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Recuperar iva cte moroso

2 Comentarios
 
25/06/2014 10:22
Muchas gracias, ha sido muy aclaratorio. Un saludo
25/06/2014 09:56
Para poder recuperar el IVA de una factura impagada, habrá que tener en cuenta:

- A la emisión de las facturas rectificativas siempre deberá mediar una reclamación previa de la factura impagada, ya sea judicial (procedimiento monitorio, ordinario o acto de conciliación ) o notarial. Sólo en caso de concurso del cliente será diferente, como explicamos más adelante.

- Las facturas rectificativas sólo pueden emitirse transcurridos 6 meses (1 año cuando el volumen de operaciones de la sociedad emisora supere los 6.010.121,04.-€) desde la emisión de la factura, y en el plazo de los 3 meses siguientes (6 3 / 12 3)

Una vez emitidas, desde fecha factura rectificativa tenemos 1 mes para comunicarlo a la AEAT, acreditando la reclamación en vía judicial.

- Hay que enviarle la factura rectificada también al deudor.

- En caso de concurso de nuestro cliente, sólo tendremos 1 mes (15 días en caso de concursos abreviados) desde la publicación del Auto de declaración de concurso en el BOE para emitir las facturas rectificativas y 1 mes más desde fecha factura rectificativa para comunicarlo a Hacienda. También aquí hay que enviarle la factura rectificada al deudor.

Si no reclamamos a tiempo la deuda por vía judicial, puede ser que se haya pasado el plazo de los 6 meses 3 meses para emitir las facturas rectificativas.

Para poderle hacer un asesoramiento adecuado, le emplazo a ponerse en contacto con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o en http://www.infodret.com/
Recuperar iva cte moroso
24/06/2014 12:49
Buenos días, mi cuestión es la siguiente
Una SL, que actualmente esta en Concurso de acreedores y que se va a proceder a liquidar, tiene una deuda de un cliente moroso, de hace 2 años ¿puede recuperar ahora el IVA de la fra /s de ese cliente?
Gracias
estamos un poco perdidos
Recuperar iva cte moroso | PorticoLegal
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25/06/2014 10:22
Muchas gracias, ha sido muy aclaratorio. Un saludo
25/06/2014 09:56
Para poder recuperar el IVA de una factura impagada, habrá que tener en cuenta:

- A la emisión de las facturas rectificativas siempre deberá mediar una reclamación previa de la factura impagada, ya sea judicial (procedimiento monitorio, ordinario o acto de conciliación ) o notarial. Sólo en caso de concurso del cliente será diferente, como explicamos más adelante.

- Las facturas rectificativas sólo pueden emitirse transcurridos 6 meses (1 año cuando el volumen de operaciones de la sociedad emisora supere los 6.010.121,04.-€) desde la emisión de la factura, y en el plazo de los 3 meses siguientes (6 3 / 12 3)

Una vez emitidas, desde fecha factura rectificativa tenemos 1 mes para comunicarlo a la AEAT, acreditando la reclamación en vía judicial.

- Hay que enviarle la factura rectificada también al deudor.

- En caso de concurso de nuestro cliente, sólo tendremos 1 mes (15 días en caso de concursos abreviados) desde la publicación del Auto de declaración de concurso en el BOE para emitir las facturas rectificativas y 1 mes más desde fecha factura rectificativa para comunicarlo a Hacienda. También aquí hay que enviarle la factura rectificada al deudor.

Si no reclamamos a tiempo la deuda por vía judicial, puede ser que se haya pasado el plazo de los 6 meses 3 meses para emitir las facturas rectificativas.

Para poderle hacer un asesoramiento adecuado, le emplazo a ponerse en contacto con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o en http://www.infodret.com/
Recuperar iva cte moroso
24/06/2014 12:49
Buenos días, mi cuestión es la siguiente
Una SL, que actualmente esta en Concurso de acreedores y que se va a proceder a liquidar, tiene una deuda de un cliente moroso, de hace 2 años ¿puede recuperar ahora el IVA de la fra /s de ese cliente?
Gracias
estamos un poco perdidos