Puedes recurrir, pero en mi modesta opinión no tienes muchas posibilidades de ganar. A ella no le han liquidado el exceso porque sí está cumpliendo las condiciones (el plazo de 3 años , de momento, no lo ha incumplido).
Hola, mi nombre es Ortensio y les escribo para consultarles las posibilidades de recurrir una reclamación que me hace la consejeria de Hacienda.
En el año 2007 compré un piso de seguda mano a medias con mi ex-pareja. En ese momento nos beneficiamos del ITR AJD reducido (3,5%) que ofrecia la junta de andalucia para compradores que cumplian 3 requisitos: -Al menos uno sea menor de 35 años -Valor de la vivienda menor a 130000€ -Vivienda destinada a residencia habitual DURANTE 3 AÑOS (Esto lo no me lo dijeron)
En 2008 decidimos acabar la relación y yo le "vendi" mi parte de la vivienda a mi ex por un precio simbólico.
Ahora, 1 año despues, la hacienda autonómica me reclama a MI el resto los impuestos ITR/AJD hasta completar el 7% del precio de la vivienda, correspondiente al tipo aplicable normal en Andalucia argumentando que ya no cumplo uno de los 3 requisitos arriba expuestos, o sea, que al vender mi parte a mi ex ya no es mi vivienda habitual y tengo que liquidar ese 3,5% restante que asciende a casi 5000€.
Mi pregunta es si recurriendo este caso tendría posibilidades de éxito teniendo en cuenta que la vivienda sigue a nombre de mi ex , por lo tanto la vivienda sigue cumpliendo los requisitos.