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recurso-modificacion de medidas

16 Comentarios
 
17/11/2010 06:55
Asi es esta señora no hace otra cosa que intentar malmeter a nuestro hijo contra mi,le revienta que le cuente lo bien que esta conmigo.Proximamente mi actual pareja y su hijo van a vivir conmigo y con mi hijo y se que sera mucho peor,le va a jorobar muchisimo.
Sigue la politica de "consejos vendo que para mi no tengo",es una pasada las cosas que le llega a decir por telefono.Hace unos dias haciendo gala de una hipocresia sin limites,le estuvo hablando a mi hijo de lo importante que es esforzarse y trabajar en la vida para conseguir lo que quieres,como un buen trabajo,un coche,una casa...cuando ahora tiene coche nuevo,casa nueva,todos los fines de semana de viajecitos,de restaurantes,miles de euros en abogado(supongo,ya que yo llevo gastados 7000 euros en un año)...ganando 1000 euros al mes....y todo esto se lo paga su chulo,el señor con el que me la pego,un señor que monta negocios,cuando le van mal se las pira dejando pufos a la gente y luego al tiempo se monta otra cosa,es fue uno de los motivos por lo que se fueron de aqui,secuestrando a mi hijo.
Tengo que aguantar que esta señora ponga a su chulo al telefono para hablar con mi hijo(aunque el no lo pida) y tambien le diga cosas sobre mi.
"Un señor" que ha abandonado a 4 hijos(2 y 2 de otros tantos matrimonios,los dos ultimos los abandono por ella) a los que ni paga pension de alimentos y ahora pretende hacer de papi de mi hijo.Ella despreciandome hasta la saciedad como padre(que me desprecie como persona,pareja....me importa un huevo) y lleva 4 años con ese tiparraco.

Tengo que seguir peleando por mi hijo,no puedo consentir que sea criado y educado por estos dos seres,a cual mas despreciable.

Un saludo.
16/11/2010 23:56
Neguton, qué mala leche, "dile a tu padre que se acuerde de bañarte"....agujero negro es lo que tiene esa madre en la cabeza.
16/11/2010 23:39
Repito,la nueva ley dice:

"No procederá la atribución de la guarda y custodia a uno de los progenitores, ni individual ni compartida, cuando esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género."

Por lo tanto si que es un cambio sustancial,ya que antes no existia esta ley,no era tan clara.Este articulo de la ley va a fomentar y mucho las denuncias(falsas o no).Es al que todo el mundo se agarrara para no querer compartir la custodia,dando igual si el padre/madre es bueno o no.
El simple hecho de que hayan aprobado esta ley ya es suficiente para poder instar una modificacion de medidas,conozco a mucha gente que lo esta haciendo.
Otra cosa es que los jueces obren con sentido comun y vean todo el conjunto de la situacion...¡¡¡ojala hasta revisaran la denuncia y condena que me comi en su momento!!!.Eso es todo lo malo que puede decir de mi,ya ni se molesta en mentir diciendo que yo no lo cuido,que lo hace la abuela...claro,ya le saque los colores delante del juez en el divorcio en todo eso y mas.
Efectivamente dependo de la maestria de mi abogado,es asi de triste,no dependo de la verdad de lo que llevo sufriendo hace casi 4 años por culpa de esta señora.

un saludo.
16/11/2010 22:27
Bueno, pero es que yo no veo cambio sustancial, un cambio sustancial no es la nueva ley, tiene que ser un cambio por dentro y por lo que veo llevas muy bien la custodia...pero bueno, todo depende del juez y sobre todo de la maestria de tu abogado, exponer todo lo que tu nos ha expuesto de una manera congruente, y sobre todo oportuna, no perderse en tonterias....alli esta ahora el trabajo de tu abogado. Paciencia.
16/11/2010 21:27
boiragris

Se lo comentare tambien a mi abogado a ver que le parece,el me explico algo parecido pero todavia no hemos tenido tiempo para plantear la contestacion.
Lo de las sentencias contradicitorias yo no lo veo asi, por que seguro que la sentencia de la AP,sobre el recurso del divorcio,saldra antes que el juicio(que sera verbal) de la modificacion de medidas....por lo que si el recurso le es favorable y le devuelven a ella la custodia....desistira de la modificacion de medidas y ya esta.Asi que no cabran dos sentencias contradictorias.


