en el supuesto de recurrir en reforma por la acusación particular el auto de incoación del procedimiento abreviado,¿ sigue corriendo el plazo de diez días para solicitar la apertura de juicio oral y hacer el escrito de conclusiones provisionales de la acusación? Según el art. 766.1 de la LECR. el recurso de reforma no suspende el curso del procedimiento.
En una ocasión, solicité la necesidad de practicar diligencias complementarias, para formular el escrito de Acusación.
No encontré nada en favro de que se suspendiera el plazo, pero así lo solicité en el escrito. Por si acaso, fui a hablar con el Secretario Judicial (el Juez no estaba), para asegurarme; le dije que, si solicitaba esas dligencias para formular las conclusiones, lo lógico es que paralizasen el plazo para formularlas, en tanto se resolvía la cuestión.
La verdad es que a regañadientes, pero me paralizaron el plazo. Y, una vez notificado el Auto desestimando la práctica de las diligencias solicitadas, volvió a correr.
A ver si alguien te dice algo más fundado. Pero puedes intentar lo que te he dicho.