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reducción de jornada contrato fijo discontínuo

1 Comentarios
 
Reducción de jornada contrato fijo discontínuo
02/06/2012 01:55
Hola saludos, quisiera consultar si basándose en el Real Decreto publicado el pasado 11 de febrero en el BOE sobre reforma laboral, me pueden aplicar una reducción de jornada en mi contrato fijo discontínuo basándose la empresa en que tiene pérdidas, quisiera me informasen de condiciones ya que según la empresa su obligación es comunicárnoslo con quince días de antelación, trabajaríamos 4 horas en lugar de 8 y cobraríamos mitad de sueldo y mitad de prestación por desempleo.Llevo de alta en la empresa hace 19 años, somos 4 trabajadores y nos aplicarían esa reducción de jornada sólo a 2, los que más cobramos. Tenemos algún derecho ante esto o sólo nos toca como nos han dicho en la empresa que si lo quieres lo tomas y si no lo dejas? y que se hace para evitar despidos. No tenemos convenio específico y nos guiamos por el de oficinas y despachos ya que es una Cofradía de Pescadores y trabajamos a turno partido, 4 horas en oficina por la mañana y 4 por la tarde en lonja. Muchas gracias de antemano por sus respuestas y si necesitan más datos no duden en pedírmelos. Todo ello quieren aplicarlo a partír del día 1 de Julio, se va a hacer una reunión de la Junta General el próximo día 9 de Junio para aprobar y comunicar a los trabajadores esta reducción de jornada. Gracias.
05/06/2012 23:16
Hola qué tal? alguien puede guiarme sobre el tema? también en el mismo RD dice que si el trabajador se siente perjudicado (es el caso) puede solicitar la Rescisión del contrato y cobrar una indemnización como si fuese un despido (supongo que procedente). Bueno, agradecería alguna información más amplia al respecto. Muchas Gracias de nuevo
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Reducción de jornada contrato fijo discontínuo
02/06/2012 01:55
Hola saludos, quisiera consultar si basándose en el Real Decreto publicado el pasado 11 de febrero en el BOE sobre reforma laboral, me pueden aplicar una reducción de jornada en mi contrato fijo discontínuo basándose la empresa en que tiene pérdidas, quisiera me informasen de condiciones ya que según la empresa su obligación es comunicárnoslo con quince días de antelación, trabajaríamos 4 horas en lugar de 8 y cobraríamos mitad de sueldo y mitad de prestación por desempleo.Llevo de alta en la empresa hace 19 años, somos 4 trabajadores y nos aplicarían esa reducción de jornada sólo a 2, los que más cobramos. Tenemos algún derecho ante esto o sólo nos toca como nos han dicho en la empresa que si lo quieres lo tomas y si no lo dejas? y que se hace para evitar despidos. No tenemos convenio específico y nos guiamos por el de oficinas y despachos ya que es una Cofradía de Pescadores y trabajamos a turno partido, 4 horas en oficina por la mañana y 4 por la tarde en lonja. Muchas gracias de antemano por sus respuestas y si necesitan más datos no duden en pedírmelos. Todo ello quieren aplicarlo a partír del día 1 de Julio, se va a hacer una reunión de la Junta General el próximo día 9 de Junio para aprobar y comunicar a los trabajadores esta reducción de jornada. Gracias.
05/06/2012 23:16
Hola qué tal? alguien puede guiarme sobre el tema? también en el mismo RD dice que si el trabajador se siente perjudicado (es el caso) puede solicitar la Rescisión del contrato y cobrar una indemnización como si fuese un despido (supongo que procedente). Bueno, agradecería alguna información más amplia al respecto. Muchas Gracias de nuevo