gorana

El cambio sustancial que ella alega en la modificacion de medidas es la entrada en vigor,en septiembre(despues de la sentencia de divorcio),de la Ley de Aragon y la emplea:

-primero:para pedir la custodia para ella por mi condena por coacciones,de hace mas de 2 años,ya cumplida,que no les importo en 1ª instancia,ni a la psicologa,ni a la asistente social,ni al fiscal,ni al juez...agarrandose al articulo 6.6 que he puesto antes.
-segundo:para pedir subsidiariamente la custodia compartida,por la misma ley...y pretende llevarla a cabo viviendo ella a 70 kilometros(desde donde se largo cuando secuestro a mi hijo),en semanas alternas y trayendo todos los dias al niño al colegio desde alli,es decir conmigo el peque esta en el cole en 5 minutos andando y con ella 140 kilometros todos los dias....para flipar.

Me da mas miedo el recurso en AP,por que la ley en Aragon dice eso(lo del articulo 6.6) y si en la AP,no miran nada de todo lo que ha pasado(lo que ha hecho esta señora) y se limitan a aplicar la ley a rajatabla para no complicarse la vida...pues le daran la custodia a ella,por que la condena firme la tengo yo(aunque sea de hace mas de 2 años) y yo no tengo nada contra ella de momento.
La modificacion de medidas,lo mismo me da miedo que le den la custodia exclusiva a ella,por que la compartida es inviable.
Cualquier Juez con dos dedos de frente deberia de ver el uso malintencionado que hace de la nueva Ley de Aragon,utilizando algo de hace mas de 2 años en mi contra para decir la horrorosa persona y padre que soy....pero a la vez pedir la custodia compartida.¿Alguien lo entiende?,¿No es de una incongruencia sublime?.

rakhsun

Con el peque genial,esta conmigo superbien,la vuelta al cole del que ella se lo llevo superbien.Esta supercontento de haber vuelto con sus compañeros,con su profesora...
Y todo a pesar de su madre que en los 7 meses de secuestro le conto un monton de mentiras sobre mi y cada dia,cuando lo llama por telefono,aprovecha la mas minima oportunidad para despreciarme como padre,cuidador o educador.
El peque le cuenta ilusionado que ha hecho o aprendido conmigo...y la otra suelta un pspspsps...o le cambia de tema.Le dice que yo no sabre ayudarle a hacer los deberes,que me diga que me acuerde de bañarlo,de lavarle los dientes...le pregunta si me enfado mucho con el....si lo saco a jugar a la calle o lo tengo todo el dia encerrado....en fin una gran madre.

Seguire pelando hasta el final.
Gracias a tod@s y un saludo.
16/11/2010 20:40
perdon por tragarme unas cuantas letras, cosas de teclado....
16/11/2010 20:39
Completamente de acuerdo con boiragris, aunque pienso que la demnda de modificacion de medidas no puede prosperar porque es necesaria que haya un canbio sustancial desde la ultima modificacion de medidas en el sentido que se pide, en este caso sobre cuardia, y no solo no hay cambio sustancialen circunstancias sino la mitad de tiempo ni la podias ejercer porque no te soltó el niño (tendria que haber sido al reves, que tu no dejbas verle a la madre), asi que no solo que no pueden prosperar sino se pueden volver en su contra. Lo de CC es inviable con tan mala relacion que hay, tantas denuncias, etc.... Otra cosa es apelacion en AP, pero bueno, eso ya se verá, tampoco se revocan muchas cosas en AP....
16/11/2010 20:09
Neguton, perdona si te desvirtúo un poco el hilo. ¿Qué tal te va con el peque?, ¿qué tal el colegio?.
16/11/2010 19:57
Buanas tardes, sólo indicarle que al contestar la demanda que le han interpuesto sobre modificación de medidas, se puede alegar como excepción o cuestión previa lo que se llama litis pendencia, es decir se ha plantaeado un procedimiento sobre la misma cuestión que se encuentra en apelación pudiendo dar lugar a sentencias contaradictorias, solicitando se suspenda la tramitación de la modificación de medidas hasta que haya setencia firme definitiva. hagalo pues sino podría entrar en un autentico laberito.
16/11/2010 12:23
Ya,no veas lo que costo que la guardia civil le diera en mano la obligacion de ejecutar la sentencia,para que yo pudiera ejercer la guarda y custodia del menor.
Es una pasada para cada citacion...¿va a tener que ir la guardia civil?.¿Por que no vale la notificacion via procurador?.¿Se podria hacer proponiendo que le den las notificaciones en el PEF?.
¿No ha dejado suficientemente claro esta señora que solo se entera de lo que le interesa?.
Que bonito,que igualdad de ley,denuncia de ella y servicio a domicilio policial inmediato para detenerme,al reves nada de nada.

