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Recurso suplicación y depósito para recurrir

3 Comentarios
 
19/07/2017 14:27
e-p@sante
No hace falta tener reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Los trabajadores en general están exentos de realizar el depósito para recurrir.
18/07/2017 22:32
pacog
Gracias por la respuesta. Yo también lo creía así pero me quedo más tranquilo si me lo confirmáis. Un saludo
18/07/2017 08:22
e-p@sante
Los trabajadores, al tener el beneficio de justicia gratuita, no deben depositar para recurrir
Recurso suplicación y depósito para recurrir
17/07/2017 19:51
Hola,

Trabajador que sufrió accidente laboral, por el cual le reconocieron una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

Inicié demanda de reclamación de daños y perjuicios derivados del accidente laboral ante la jurisdicción laboral y me han notificado ST desestimándola. Ahora quiero anunciar el recurso y me surge la duda si el accidentado debe o no depositar los 300.-€ para que sea admitido el recurso de suplicación (ex art. 229.1 LJS).

Entiendo que no, pero, por la relevancia del asunto me gustaría vuestra confirmación.

Gracias.
Recurso suplicación y depósito para recurrir | PorticoLegal
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Recurso suplicación y depósito para recurrir

3 Comentarios
 
19/07/2017 14:27
e-p@sante
No hace falta tener reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Los trabajadores en general están exentos de realizar el depósito para recurrir.
18/07/2017 22:32
pacog
Gracias por la respuesta. Yo también lo creía así pero me quedo más tranquilo si me lo confirmáis. Un saludo
18/07/2017 08:22
e-p@sante
Los trabajadores, al tener el beneficio de justicia gratuita, no deben depositar para recurrir
Recurso suplicación y depósito para recurrir
17/07/2017 19:51
Hola,

Trabajador que sufrió accidente laboral, por el cual le reconocieron una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

Inicié demanda de reclamación de daños y perjuicios derivados del accidente laboral ante la jurisdicción laboral y me han notificado ST desestimándola. Ahora quiero anunciar el recurso y me surge la duda si el accidentado debe o no depositar los 300.-€ para que sea admitido el recurso de suplicación (ex art. 229.1 LJS).

Entiendo que no, pero, por la relevancia del asunto me gustaría vuestra confirmación.

Gracias.