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Reduccion de joranda

1 Comentarios
 
18/04/2012 09:17
Artículo 37, apartado 6, del Estatuto de los Trabajadores:

...................... El trabajador, salvo fuerza mayor, deberá preavisar al empresario con una antelación de quince días o la que se determine en el convenio colectivo aplicable, precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de lactancia o la reducción de jornada.


Por tanto es obligación del trabajador avisar del fin de la reducción de jornada. El trabajador debe saber como está la Ley, lo mismo que lo supo en su momento para acogerse a esa reducción, debe saber que cuando quiera finalizarla tiene que expresar dicha situación.

Un saludo.
Reduccion de joranda
18/04/2012 09:09
Hola otra vez,
Cuando estas con reducción de jornada por cuidado de hijos, si el menor cumple los 8 años, quien debe decir si tienes que dejar la reducción de jornada, la empresa o el trabajodor.
Puedo seguir así hasta que me digan? Yo no tengo porque saber como está la ley ¿no?
Reduccion de joranda | PorticoLegal
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Reduccion de joranda

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18/04/2012 09:17
Artículo 37, apartado 6, del Estatuto de los Trabajadores:

...................... El trabajador, salvo fuerza mayor, deberá preavisar al empresario con una antelación de quince días o la que se determine en el convenio colectivo aplicable, precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de lactancia o la reducción de jornada.


Por tanto es obligación del trabajador avisar del fin de la reducción de jornada. El trabajador debe saber como está la Ley, lo mismo que lo supo en su momento para acogerse a esa reducción, debe saber que cuando quiera finalizarla tiene que expresar dicha situación.

Un saludo.
Reduccion de joranda
18/04/2012 09:09
Hola otra vez,
Cuando estas con reducción de jornada por cuidado de hijos, si el menor cumple los 8 años, quien debe decir si tienes que dejar la reducción de jornada, la empresa o el trabajodor.
Puedo seguir así hasta que me digan? Yo no tengo porque saber como está la ley ¿no?