Un saludo.
15/11/2010 21:48
Hola.
Cuando una persona no puede ser emplazada a pesar de los intentos del juzgado, se puede solicitar que la citacion judicial se la entrege la policia judicial en mano, y si aun asi, y versando la causa sobre delito, el imputado o imputada no comparece, la orden de citacion se puede convertir en orden de detencion.
Un saludo.
15/11/2010 19:01
Esto es vergonzoso,hoy nos han dado traslado de una providencia por la cual la citaran para que declare como imputada ¡¡¡A FINALES DE ENERO!!.Es decir,un año despues de la primera denuncia ¡¡¡todavia no han conseguido que declare!!!.No se cuantos intentos llevan ya para tomarle declaracion,no recoje las citaciones,deberian darla por enterada via procurador y no lo hacen.
¿cuando la van a declarar en rebeldia y la van a detener?.
Para lo que le interesa si que se da por enterada,para todas las denuncias que le puse no.

¡¡¡que asco de justicia!!!.

Un saludo.
14/11/2010 21:52
Ingri

Los antecedentes penales se pueden cancelar contando el tiempo desde que termina el cumplimiento de la condena,es decir,en mi caso desde que finaliza la orden de alejamiento,ya que los TBC hace tiempo que los cumpli.
Una vez cumplido todo,se empieza a contar y se pueden cancelar segun la gravedad del delito por el que te condenaron.

gorana

Pues si,han admitido la modificacion de medidas,me dieron traslado el jueves pasado y contestamos al recurso hace 15 dias...¡¡¡alucinante!!!.Esta señora quema toda la traca y encima en la modificacion de medidas pide la custodia para ella,alegando lo mismo que en el recurso:
-Que como estamos en Aragon,segun el articulo 6.6:

"No procederá la atribución de la guarda y custodia a uno de los progenitores, ni individual ni compartida, cuando esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género."

A eso se agarra y yo quiero hacer lo mismo,por eso quiero que la condenen de una vez.Lo utiliza en el recurso ante la AP y en la modificacion de medidas,¡¡¡algo que paso hace mas de 2 años!!!,y tengo miedo a que los jueces tengan que aplicar la ley a rajatable y me quiten la custodia.
¿Y ELLA QUE?.¿CON TODO LO QUE HA HECHO?.

amo a mis hijos

Muchas gracias por el consejo,lo comentare con mi abogado.¿Tirar la toalla?.Me han entrado ganas muchas veces de decirle..."ala toma a tu hijo(asi lo llama siempre ella,"mi hijo") y desaparece de mi vida de una puta vez"....pero aunque muchas mujeres no lo creen,sobre todo algunas que escriben por aqui,yo como tu y muchos hombres AMO A MI HIJO por encima de todo y me dejare hasta el ultimo aliento para que mi hijo no vuelva con una madre mentirosa,manipuladora,secuestradora...por que no es una buena madre es una pesima madre y persona.Una MADRE de verdad no aparta a un hijo de su padre por mucho que le odie,sabiendo perfectamente que lo cuido a la perfeccion,como siempre he hecho.
Si no,¿como se come que en la modificacion de medidas pida tambien subsidiariamente la custodia compartida?.¿no soy tan malo para nuestro hijo que pretende quitarme la custodia por una condena de coacciones leve hace mas de 2 años?.¿por que no me quito la casi custodia compartida que teniamos nada mas conseguir la condena?.
¿en que quedamos puedo o no puedo custodiar a nuestro hijo?.¿Ningun juez le va a ver el plumero a esta tia de una vez?.

