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redactar querella

15 Comentarios
 
Redactar querella
03/02/2012 00:34
se redacta una querella contra a un querellado que cometio varios delitos. al cometer uno de los delitos tuvo un compinche. ¿como se incluie este en el encabezamiento de la querella, como querellado, o .......... ?
03/02/2012 10:21
La querella debe estar firmada por letrado...el designado sabrá contestarte esa pregunta.
03/02/2012 22:35
gracias. estara firmada de letrado y procurador. pero, no pasara nada si hasta entonces sabre como se nombrara en la querella al compinche en uno de los delitos. ¿o, pasara algo?
04/02/2012 15:57
el complice es empleado de una sucursal bancaria. es complice porque ha permitido retirar el saldo, ha aceptado cancelar la cuenta mancomunada y ha desviado (que no domiciliado) los recibos domiciliados en la cuenta cancelada, a otra cuenta desconocida.
¿a quien hay que mencionar en la querella, empleado o banco?
06/02/2012 14:50
Las cuentas en España no son "desconocidas" aquí no hay secreto bancario como en Suiza... creo que en Suiza ya tampoco, no?

Las legalidades, mejor dejarlas a los abogados, que para eso les pagamos.
06/02/2012 21:39
soy cotitular de la cuenta cancelada y el impago de dichos recibos (hipoteca) me pueden afectar a mi. es un caso algo atipico: dos coproprietarios enfrentados en una extincion de condominio, ambos cotitulares de la cuenta mancomunada y de la hipoteca con los recibos que ambos domiciliaron años atras en dicha cuenta mediante escritura publica. se pagaron los recibos a 50% hasta que el otro lo impide, cancelando la cuenta y empiezando a pagar en solitario el 100% de los recibos.
yo intento averiguar a donde va realmente el recibo y cual es el procedimiento mediante cual se paga, porque sigue estando domiciliado en la cuenta cancelada, donde por supuesto que no se puede ingresar dinero, por el hecho de estar cancelada. el otro no esta dispuesto a dar informacion y tampoco alternativa par que yo pague el 50% del recibo. el banco se ampara en la ley de proteccion de datos para no dar informacion.
por esto he dicho "cuenta desconocida" para mi.
¿que opinan ustedes?
07/02/2012 15:35
Pues si esta pagando el la hipoteca al 100%, que siga pagando el.

Que pretende tu amigo conseguir con eso?

07/02/2012 16:48
si lo supìera, no escribiria sobre este tema aqui. ¿puede conseguir mas de 50% de la propriedad?
08/02/2012 12:06
No.
La hipoteca tiene dos partes:
- Una deuda
- Una garantía del pago de esa deuda, ofreciendo un inmueble para que si no se paga la deuda el acreedor ejecute la garantía: ejecute el inmueble, lo venda en subasta y se cobre lo que se debe.

Son dos aspectos paralelos. La titularidad de la vivienda no se ve afectada por la deuda.

La deuda es solidaria, lo que significa que ambos deudores responden por la totalidad de la deuda, y si no se paga, el acreedor (el banco) puede reclamar la tototalidad de la deuda de uno, de otro, o de los dos.

Entre ambos deudores solidarios, se presume que la deuda se va a pagar 50/50. Al banco le da igual quien pague. Si uno paga el 100% y el otro no paga nada, el que paga luego le podrá reclamar al que no ha pagado nada que le devuelva el 50% de lo que ha pagado por él.

Si después de que el que ha pagado gane el juicio contra el que no ha pagado (y despues de pagar abogado y procurador) el que no ha pagado sigue sin reembolsar la mitad, se podría pedir ejecución de la sentencia contra la parte de la vivienda a nombre de quien no paga. Me parece una vía carísima, larguísima y retorcida.

Si ese fuera el caso, yo pondría todos los meses la mitad de la mensualidad en una cuenta separada, y le enviaría burofax requiriéndole para abrir una cuenta conjunta de la cual emitir los pagos de la hipoteca.

No tiene sentido pagar al banco cada mes el 150% de la mensualidad porque podrían incluso cobraros por pagos extemporáneos.

Coméntale la situación al banco, a ver si te dan otra solución.

08/02/2012 20:57
Ojo que el "amigo" puede en su día reclamarle el 50% que ha pagado de la parte suya.
En cualquier caso es un tema que se lo tienen que resolver la asesoría jurídica del banco, no el empleado compinche.
Diríjase inmediatamente a los servicios jurídicos del banco, donde pagaba el 50 % de la hipoteca, para denunciar los hechos.
10/02/2012 00:21
la asesoria juridica del banco no ha resuelto nada y durante 2 años ha intentado engañarme. el banco de España me da la razon, pero su resolucion no es de obligatorio cumplimiento. solo me queda la justicia.
19/02/2012 11:26
que opinais?
20/02/2012 18:50
QUe no te supone ningun perjuicio la actuación de quien paga la hipoteca y la del banco, siendo una mala práctica, tampoco.
22/02/2012 17:15
Repito: "Yo pondría todos los meses la mitad de la mensualidad en una cuenta separada, y le enviaría burofax ofreciendo el pago y requiriéndole para abrir una cuenta conjunta de la cual emitir los pagos de la hipoteca"

