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reducción de jornada obligatoria - Reforma laboral

3 Comentarios
 
Reducción de jornada obligatoria - reforma laboral
12/06/2012 09:46
Buenos días,

A determinados trabajadores de la empresa nos han impuesto reducción de jornada y sueldo del 15% alegando razones económicas y se nos plantean las siguientes dudas al respecto:

- ¿Qué ocurre con las vacaciones devengadas hasta el momento de la reducción? Entendemos que se han devengado con el 100% de la jornada y no con 85%.

- ¿Es posible solicitar que el INEM cubra ese 15% de bajada? Es decir, ¿el INEM podría cubrir el 80% de ese 15% que nos reducen?

- El comité de empresa no informó ni consultó a los trabajadores durante la negociación, ¿se puede alegar algo al respecto?

Muchas gracias de antemano por su ayuda.
12/06/2012 12:16
Con lo referente a cobrar el paro, lo podran cobrar siempre que esten incluidos en un ERO.
12/06/2012 12:16
Quería decir ERE
12/06/2012 16:23
Si te han reducido la jornada a través del art. 41, no queda otra que acatar, ser despedido, o reclamar ante los tribunales.
Si te han reducido la jornada a través del art47 (ere) puedes cobrar la parte que te corresponda del INEM .
Por tanto mira los artículos del estatuto de los trabajadores.
reducción de jornada obligatoria - Reforma laboral | PorticoLegal
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reducción de jornada obligatoria - Reforma laboral

3 Comentarios
 
Reducción de jornada obligatoria - reforma laboral
12/06/2012 09:46
Buenos días,

A determinados trabajadores de la empresa nos han impuesto reducción de jornada y sueldo del 15% alegando razones económicas y se nos plantean las siguientes dudas al respecto:

- ¿Qué ocurre con las vacaciones devengadas hasta el momento de la reducción? Entendemos que se han devengado con el 100% de la jornada y no con 85%.

- ¿Es posible solicitar que el INEM cubra ese 15% de bajada? Es decir, ¿el INEM podría cubrir el 80% de ese 15% que nos reducen?

- El comité de empresa no informó ni consultó a los trabajadores durante la negociación, ¿se puede alegar algo al respecto?

Muchas gracias de antemano por su ayuda.
12/06/2012 12:16
Con lo referente a cobrar el paro, lo podran cobrar siempre que esten incluidos en un ERO.
12/06/2012 12:16
Quería decir ERE
12/06/2012 16:23
Si te han reducido la jornada a través del art. 41, no queda otra que acatar, ser despedido, o reclamar ante los tribunales.
Si te han reducido la jornada a través del art47 (ere) puedes cobrar la parte que te corresponda del INEM .
Por tanto mira los artículos del estatuto de los trabajadores.