Gracias y un saludo.
14/11/2010 13:08
Hola neguton.
Hace muchos dias que sigo con interes el tema de su hijo,
quiero que sepa que le comprendo como pocas personas lo haran, yo tambien pase por lo que usted esta pasando
" delito de sustraccion de menores" solo con ese elemento a su favor y aun no existiendo condena en penal
contra su exmujer, queda latente su mala fe que desde luego es muy perjudicial para su hijo, el sistema judicial de nuestro pais deje mucho que desear, pero lo cierto es que su hijo puede sentirse orgulloso del padre que tiene, el cual de modo incansable, ejercita todas las acciones que tiene a su disposicion, para poder estar con el, creame, mucha gente con la mitad de trabas que vd esta sufriendo ya habrian tirado la toalla, pero vd sige al pie del cañon, por tanto su hijo puede estar orgulloso del padre que tiene, por otro lado
y aunque es dificil en su situacion y lo se por experiencia, mantenga la calma, hable con su abogado
para que inste medidas de orden civil dentro del proceso penal al amparo del articulo 158 C.C, en el que se dice que se podran adoptar las medidas necesaria para evitar la sustraccion de los hijos menores y que estas medidas se podran adoptar dentro de cualquier proceso civil o penal, siendo la jurisdiccion penal la que prima sobre la civil, y maximo
si se tiene en cuenta el procedimiento penal por delito de sustraccion de menores y delito de desobediencia,
le aconsejo que dentro del mismo procedimiento el cual se encuentra en diligencias previas, inste con su abogado la medidas de proteccion al menor que se recogen en el art 158C.C.
Reciba mi mas cordial saludo.
Mucha suerte.
14/11/2010 13:00
Neguton, o si algún otro lo sabe ¿podrías decirme cuándo los antecedentes penales quedan limpios? y el tiempo desde cuándo se empieza a contar.
14/11/2010 12:28
Es muy raro que le han admitido la modificacion de medidas de algo que todavia esta recuriendo....
Ante todo CALMA! Ella metera todo lo que se le ocurra, pero no hay que mezclar churros con meninas.....tu debes contestar, oponiendote y sobre todo expòniendo que estas completamente capacitado para tener la custodia etc.... no lo argumentes atacando con todas las denuncias/frentes abiertos contra ella, ... no creo que te van a quitar algo que te han dado hace tan poco sin que en ese tiempo no ha ocurrido nada que lo motive, no deberias alarmarte.... eso si, te costara dinero, pero no veo en que punto se pueden basar en cambio ahora otra vez de custodia.
Recurso-modificacion de medidas
12/11/2010 16:48
Hace unos dias mi abogado contesto a un recurso ante la Audiencia Provincial en el que mi ex mujer pide que se me quite la guarda y custodia,que me fue otorgada en 1ª instancia.
Esta semana,antes de que ni presentara mi abogado la contestacion,nos han presentado de contrario ¡¡¡Una modificacion de medidas!!!,la han admitiddo y tenemos que contestar.
Es decir han presentado recurso e inmediatamente modificacion de medidas...¿eso se puede hacer?.

En el recurso pide la custodia para ella y en la modificacion pide la custodia para ella o subsidiariamente la custodia compartida.
Yo ya no entiendo nada,con sus peticiones me esta arrastrando a unos gastos que ya no puedo asumir.
Ella utiliza contra mi una condena por coacciones de hace dos años,ya he cumplido todo....y contra ella tengo un monton de procesos abiertos(en diligencias previas,citaciones para declarar que no cumple...),por denuncias por : sustraccion de menores,desobediencia a la autoridad,incumplimiento de visitas....pero claro por la lentitud de los juzgados,ninguna condena hasta ahora.
¿Se puede paralizar de alguna manera ese procedimiento civil(la modificacion de medidas) aportando en que estado se encuentran los procesos penales contra ella,aunque no haya condenas pero si indicios mas que fundados de hechos constitutivos de delito?.

