Hola, a ver si me explico trabajo en una empresa 30 horas semanales desde el 2011 y en 2015 soy madre y me reduzco a 20 horas, en 2018 vuelvo a tener unn niño y modifico mii turno a 25 horas, hoy viendo mi vida laboral, no veo en ningún apartado que diga q cotizo al 70%, pero si veo que trabajo una jornada del 62.5 % por guarda de un menor, es q yo tenía entendido que se cotizaba 70% por cuidado de un menor pero en mi vida laboral no aparece eso reflejado, es q estoy en un erte y quisiera saber si mi base reguladora será de 25 o 30 horas, gracias de
Pues una sencilla regla de 3. 40 h/sem ----- 100% de la jornada 25 h/sem ----- X % de la jornada, donde X= (100 x 25)/ 40 = 62,5 % de la jornada. No se de dónde saca usted ese 70 % de jornada. Lo importante es saber si ya han pasado 2 años desde que tuvo usted el 2 hijo, si su hijo aún no ha cumplido los dos años, tanto en situación de IT como de erre la cotización se asimila al 100 % por lo que en los 6 primeros meses de esa situación de IT y siempre que la empresa no lo mejora hasta el 100 % cobrará usted de paro el 70 % del salario medio hallado de los últimos 180 días smo
Muchas gracias por la respuesta, es que una compañera de trabajo me había comentado, que al haberme reducido la jornada por cuidado de un menor, a la hora de calcular la prestación por desempleo no se tendría en cuenta mi jornada actual de 25 horas, sino que se hace sobre mi jornada anterior a la reducción ( 30 horas a la semales) que era una jornada del 70%, pero veo que ha sido un error.. De nuevo graciae