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Reconocimiento del accidente laboral.

1 Comentarios
 
Reconocimiento del accidente laboral.
22/01/2018 18:22
Hola ,buenas tardes a todos ;
Quiero y deseo expresár ún caso que me atañe y habér si podeis ayudarme y que yó lo entienda.
Mi pareja está en activo en una Empresa de limpieza ,está indefinoida y en Febrero del año 2017 se hizo daño a consecuencia de levantar unas muelas de una máquina para desinfectarlas y limpiarlas ,tubo un desgarro discál y hemos estado casi 16 meses de baja y realizando pruebas en Tárrega, Lleida, Guissona etc.etc. y la diagnosticaron ése problema que fué un herrór intentár levantár tanto peso pero ya sabes lo que hay, si nó te gusta te quedas en casa, entonces la diagnosticaron malaltia común y yó puse de manifiesto ante la Seguridad Social que fué accidente en horas laborales, al finál el Jefe de cirugia nó se compromete a operarla porque en el sitio que está el daño ,conlleva ún alto riesgo para su salud y movilidad, ahora lleva trabajando seis meses y los dolores y rampones que la dan en toda laparte izquierda del cuerpo nos obliga a visitar cada dos por tres al médico de cabecera, en estos momentos está de baja y la Seguridad Social nó nos ha respondido con alguna solución digna de la situación de incapacidad y eso que en su dia se denunció y se solicitó examinar el grado que la quedó ó que la queda porque nó se puede estár cada quince al médico porque al final estás despedido y todo el mundo se lava las manos.
Estando en activo hacia horas extras, y la nómina se acercava a los 1400 euros y durante la baja cobraba 1000 y la Empresa le quitó las pagas de navidad y verano y los beneficios de Empressa, y ahora cobra el sueldo base interprofesional le sacan el I.R.P.F y está de baja laboral, yó pregunto ¿ es normal que te quiten las pagas y derechos adquiridos de empresa estando de baja laboral por accidente?¿.Puedo reclamár todos los atrasos como así me comunicaron en la oficina de registro de la Seguridad Social ?.Si sigue de baja por incapacidad laboral , ¿la empresa puede despedirla ?.Teniendo en cuenta que los propietarios de la Empresa en la que trabaja ,ellos son sus delegados sindicales y sus representantes de trabajadores y me dá la impresión de que han aplicado ún convenio colectivoº abusivo que nó está registrado, pero en su dia todo esto se expuso en Inspección de Trabajo y al dia de hoy todavia estamos a la espera de sabér como actuár, ella quiere seguír trabajando pero su médico la ha comunicado que nó entiende porque teniendo lo que tiene y sufriendo los dolores que sufre cada dia, " porque la envian a trabajar si saben de sobra que estará de baja laboral cada dos por tres " .Pregunto ; se pierde algun derecho ?.Un esfuerzo físico con resultado negativo para la salud como es éste caso, ¿ porque se empeñan en denominarlo ,malaltia común ?.Necesito consejo para podér movér ficha y ahora que empezamos otra véz a realizár análisis y pruebas médicas ,necesito consejo y asesoramiento sobre el caso lo más pronto ,eficaz y trasparente posible, estaré atento a sus consejos y deseo puedan darme linea a seguír con éste caso.
DESDE ÉSTAS LÍNEAS ENVIO ÚN CORDIAL SALUDO PARA TODOS EN GENERAL.
! Gracias !
24/01/2018 20:59
Estrella de Belén
Cuando se encuentra en baja laboral por accidente no se cobra una nómina, se cobra una prestación que la paga la mutua de accidentes y no la empresa. Se calcula sobre el 75% de la base reguladora, dentro de la cual se estiman las pagas extraordinarias pero no se percibirán pagas como tal. Para la incapacidad permanente, deben solicitarlo en la seguridad social y pasar un tribunal médico.
Reconocimiento del accidente laboral. | PorticoLegal
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Reconocimiento del accidente laboral.
22/01/2018 18:22
Hola ,buenas tardes a todos ;
Quiero y deseo expresár ún caso que me atañe y habér si podeis ayudarme y que yó lo entienda.
Mi pareja está en activo en una Empresa de limpieza ,está indefinoida y en Febrero del año 2017 se hizo daño a consecuencia de levantar unas muelas de una máquina para desinfectarlas y limpiarlas ,tubo un desgarro discál y hemos estado casi 16 meses de baja y realizando pruebas en Tárrega, Lleida, Guissona etc.etc. y la diagnosticaron ése problema que fué un herrór intentár levantár tanto peso pero ya sabes lo que hay, si nó te gusta te quedas en casa, entonces la diagnosticaron malaltia común y yó puse de manifiesto ante la Seguridad Social que fué accidente en horas laborales, al finál el Jefe de cirugia nó se compromete a operarla porque en el sitio que está el daño ,conlleva ún alto riesgo para su salud y movilidad, ahora lleva trabajando seis meses y los dolores y rampones que la dan en toda laparte izquierda del cuerpo nos obliga a visitar cada dos por tres al médico de cabecera, en estos momentos está de baja y la Seguridad Social nó nos ha respondido con alguna solución digna de la situación de incapacidad y eso que en su dia se denunció y se solicitó examinar el grado que la quedó ó que la queda porque nó se puede estár cada quince al médico porque al final estás despedido y todo el mundo se lava las manos.
Estando en activo hacia horas extras, y la nómina se acercava a los 1400 euros y durante la baja cobraba 1000 y la Empresa le quitó las pagas de navidad y verano y los beneficios de Empressa, y ahora cobra el sueldo base interprofesional le sacan el I.R.P.F y está de baja laboral, yó pregunto ¿ es normal que te quiten las pagas y derechos adquiridos de empresa estando de baja laboral por accidente?¿.Puedo reclamár todos los atrasos como así me comunicaron en la oficina de registro de la Seguridad Social ?.Si sigue de baja por incapacidad laboral , ¿la empresa puede despedirla ?.Teniendo en cuenta que los propietarios de la Empresa en la que trabaja ,ellos son sus delegados sindicales y sus representantes de trabajadores y me dá la impresión de que han aplicado ún convenio colectivoº abusivo que nó está registrado, pero en su dia todo esto se expuso en Inspección de Trabajo y al dia de hoy todavia estamos a la espera de sabér como actuár, ella quiere seguír trabajando pero su médico la ha comunicado que nó entiende porque teniendo lo que tiene y sufriendo los dolores que sufre cada dia, " porque la envian a trabajar si saben de sobra que estará de baja laboral cada dos por tres " .Pregunto ; se pierde algun derecho ?.Un esfuerzo físico con resultado negativo para la salud como es éste caso, ¿ porque se empeñan en denominarlo ,malaltia común ?.Necesito consejo para podér movér ficha y ahora que empezamos otra véz a realizár análisis y pruebas médicas ,necesito consejo y asesoramiento sobre el caso lo más pronto ,eficaz y trasparente posible, estaré atento a sus consejos y deseo puedan darme linea a seguír con éste caso.
DESDE ÉSTAS LÍNEAS ENVIO ÚN CORDIAL SALUDO PARA TODOS EN GENERAL.
! Gracias !
24/01/2018 20:59
Estrella de Belén
Cuando se encuentra en baja laboral por accidente no se cobra una nómina, se cobra una prestación que la paga la mutua de accidentes y no la empresa. Se calcula sobre el 75% de la base reguladora, dentro de la cual se estiman las pagas extraordinarias pero no se percibirán pagas como tal. Para la incapacidad permanente, deben solicitarlo en la seguridad social y pasar un tribunal médico.