Muchas gracias y un saludo.
recurso-modificacion de medidas | PorticoLegal
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recurso-modificacion de medidas

16 Comentarios
 
17/11/2010 06:55
Asi es esta señora no hace otra cosa que intentar malmeter a nuestro hijo contra mi,le revienta que le cuente lo bien que esta conmigo.Proximamente mi actual pareja y su hijo van a vivir conmigo y con mi hijo y se que sera mucho peor,le va a jorobar muchisimo.
Sigue la politica de "consejos vendo que para mi no tengo",es una pasada las cosas que le llega a decir por telefono.Hace unos dias haciendo gala de una hipocresia sin limites,le estuvo hablando a mi hijo de lo importante que es esforzarse y trabajar en la vida para conseguir lo que quieres,como un buen trabajo,un coche,una casa...cuando ahora tiene coche nuevo,casa nueva,todos los fines de semana de viajecitos,de restaurantes,miles de euros en abogado(supongo,ya que yo llevo gastados 7000 euros en un año)...ganando 1000 euros al mes....y todo esto se lo paga su chulo,el señor con el que me la pego,un señor que monta negocios,cuando le van mal se las pira dejando pufos a la gente y luego al tiempo se monta otra cosa,es fue uno de los motivos por lo que se fueron de aqui,secuestrando a mi hijo.
Tengo que aguantar que esta señora ponga a su chulo al telefono para hablar con mi hijo(aunque el no lo pida) y tambien le diga cosas sobre mi.
"Un señor" que ha abandonado a 4 hijos(2 y 2 de otros tantos matrimonios,los dos ultimos los abandono por ella) a los que ni paga pension de alimentos y ahora pretende hacer de papi de mi hijo.Ella despreciandome hasta la saciedad como padre(que me desprecie como persona,pareja....me importa un huevo) y lleva 4 años con ese tiparraco.

Tengo que seguir peleando por mi hijo,no puedo consentir que sea criado y educado por estos dos seres,a cual mas despreciable.

Un saludo.
16/11/2010 23:56
Neguton, qué mala leche, "dile a tu padre que se acuerde de bañarte"....agujero negro es lo que tiene esa madre en la cabeza.
16/11/2010 23:39
Repito,la nueva ley dice:

"No procederá la atribución de la guarda y custodia a uno de los progenitores, ni individual ni compartida, cuando esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género."

Por lo tanto si que es un cambio sustancial,ya que antes no existia esta ley,no era tan clara.Este articulo de la ley va a fomentar y mucho las denuncias(falsas o no).Es al que todo el mundo se agarrara para no querer compartir la custodia,dando igual si el padre/madre es bueno o no.
El simple hecho de que hayan aprobado esta ley ya es suficiente para poder instar una modificacion de medidas,conozco a mucha gente que lo esta haciendo.
Otra cosa es que los jueces obren con sentido comun y vean todo el conjunto de la situacion...¡¡¡ojala hasta revisaran la denuncia y condena que me comi en su momento!!!.Eso es todo lo malo que puede decir de mi,ya ni se molesta en mentir diciendo que yo no lo cuido,que lo hace la abuela...claro,ya le saque los colores delante del juez en el divorcio en todo eso y mas.
Efectivamente dependo de la maestria de mi abogado,es asi de triste,no dependo de la verdad de lo que llevo sufriendo hace casi 4 años por culpa de esta señora.

un saludo.
16/11/2010 22:27
Bueno, pero es que yo no veo cambio sustancial, un cambio sustancial no es la nueva ley, tiene que ser un cambio por dentro y por lo que veo llevas muy bien la custodia...pero bueno, todo depende del juez y sobre todo de la maestria de tu abogado, exponer todo lo que tu nos ha expuesto de una manera congruente, y sobre todo oportuna, no perderse en tonterias....alli esta ahora el trabajo de tu abogado. Paciencia.
16/11/2010 21:27
boiragris

Se lo comentare tambien a mi abogado a ver que le parece,el me explico algo parecido pero todavia no hemos tenido tiempo para plantear la contestacion.
Lo de las sentencias contradicitorias yo no lo veo asi, por que seguro que la sentencia de la AP,sobre el recurso del divorcio,saldra antes que el juicio(que sera verbal) de la modificacion de medidas....por lo que si el recurso le es favorable y le devuelven a ella la custodia....desistira de la modificacion de medidas y ya esta.Asi que no cabran dos sentencias contradictorias.


