicalmente el criterio que se había venido manteniendo en Ecuador de no reconocer matrimonios entre personas del mismo sexo, dado que la regla de Derecho Internacional Privado recogida en el Código Civil de Ecuador establece que no podrá reconocerse en el Ecuador un matrimonio celebrado en el extranjero que no hubiera podido celebrarse de acuerdo con las leyes ecuatorianas ( excepción de orden público internacional). A partir de la mencionada sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador, sí se podrá reconocer en Ecuador los matrimonios celebrados fuera de Ecuador entre personas del mismo sexo.

3.- En cuanto a la competencia para efectuar el reconocimiento e inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero de acuerdo con la ley del país de celebración, en España corresponde al Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se celebró el matrimonio. Si el promotor del expediente fuera residente en España, la competencia corresponde al Registro Civil Central ( Madrid). Es gratuito, pero tarda, sobre todo porque deben practicar la audiencia por separado a los contrayentes para determinar que el consentimiento matrimonial fue real y que no se trata de un matrimonio de complacencia.

En Ecuador, la competencia para efectuar el reconocimiento e inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero, de acuerdo con la ley del país de celebración, corresponde, en principio, al consulado de carrera de Ecuador acreditado en la circunscripción consular donde se hubiera celebrado el matrimonio y de no haber consulado en ese lugar, en el consulado de carrera de Ecuador acreditado en el país más cercano (consulado de carrera, no consulado honorario). También puede solicitarse directamente dentro de Ecuador, ante la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación ( Servicio de Registro del Exterior) . En Ecuador no es gratuito, tiene fijadas tasas : 50 dólares por el reconocimiento e inscripción y luego 2 dólares por el formulario de solicitud, 2 dólares por la razón de inexistencia ( certificación de que no se ha inscrito antes el matrimonio en el Registro Civil de Ecuador) y 2 dólares por el formulario de resolución de reconocimiento y disposición de inscripción del matrimonio. Pero en cambio es relativamente más rápido que en España.

Un cordial saludo.
Reconocimiento de matrimonio civil españa-ecuador | PorticoLegal
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Reconocimiento de matrimonio civil españa-ecuador
19/08/2019 20:34
Buenas:

soy ciudadano español y mi pareja es ecuatoriana, además yo tengo visado/residencia ecuatoriana.

¿Es el matrimonio civil en España reconocido en Ecuador? Y viceversa, ¿es el matrimonio civil en Ecuador reconocido en España? Les agradecería respuesta a ambas preguntas tanto de forma general (para los demás usuarios del foro), como en mi caso particular.

Saludos y gracias por vuestro servicio.
20/08/2019 00:54
Guaman79
Hola :

1.- En España se reconoce el matrimonio celebrado por españoles fuera de España y de acuerdo con la ley del país donde se celebró si el matrimonio fue celebrado cumpliendo con las exigencias de la legislación del país de celebración y no es contrario al orden público español ( por ejemplo, no se reconocería un matrimonio poligámico, aunque sea legal en el país de celebración o un matrimonio entre personas que no tienen la edad legal para contraer matrimonio de acuerdo con el Derecho español, entre otros casos). Con Ecuador no hay problema alguno y normalmente los matrimonios celebrados por españoles en Ecuador se reconocen e inscriben en el Registro Civil español.

2.- En Ecuador también se reconocen los matrimonios celebrados en España. Normalmente no hay problema porque ambos países tienen normas similares en lo que respecta a requisitos para contraer matrimonio, aunque por ejemplo, hay diferencias en cuanto a la edad, porque en Ecuador solo pueden contraer matrimonio personas de 18 años de edad en adelante y en cambio en España sí pueden contraer matrimonio los menores de edad emancipados ( y solo pueden ser emancipados menores de edad de 16 años de edad en adelante). También ha habido un cambio relativamente reciente en relación al matrimonio entre personas del mismo sexo : la Corte Constitucional de Ecuador, por apenas un voto de diferencia, pronunció una sentencia polémica, pero que tiene eficacia general y vinculante, en la que declaró que también pueden contraer matrimonio personas del mismo sexo. Esto cambia radicalmente el criterio que se había venido manteniendo en Ecuador de no reconocer matrimonios entre personas del mismo sexo, dado que la regla de Derecho Internacional Privado recogida en el Código Civil de Ecuador establece que no podrá reconocerse en el Ecuador un matrimonio celebrado en el extranjero que no hubiera podido celebrarse de acuerdo con las leyes ecuatorianas ( excepción de orden público internacional). A partir de la mencionada sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador, sí se podrá reconocer en Ecuador los matrimonios celebrados fuera de Ecuador entre personas del mismo sexo.

3.- En cuanto a la competencia para efectuar el reconocimiento e inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero de acuerdo con la ley del país de celebración, en España corresponde al Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se celebró el matrimonio. Si el promotor del expediente fuera residente en España, la competencia corresponde al Registro Civil Central ( Madrid). Es gratuito, pero tarda, sobre todo porque deben practicar la audiencia por separado a los contrayentes para determinar que el consentimiento matrimonial fue real y que no se trata de un matrimonio de complacencia.

En Ecuador, la competencia para efectuar el reconocimiento e inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero, de acuerdo con la ley del país de celebración, corresponde, en principio, al consulado de carrera de Ecuador acreditado en la circunscripción consular donde se hubiera celebrado el matrimonio y de no haber consulado en ese lugar, en el consulado de carrera de Ecuador acreditado en el país más cercano (consulado de carrera, no consulado honorario). También puede solicitarse directamente dentro de Ecuador, ante la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación ( Servicio de Registro del Exterior) . En Ecuador no es gratuito, tiene fijadas tasas : 50 dólares por el reconocimiento e inscripción y luego 2 dólares por el formulario de solicitud, 2 dólares por la razón de inexistencia ( certificación de que no se ha inscrito antes el matrimonio en el Registro Civil de Ecuador) y 2 dólares por el formulario de resolución de reconocimiento y disposición de inscripción del matrimonio. Pero en cambio es relativamente más rápido que en España.

Un cordial saludo.