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Reduccion de jornada y plus de asistencia

2 Comentarios
 
02/07/2014 13:32
lo que establece mi convenio en el articulo 42 a) es que "Quien por razón de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho anos o un diminuído físico o psíquico, y no desenvuelva otra actividad retribuída, tendrá derecho a una redución de jornada de trabajo, con la diminución proporcional de salario de, cuando menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella" es decir cita solo el salario no dice "complementos salariales" . O salario lleva implícito los complementos?
Muchas gracias
02/07/2014 12:37
Buenos días

El artículo 42 de su convenio establece que la reducción de salario porporcional a la reducción de jornada por guardia legal se aplicará sobre todos los conceptos salariales.

El artículo 35 del mismo convenio establece que los únicos conceptos que NO tienen la condición de salariales son los que retribuyen indemnizaciones o compensaciones potr los gastos que le acarrea al trabajador el desempeño de su trabajo.

Los pluses de festivo o presencia, no tienen esa consideración. Por tanto, sí están afectados por la reducción.

Para más información puede ponerse en contacto con nostros en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
Reduccion de jornada y plus de asistencia
02/07/2014 10:19
Buenos días :
Por motivo de guarda legal de menor de 8 años quisiera pedir reducción de jornada, con la reducción de salario que supone. Pero `mi pregunta es la siguiente: los complementos por asistencia,pluses de domingo se ven afectados por dicha reducción o han de cobrarse integros como en una jornada completa? Gracias.
(convenio colectivo residencias privadas tercera edad Galicia)
Reduccion de jornada y plus de asistencia | PorticoLegal
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Reduccion de jornada y plus de asistencia

2 Comentarios
 
02/07/2014 13:32
lo que establece mi convenio en el articulo 42 a) es que "Quien por razón de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho anos o un diminuído físico o psíquico, y no desenvuelva otra actividad retribuída, tendrá derecho a una redución de jornada de trabajo, con la diminución proporcional de salario de, cuando menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella" es decir cita solo el salario no dice "complementos salariales" . O salario lleva implícito los complementos?
Muchas gracias
02/07/2014 12:37
Buenos días

El artículo 42 de su convenio establece que la reducción de salario porporcional a la reducción de jornada por guardia legal se aplicará sobre todos los conceptos salariales.

El artículo 35 del mismo convenio establece que los únicos conceptos que NO tienen la condición de salariales son los que retribuyen indemnizaciones o compensaciones potr los gastos que le acarrea al trabajador el desempeño de su trabajo.

Los pluses de festivo o presencia, no tienen esa consideración. Por tanto, sí están afectados por la reducción.

Para más información puede ponerse en contacto con nostros en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
Reduccion de jornada y plus de asistencia
02/07/2014 10:19
Buenos días :
Por motivo de guarda legal de menor de 8 años quisiera pedir reducción de jornada, con la reducción de salario que supone. Pero `mi pregunta es la siguiente: los complementos por asistencia,pluses de domingo se ven afectados por dicha reducción o han de cobrarse integros como en una jornada completa? Gracias.
(convenio colectivo residencias privadas tercera edad Galicia)