gorana

El cambio sustancial que ella alega en la modificacion de medidas es la entrada en vigor,en septiembre(despues de la sentencia de divorcio),de la Ley de Aragon y la emplea:

-primero:para pedir la custodia para ella por mi condena por coacciones,de hace mas de 2 años,ya cumplida,que no les importo en 1ª instancia,ni a la psicologa,ni a la asistente social,ni al fiscal,ni al juez...agarrandose al articulo 6.6 que he puesto antes.
-segundo:para pedir subsidiariamente la custodia compartida,por la misma ley...y pretende llevarla a cabo viviendo ella a 70 kilometros(desde donde se largo cuando secuestro a mi hijo),en semanas alternas y trayendo todos los dias al niño al colegio desde alli,es decir conmigo el peque esta en el cole en 5 minutos andando y con ella 140 kilometros todos los dias....para flipar.

Me da mas miedo el recurso en AP,por que la ley en Aragon dice eso(lo del articulo 6.6) y si en la AP,no miran nada de todo lo que ha pasado(lo que ha hecho esta señora) y se limitan a aplicar la ley a rajatabla para no complicarse la vida...pues le daran la custodia a ella,por que la condena firme la tengo yo(aunque sea de hace mas de 2 años) y yo no tengo nada contra ella de momento.
La modificacion de medidas,lo mismo me da miedo que le den la custodia exclusiva a ella,por que la compartida es inviable.
Cualquier Juez con dos dedos de frente deberia de ver el uso malintencionado que hace de la nueva Ley de Aragon,utilizando algo de hace mas de 2 años en mi contra para decir la horrorosa persona y padre que soy....pero a la vez pedir la custodia compartida.¿Alguien lo entiende?,¿No es de una incongruencia sublime?.

rakhsun

Con el peque genial,esta conmigo superbien,la vuelta al cole del que ella se lo llevo superbien.Esta supercontento de haber vuelto con sus compañeros,con su profesora...
Y todo a pesar de su madre que en los 7 meses de secuestro le conto un monton de mentiras sobre mi y cada dia,cuando lo llama por telefono,aprovecha la mas minima oportunidad para despreciarme como padre,cuidador o educador.
El peque le cuenta ilusionado que ha hecho o aprendido conmigo...y la otra suelta un pspspsps...o le cambia de tema.Le dice que yo no sabre ayudarle a hacer los deberes,que me diga que me acuerde de bañarlo,de lavarle los dientes...le pregunta si me enfado mucho con el....si lo saco a jugar a la calle o lo tengo todo el dia encerrado....en fin una gran madre.

Seguire pelando hasta el final.
Gracias a tod@s y un saludo.
16/11/2010 20:40
perdon por tragarme unas cuantas letras, cosas de teclado....
16/11/2010 20:39
Completamente de acuerdo con boiragris, aunque pienso que la demnda de modificacion de medidas no puede prosperar porque es necesaria que haya un canbio sustancial desde la ultima modificacion de medidas en el sentido que se pide, en este caso sobre cuardia, y no solo no hay cambio sustancialen circunstancias sino la mitad de tiempo ni la podias ejercer porque no te soltó el niño (tendria que haber sido al reves, que tu no dejbas verle a la madre), asi que no solo que no pueden prosperar sino se pueden volver en su contra. Lo de CC es inviable con tan mala relacion que hay, tantas denuncias, etc.... Otra cosa es apelacion en AP, pero bueno, eso ya se verá, tampoco se revocan muchas cosas en AP....
16/11/2010 20:09
Neguton, perdona si te desvirtúo un poco el hilo. ¿Qué tal te va con el peque?, ¿qué tal el colegio?.
16/11/2010 19:57
Buanas tardes, sólo indicarle que al contestar la demanda que le han interpuesto sobre modificación de medidas, se puede alegar como excepción o cuestión previa lo que se llama litis pendencia, es decir se ha plantaeado un procedimiento sobre la misma cuestión que se encuentra en apelación pudiendo dar lugar a sentencias contaradictorias, solicitando se suspenda la tramitación de la modificación de medidas hasta que haya setencia firme definitiva. hagalo pues sino podría entrar en un autentico laberito.
16/11/2010 12:23
Ya,no veas lo que costo que la guardia civil le diera en mano la obligacion de ejecutar la sentencia,para que yo pudiera ejercer la guarda y custodia del menor.
Es una pasada para cada citacion...¿va a tener que ir la guardia civil?.¿Por que no vale la notificacion via procurador?.¿Se podria hacer proponiendo que le den las notificaciones en el PEF?.
¿No ha dejado suficientemente claro esta señora que solo se entera de lo que le interesa?.
Que bonito,que igualdad de ley,denuncia de ella y servicio a domicilio policial inmediato para detenerme,al reves nada de nada.

