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Recuperación de competencias por parte del Estado

3 Comentarios
 
Recuperación de competencias por parte del estado
24/11/2011 18:27
Buenas tardes,

Soy estudiante de Derecho, en el estudio del Derecho Constitucional, me ha surgido una duda, que no he sabido responder y las respuestas que he obtenido (de algunos profesores) me han parecido un poco vagas.

El caso es que, habiendo cedido el Estado competencias en determinada materia (cuyas competencias no son exclusivas de las CCAA según la CE) y habiendo protegido estas competencias la CA por su Estatuto, ¿puede el Estado recuperar competencias de forma individual?

Saludos, y gracias. Un abrazo.
25/11/2011 20:57
Si claro, mediante la aprobación de una ley orgánica o ley, según el caso, derogando la ley que haya cedido esa competencia y retrotrayendo esa competencia al Estado.
26/11/2011 00:20
La pregunta tiene miga.Mirate estudios sobre el e.a. de la comunidad valenciana aprobado en creo k en 2007.Segun la postura del T.C. ahora son los estatutos los k a traves de sus estatutos pueden fijar las fronteras en la distribucion de competencias, el parametro ya no es solo la c.e.Otra cosa son las leyes de transferencia, k como sabras se han utilizado para modificar la distribucion de competencias sin modificar los estatutos.Desde el momento en ke los estatutos establecen la competencia autonomica sobre la materia, la recuperacion por el Estado unilateralmente creo k ya no sera pacifica.Los estatutos solo formalmente leyes organicas se utiliza este procedimiento para su aprobacion, pero materialmente son algo diferente. La doctrina del TC sobre su posicion en la distribucion de competencias es muy polemica.Ahora incluso se pretende la creacion de derechos subjetivos de directa aplucacion a traves de los mismos.Lo ke he comentado es una simplificacion de la actual situacion.Salvo mejor criterio
26/11/2011 01:36
Muchas gracias por contestar.

El caso es que, usando simplemente el temario académico, es el principio de competencia el que se usa para establecer a quién compete tal o cual materia; siendo en la práctica inaplicable el principio de prevalencia del derecho estatal, si a ésto le añadimos el principio de separación de ordenamientos (el Estado y la CA están en paralelo y no supeditas estas últimas), me parece harto complicado (y probablemente inconstitucional) la recuperación de competencias por parte del Estado, precisamente porque carece de competencias en la materia que quiere recuperar (por haberlas cedido).

Es un tema interesante y complicado. Si queréis añadir algo más (o corregirme), estoy encantado de leeros.

Muchas gracias. Un abrazo.
Recuperación de competencias por parte del Estado | PorticoLegal
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Recuperación de competencias por parte del Estado

3 Comentarios
 
Recuperación de competencias por parte del estado
24/11/2011 18:27
Buenas tardes,

Soy estudiante de Derecho, en el estudio del Derecho Constitucional, me ha surgido una duda, que no he sabido responder y las respuestas que he obtenido (de algunos profesores) me han parecido un poco vagas.

El caso es que, habiendo cedido el Estado competencias en determinada materia (cuyas competencias no son exclusivas de las CCAA según la CE) y habiendo protegido estas competencias la CA por su Estatuto, ¿puede el Estado recuperar competencias de forma individual?

Saludos, y gracias. Un abrazo.
25/11/2011 20:57
Si claro, mediante la aprobación de una ley orgánica o ley, según el caso, derogando la ley que haya cedido esa competencia y retrotrayendo esa competencia al Estado.
26/11/2011 00:20
La pregunta tiene miga.Mirate estudios sobre el e.a. de la comunidad valenciana aprobado en creo k en 2007.Segun la postura del T.C. ahora son los estatutos los k a traves de sus estatutos pueden fijar las fronteras en la distribucion de competencias, el parametro ya no es solo la c.e.Otra cosa son las leyes de transferencia, k como sabras se han utilizado para modificar la distribucion de competencias sin modificar los estatutos.Desde el momento en ke los estatutos establecen la competencia autonomica sobre la materia, la recuperacion por el Estado unilateralmente creo k ya no sera pacifica.Los estatutos solo formalmente leyes organicas se utiliza este procedimiento para su aprobacion, pero materialmente son algo diferente. La doctrina del TC sobre su posicion en la distribucion de competencias es muy polemica.Ahora incluso se pretende la creacion de derechos subjetivos de directa aplucacion a traves de los mismos.Lo ke he comentado es una simplificacion de la actual situacion.Salvo mejor criterio
26/11/2011 01:36
Muchas gracias por contestar.

El caso es que, usando simplemente el temario académico, es el principio de competencia el que se usa para establecer a quién compete tal o cual materia; siendo en la práctica inaplicable el principio de prevalencia del derecho estatal, si a ésto le añadimos el principio de separación de ordenamientos (el Estado y la CA están en paralelo y no supeditas estas últimas), me parece harto complicado (y probablemente inconstitucional) la recuperación de competencias por parte del Estado, precisamente porque carece de competencias en la materia que quiere recuperar (por haberlas cedido).

Es un tema interesante y complicado. Si queréis añadir algo más (o corregirme), estoy encantado de leeros.

Muchas gracias. Un abrazo.