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recurso p. compensatoria

7 Comentarios
 
07/04/2009 16:36
para Nuria M.G., hola Nuria en fecha 1/4/2009, respondi a tus consejos dándote las gracias. Se va a pedir modificacion para rebajar o extinguir p.c..
Te pregunté que mientras no se tuviera el fallo (cuando salga), que podia hacer para no verme sometido a posible embargo, u otras medidas, por no poder pagar. Se que las mensualidades no pagadas pasan, en principio, a engrosar deuda, pero eso ya intentare soluccionarlo si llega el momento. Ahora es urgente saber que hacer ante la imposibilidad de satisfacer las mensualidades. gracias de nuevo.
01/04/2009 13:45
Gracias Nuria M.G., como siempre sus consejos profesionales me sirven para mucho.
No obstante veo que los criterios entre abogados son a veces bastante o muy distintos. Por ejemplo mi abogado me sigue diciendo que no es retornable la diferencia que se paga a la que se falla desde la fecha de interposicion. Me dice que quizas en otras AP si, pero en la de Barcelona, no es asi. He leido su rectificacion con respecto a que se debe de denominar "via civil" en lugar de "via administrativa". En cuanto a que se interponga la demanda cuanto antes porque lo que no pague es endedudamiento, asi lo entiendo, pero mientras tanto a que debo atenerme por no poder pagar ?
.Disculpe si le hago frecuentes preguntas, pero estoy en situacion economica grave.Gracias de antemano
31/03/2009 12:00
Donde digo "ejecuta en via administrativa" quise decir "via civil". Es un error.
31/03/2009 11:56
Si se ha quedado en paro siendo autónomo, creo que lo tiene muy fácil para extinguir la pensión compensatoria, más cuando ella trabaja.
Para ello, procure acreditar bien todos los datos de la baja fiscal, bancarios, de gastos, de estar en alta en la búsqueda de empleo, etc. Es más probable que le extingan la compensatoria que una de alimentos (es un absurdo pero así funcionan los tribunales). Procure interponerla cuanto antes porque el tiempo que no pague es de endeudamiento, pero en la demanda, solicite la efectividad desde fecha de demanda ya que las pensiones compensatorias pagadas se devuelven si la sentencia es favorable desde fecha de interposición.
Convendrá que notifique a su esposa la nueva situación (no le hará ni caso, pero conviene que conste que es una situación no buscada por Vd.) y la imposibilidad de afrontar los pagos. Si lo denuncia en la vía penal será más probable que lo archiven y si ejecuta en vía administrativa, podrá defenderse cuando se oponga al embargo. En cualquier caso, el cambio de las circunstancias es sustancial e incluso podría plantear a su abogado pedirle la pensión a ella.
El primera instancia por la modificación de medidas tendrá que pagar abogado y procurador y no suele haber condena en costas, el recurso de apelación ya es otra historia.
Un saludo.
31/03/2009 11:47
Para Kalhuo y achilipu22 y otros. Disculpar si no me he sabido explicar bien. Hubo recurso en separacion para extinguir compensatoria. La juez lo denegó por que no habia, segun ella, razones para extinguirla y como no se solicitó rebaja, el fallo fue negativo para mi. Uno de los argumentos de la juez, fue que yo cobraba posiblemente en "B" debido a la declaracion de un testigo en el juicio, asi que por los dos conceptos, se denegó. En divorcio se volvio a pedir, en este caso extincion o rebaja, a la AP y esta la rebajo casi en un 50 %. Despues de 2 años, desde esa sentencia, me he quedado sin trabajo (autonomo) y tengo que hacer frente a gastos de Hipoteca, SS, pension, etc.. La pregunta era si antes de presentar nuevo recurso para modificacion de medidas, se puede presentar algun otro recurso que pare el pago momentaneamente sin tener que verme en situacion de posible denuncia por parte de mi ex.. Espero que esto haya aclarado algo mas el tema, sino por favor pedirme mas datos. Ella trabaja. Gracias
30/03/2009 22:05
que pruebas?
30/03/2009 13:18
No entiendo muy bien el planteamiento. Es un recurso de apelación de una modificación de medidas? Cuál fue el anterior recurso?? el del divorcio??
Recurso p. compensatoria
30/03/2009 10:48
Buenos dias, he decidido presentar recurso para reducir o en su caso extinguir p. compensatoria. En el anterior recurso(salio mal ), el gasto que me supuso fue el de mi abogado, nada mas. Ahora en un segundo recurso con mas pruebas y datos, aparte de mi abogado, tendria otros gastos ( costas,etc. ) depende del recurso ? es importante para mi saber la opinion de algun experto en el Foro. Caso de que hubiera gastos importantes, me pensaria que hacer y si me compensa a corto plazo. A largo plazo quizas si. gracias por vuestra ayuda.