Un saludo.
15/11/2010 21:48
Hola.
Cuando una persona no puede ser emplazada a pesar de los intentos del juzgado, se puede solicitar que la citacion judicial se la entrege la policia judicial en mano, y si aun asi, y versando la causa sobre delito, el imputado o imputada no comparece, la orden de citacion se puede convertir en orden de detencion.
Un saludo.
15/11/2010 19:01
Esto es vergonzoso,hoy nos han dado traslado de una providencia por la cual la citaran para que declare como imputada ¡¡¡A FINALES DE ENERO!!.Es decir,un año despues de la primera denuncia ¡¡¡todavia no han conseguido que declare!!!.No se cuantos intentos llevan ya para tomarle declaracion,no recoje las citaciones,deberian darla por enterada via procurador y no lo hacen.
¿cuando la van a declarar en rebeldia y la van a detener?.
Para lo que le interesa si que se da por enterada,para todas las denuncias que le puse no.

¡¡¡que asco de justicia!!!.

Un saludo.
14/11/2010 21:52
Ingri

Los antecedentes penales se pueden cancelar contando el tiempo desde que termina el cumplimiento de la condena,es decir,en mi caso desde que finaliza la orden de alejamiento,ya que los TBC hace tiempo que los cumpli.
Una vez cumplido todo,se empieza a contar y se pueden cancelar segun la gravedad del delito por el que te condenaron.

gorana

Pues si,han admitido la modificacion de medidas,me dieron traslado el jueves pasado y contestamos al recurso hace 15 dias...¡¡¡alucinante!!!.Esta señora quema toda la traca y encima en la modificacion de medidas pide la custodia para ella,alegando lo mismo que en el recurso:
-Que como estamos en Aragon,segun el articulo 6.6:

"No procederá la atribución de la guarda y custodia a uno de los progenitores, ni individual ni compartida, cuando esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos o hijas, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género."

A eso se agarra y yo quiero hacer lo mismo,por eso quiero que la condenen de una vez.Lo utiliza en el recurso ante la AP y en la modificacion de medidas,¡¡¡algo que paso hace mas de 2 años!!!,y tengo miedo a que los jueces tengan que aplicar la ley a rajatable y me quiten la custodia.
¿Y ELLA QUE?.¿CON TODO LO QUE HA HECHO?.

amo a mis hijos

Muchas gracias por el consejo,lo comentare con mi abogado.¿Tirar la toalla?.Me han entrado ganas muchas veces de decirle..."ala toma a tu hijo(asi lo llama siempre ella,"mi hijo") y desaparece de mi vida de una puta vez"....pero aunque muchas mujeres no lo creen,sobre todo algunas que escriben por aqui,yo como tu y muchos hombres AMO A MI HIJO por encima de todo y me dejare hasta el ultimo aliento para que mi hijo no vuelva con una madre mentirosa,manipuladora,secuestradora...por que no es una buena madre es una pesima madre y persona.Una MADRE de verdad no aparta a un hijo de su padre por mucho que le odie,sabiendo perfectamente que lo cuido a la perfeccion,como siempre he hecho.
Si no,¿como se come que en la modificacion de medidas pida tambien subsidiariamente la custodia compartida?.¿no soy tan malo para nuestro hijo que pretende quitarme la custodia por una condena de coacciones leve hace mas de 2 años?.¿por que no me quito la casi custodia compartida que teniamos nada mas conseguir la condena?.
¿en que quedamos puedo o no puedo custodiar a nuestro hijo?.¿Ningun juez le va a ver el plumero a esta tia de una vez?.

