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Reconocimiento deuda por cónyuge, supérstite en herencia

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Reconocimiento deuda por cónyuge, supérstite en herencia
26/11/2017 17:19
Buenas tardes,
El caso que planteo es el siguiente:
En una familia de 10 hermanos, hay un patrimonio fruto del trabajo de los padres, donde inicialmente se ejerció una actividad económica de estabulación de ganado vacuno..

Con el paso de los años, el hijo mayor y el que siempre ha colaborado (y lo sigue haciendo incluso al fallecimiento de su padre hace unos meses), hizo una casa con la aprobación de sus padres en dicha parcela propiedad de estos (régimen de gananciales).
Tras entrar a vivir, se encargó del acondicionamiento de solares, cuadras de ganado, etc. y las modificó para hacer zonas de recreo, entre otras; zona de ajardinamiento, piscina de 12 x 6, cocinilla común para todos los hermanos, otra casa por uso y disfruto de padres, hermanos y demás familia, etc. haciéndose cargo del mantenimiento ordinario y extraordinario de todas las estancias, además de su propia casa durante más de 25 años.
Éste hermano, es heredero como todos a partes iguales, sin embargo, ha visto como el valor del patrimonio ha aumentado cuantitativamente gracias a sus intermitetentes y continuas inversiones (trabajo propio, inversión de dinero efectivo, pero SIN FACTURAS).
Como quiera que se vea en la situación de que, fallecido su padre, algunos de sus hermanos quieran vender en el futuro (cuando fallezca la madre) todo el patrimonio para deshacerse infamemente de él, la consulta es si:

-Podría o no, antes de fallecer su madre (cónyuge supérstite), firmar con ella un documento de reconocimiento de deuda ante notario para que conste como acreedor frente al bien inmueble y propietarios.

-Podría tasar o peritar, las construcciones realizadas y las mejoras de habitabilidad para concretar deuda.

En conclusión, se pretende tener título válido de deuda frente al patrimonio.


Muchas gracias
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Reconocimiento deuda por cónyuge, supérstite en herencia
26/11/2017 17:19
Buenas tardes,
El caso que planteo es el siguiente:
En una familia de 10 hermanos, hay un patrimonio fruto del trabajo de los padres, donde inicialmente se ejerció una actividad económica de estabulación de ganado vacuno..

Con el paso de los años, el hijo mayor y el que siempre ha colaborado (y lo sigue haciendo incluso al fallecimiento de su padre hace unos meses), hizo una casa con la aprobación de sus padres en dicha parcela propiedad de estos (régimen de gananciales).
Tras entrar a vivir, se encargó del acondicionamiento de solares, cuadras de ganado, etc. y las modificó para hacer zonas de recreo, entre otras; zona de ajardinamiento, piscina de 12 x 6, cocinilla común para todos los hermanos, otra casa por uso y disfruto de padres, hermanos y demás familia, etc. haciéndose cargo del mantenimiento ordinario y extraordinario de todas las estancias, además de su propia casa durante más de 25 años.
Éste hermano, es heredero como todos a partes iguales, sin embargo, ha visto como el valor del patrimonio ha aumentado cuantitativamente gracias a sus intermitetentes y continuas inversiones (trabajo propio, inversión de dinero efectivo, pero SIN FACTURAS).
Como quiera que se vea en la situación de que, fallecido su padre, algunos de sus hermanos quieran vender en el futuro (cuando fallezca la madre) todo el patrimonio para deshacerse infamemente de él, la consulta es si:

-Podría o no, antes de fallecer su madre (cónyuge supérstite), firmar con ella un documento de reconocimiento de deuda ante notario para que conste como acreedor frente al bien inmueble y propietarios.

-Podría tasar o peritar, las construcciones realizadas y las mejoras de habitabilidad para concretar deuda.

En conclusión, se pretende tener título válido de deuda frente al patrimonio.


Muchas gracias