Se suspende. Espera a que resuelva el juez de instrucción. Para el caso de haber planteado recurso de reforma y subsidiario de apelación y luego formalizar dicho recurso ante el a AP, tendrás que esperar a que la AP se proncunie. Luego el juzgado de te volverá a dar traslado. Tranquila.
en el supuesto de recurrir en reforma por la acusación particular el auto de incoación del procedimiento abreviado,¿ sigue corriendo el plazo de diez días para solicitar la apertura de juicio oral y hacer el escrito de conclusiones provisionales de la acusación? Según el art. 766.1 de la LECR. el recurso de reforma no suspende el curso del procedimiento.