Gracias y un saludo.
14/11/2010 13:08
Hola neguton.
Hace muchos dias que sigo con interes el tema de su hijo,
quiero que sepa que le comprendo como pocas personas lo haran, yo tambien pase por lo que usted esta pasando
" delito de sustraccion de menores" solo con ese elemento a su favor y aun no existiendo condena en penal
contra su exmujer, queda latente su mala fe que desde luego es muy perjudicial para su hijo, el sistema judicial de nuestro pais deje mucho que desear, pero lo cierto es que su hijo puede sentirse orgulloso del padre que tiene, el cual de modo incansable, ejercita todas las acciones que tiene a su disposicion, para poder estar con el, creame, mucha gente con la mitad de trabas que vd esta sufriendo ya habrian tirado la toalla, pero vd sige al pie del cañon, por tanto su hijo puede estar orgulloso del padre que tiene, por otro lado
y aunque es dificil en su situacion y lo se por experiencia, mantenga la calma, hable con su abogado
para que inste medidas de orden civil dentro del proceso penal al amparo del articulo 158 C.C, en el que se dice que se podran adoptar las medidas necesaria para evitar la sustraccion de los hijos menores y que estas medidas se podran adoptar dentro de cualquier proceso civil o penal, siendo la jurisdiccion penal la que prima sobre la civil, y maximo
si se tiene en cuenta el procedimiento penal por delito de sustraccion de menores y delito de desobediencia,
le aconsejo que dentro del mismo procedimiento el cual se encuentra en diligencias previas, inste con su abogado la medidas de proteccion al menor que se recogen en el art 158C.C.
Reciba mi mas cordial saludo.
Mucha suerte.
14/11/2010 13:00
Neguton, o si algún otro lo sabe ¿podrías decirme cuándo los antecedentes penales quedan limpios? y el tiempo desde cuándo se empieza a contar.
14/11/2010 12:28
Es muy raro que le han admitido la modificacion de medidas de algo que todavia esta recuriendo....
Ante todo CALMA! Ella metera todo lo que se le ocurra, pero no hay que mezclar churros con meninas.....tu debes contestar, oponiendote y sobre todo expòniendo que estas completamente capacitado para tener la custodia etc.... no lo argumentes atacando con todas las denuncias/frentes abiertos contra ella, ... no creo que te van a quitar algo que te han dado hace tan poco sin que en ese tiempo no ha ocurrido nada que lo motive, no deberias alarmarte.... eso si, te costara dinero, pero no veo en que punto se pueden basar en cambio ahora otra vez de custodia.
Recurso-modificacion de medidas
12/11/2010 16:48
Hace unos dias mi abogado contesto a un recurso ante la Audiencia Provincial en el que mi ex mujer pide que se me quite la guarda y custodia,que me fue otorgada en 1ª instancia.
Esta semana,antes de que ni presentara mi abogado la contestacion,nos han presentado de contrario ¡¡¡Una modificacion de medidas!!!,la han admitiddo y tenemos que contestar.
Es decir han presentado recurso e inmediatamente modificacion de medidas...¿eso se puede hacer?.

En el recurso pide la custodia para ella y en la modificacion pide la custodia para ella o subsidiariamente la custodia compartida.
Yo ya no entiendo nada,con sus peticiones me esta arrastrando a unos gastos que ya no puedo asumir.
Ella utiliza contra mi una condena por coacciones de hace dos años,ya he cumplido todo....y contra ella tengo un monton de procesos abiertos(en diligencias previas,citaciones para declarar que no cumple...),por denuncias por : sustraccion de menores,desobediencia a la autoridad,incumplimiento de visitas....pero claro por la lentitud de los juzgados,ninguna condena hasta ahora.
¿Se puede paralizar de alguna manera ese procedimiento civil(la modificacion de medidas) aportando en que estado se encuentran los procesos penales contra ella,aunque no haya condenas pero si indicios mas que fundados de hechos constitutivos de delito?.

Muchas gracias y un saludo.