Es una actuacion muy rara por parte del otro copropietario, y del banco. A lo mejor hay algo subyaciendo que no conocemos...
17/01/2014 00:42
el perjuicio que supone es que me vere obligado por
17/06/2014 09:16
en una carta, el banco de España critica la actuacion del empleado del banco Santander (cancelacion ilegal de una cuenta mancomunada) asi como la del mismo banco Santander (niega reapertura de la cuenta cancelada ilegalmente con la excusa que "el sistema no lo permite", el mismo sistema que si permitio cancelacion sin acuerdo y sin conocimiento del cotitular)
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03/02/2012 00:34
se redacta una querella contra a un querellado que cometio varios delitos. al cometer uno de los delitos tuvo un compinche. ¿como se incluie este en el encabezamiento de la querella, como querellado, o .......... ?
03/02/2012 10:21
La querella debe estar firmada por letrado...el designado sabrá contestarte esa pregunta.
03/02/2012 22:35
gracias. estara firmada de letrado y procurador. pero, no pasara nada si hasta entonces sabre como se nombrara en la querella al compinche en uno de los delitos. ¿o, pasara algo?
04/02/2012 15:57
el complice es empleado de una sucursal bancaria. es complice porque ha permitido retirar el saldo, ha aceptado cancelar la cuenta mancomunada y ha desviado (que no domiciliado) los recibos domiciliados en la cuenta cancelada, a otra cuenta desconocida.
¿a quien hay que mencionar en la querella, empleado o banco?
06/02/2012 14:50
Las cuentas en España no son "desconocidas" aquí no hay secreto bancario como en Suiza... creo que en Suiza ya tampoco, no?

Las legalidades, mejor dejarlas a los abogados, que para eso les pagamos.
06/02/2012 21:39
soy cotitular de la cuenta cancelada y el impago de dichos recibos (hipoteca) me pueden afectar a mi. es un caso algo atipico: dos coproprietarios enfrentados en una extincion de condominio, ambos cotitulares de la cuenta mancomunada y de la hipoteca con los recibos que ambos domiciliaron años atras en dicha cuenta mediante escritura publica. se pagaron los recibos a 50% hasta que el otro lo impide, cancelando la cuenta y empiezando a pagar en solitario el 100% de los recibos.
yo intento averiguar a donde va realmente el recibo y cual es el procedimiento mediante cual se paga, porque sigue estando domiciliado en la cuenta cancelada, donde por supuesto que no se puede ingresar dinero, por el hecho de estar cancelada. el otro no esta dispuesto a dar informacion y tampoco alternativa par que yo pague el 50% del recibo. el banco se ampara en la ley de proteccion de datos para no dar informacion.
por esto he dicho "cuenta desconocida" para mi.
¿que opinan ustedes?
07/02/2012 15:35
Pues si esta pagando el la hipoteca al 100%, que siga pagando el.

Que pretende tu amigo conseguir con eso?

07/02/2012 16:48
si lo supìera, no escribiria sobre este tema aqui. ¿puede conseguir mas de 50% de la propriedad?
08/02/2012 12:06
No.
La hipoteca tiene dos partes:
- Una deuda
- Una garantía del pago de esa deuda, ofreciendo un inmueble para que si no se paga la deuda el acreedor ejecute la garantía: ejecute el inmueble, lo venda en subasta y se cobre lo que se debe.

Son dos aspectos paralelos. La titularidad de la vivienda no se ve afectada por la deuda.

La deuda es solidaria, lo que significa que ambos deudores responden por la totalidad de la deuda, y si no se paga, el acreedor (el banco) puede reclamar la tototalidad de la deuda de uno, de otro, o de los dos.

Entre ambos deudores solidarios, se presume que la deuda se va a pagar 50/50. Al banco le da igual quien pague. Si uno paga el 100% y el otro no paga nada, el que paga luego le podrá reclamar al que no ha pagado nada que le devuelva el 50% de lo que ha pagado por él.

Si después de que el que ha pagado gane el juicio contra el que no ha pagado (y despues de pagar abogado y procurador) el que no ha pagado sigue sin reembolsar la mitad, se podría pedir ejecución de la sentencia contra la parte de la vivienda a nombre de quien no paga. Me parece una vía carísima, larguísima y retorcida.

Si ese fuera el caso, yo pondría todos los meses la mitad de la mensualidad en una cuenta separada, y le enviaría burofax requiriéndole para abrir una cuenta conjunta de la cual emitir los pagos de la hipoteca.

No tiene sentido pagar al banco cada mes el 150% de la mensualidad porque podrían incluso cobraros por pagos extemporáneos.

Coméntale la situación al banco, a ver si te dan otra solución.

08/02/2012 20:57
Ojo que el "amigo" puede en su día reclamarle el 50% que ha pagado de la parte suya.
En cualquier caso es un tema que se lo tienen que resolver la asesoría jurídica del banco, no el empleado compinche.
Diríjase inmediatamente a los servicios jurídicos del banco, donde pagaba el 50 % de la hipoteca, para denunciar los hechos.
10/02/2012 00:21
la asesoria juridica del banco no ha resuelto nada y durante 2 años ha intentado engañarme. el banco de España me da la razon, pero su resolucion no es de obligatorio cumplimiento. solo me queda la justicia.
19/02/2012 11:26
que opinais?
20/02/2012 18:50
QUe no te supone ningun perjuicio la actuación de quien paga la hipoteca y la del banco, siendo una mala práctica, tampoco.
22/02/2012 17:15
Repito: "Yo pondría todos los meses la mitad de la mensualidad en una cuenta separada, y le enviaría burofax ofreciendo el pago y requiriéndole para abrir una cuenta conjunta de la cual emitir los pagos de la hipoteca"

Es una actuacion muy rara por parte del otro copropietario, y del banco. A lo mejor hay algo subyaciendo que no conocemos...
17/01/2014 00:42
el perjuicio que supone es que me vere obligado por
17/06/2014 09:16
en una carta, el banco de España critica la actuacion del empleado del banco Santander (cancelacion ilegal de una cuenta mancomunada) asi como la del mismo banco Santander (niega reapertura de la cuenta cancelada ilegalmente con la excusa que "el sistema no lo permite", el mismo sistema que si permitio cancelacion sin acuerdo y sin conocimiento del cotitular)