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07/04/2009 16:36
para Nuria M.G., hola Nuria en fecha 1/4/2009, respondi a tus consejos dándote las gracias. Se va a pedir modificacion para rebajar o extinguir p.c..
Te pregunté que mientras no se tuviera el fallo (cuando salga), que podia hacer para no verme sometido a posible embargo, u otras medidas, por no poder pagar. Se que las mensualidades no pagadas pasan, en principio, a engrosar deuda, pero eso ya intentare soluccionarlo si llega el momento. Ahora es urgente saber que hacer ante la imposibilidad de satisfacer las mensualidades. gracias de nuevo.
01/04/2009 13:45
Gracias Nuria M.G., como siempre sus consejos profesionales me sirven para mucho.
No obstante veo que los criterios entre abogados son a veces bastante o muy distintos. Por ejemplo mi abogado me sigue diciendo que no es retornable la diferencia que se paga a la que se falla desde la fecha de interposicion. Me dice que quizas en otras AP si, pero en la de Barcelona, no es asi. He leido su rectificacion con respecto a que se debe de denominar "via civil" en lugar de "via administrativa". En cuanto a que se interponga la demanda cuanto antes porque lo que no pague es endedudamiento, asi lo entiendo, pero mientras tanto a que debo atenerme por no poder pagar ?
.Disculpe si le hago frecuentes preguntas, pero estoy en situacion economica grave.Gracias de antemano
31/03/2009 12:00
Donde digo "ejecuta en via administrativa" quise decir "via civil". Es un error.
31/03/2009 11:56
Si se ha quedado en paro siendo autónomo, creo que lo tiene muy fácil para extinguir la pensión compensatoria, más cuando ella trabaja.
Para ello, procure acreditar bien todos los datos de la baja fiscal, bancarios, de gastos, de estar en alta en la búsqueda de empleo, etc. Es más probable que le extingan la compensatoria que una de alimentos (es un absurdo pero así funcionan los tribunales). Procure interponerla cuanto antes porque el tiempo que no pague es de endeudamiento, pero en la demanda, solicite la efectividad desde fecha de demanda ya que las pensiones compensatorias pagadas se devuelven si la sentencia es favorable desde fecha de interposición.
Convendrá que notifique a su esposa la nueva situación (no le hará ni caso, pero conviene que conste que es una situación no buscada por Vd.) y la imposibilidad de afrontar los pagos. Si lo denuncia en la vía penal será más probable que lo archiven y si ejecuta en vía administrativa, podrá defenderse cuando se oponga al embargo. En cualquier caso, el cambio de las circunstancias es sustancial e incluso podría plantear a su abogado pedirle la pensión a ella.
El primera instancia por la modificación de medidas tendrá que pagar abogado y procurador y no suele haber condena en costas, el recurso de apelación ya es otra historia.
Un saludo.
31/03/2009 11:47
Para Kalhuo y achilipu22 y otros. Disculpar si no me he sabido explicar bien. Hubo recurso en separacion para extinguir compensatoria. La juez lo denegó por que no habia, segun ella, razones para extinguirla y como no se solicitó rebaja, el fallo fue negativo para mi. Uno de los argumentos de la juez, fue que yo cobraba posiblemente en "B" debido a la declaracion de un testigo en el juicio, asi que por los dos conceptos, se denegó. En divorcio se volvio a pedir, en este caso extincion o rebaja, a la AP y esta la rebajo casi en un 50 %. Despues de 2 años, desde esa sentencia, me he quedado sin trabajo (autonomo) y tengo que hacer frente a gastos de Hipoteca, SS, pension, etc.. La pregunta era si antes de presentar nuevo recurso para modificacion de medidas, se puede presentar algun otro recurso que pare el pago momentaneamente sin tener que verme en situacion de posible denuncia por parte de mi ex.. Espero que esto haya aclarado algo mas el tema, sino por favor pedirme mas datos. Ella trabaja. Gracias
30/03/2009 22:05
que pruebas?
30/03/2009 13:18
No entiendo muy bien el planteamiento. Es un recurso de apelación de una modificación de medidas? Cuál fue el anterior recurso?? el del divorcio??
Recurso p. compensatoria
30/03/2009 10:48
Buenos dias, he decidido presentar recurso para reducir o en su caso extinguir p. compensatoria. En el anterior recurso(salio mal ), el gasto que me supuso fue el de mi abogado, nada mas. Ahora en un segundo recurso con mas pruebas y datos, aparte de mi abogado, tendria otros gastos ( costas,etc. ) depende del recurso ? es importante para mi saber la opinion de algun experto en el Foro. Caso de que hubiera gastos importantes, me pensaria que hacer y si me compensa a corto plazo. A largo plazo quizas si. gracias por vuestra ayuda.