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Reducción de jornada

3 Comentarios
 
30/06/2014 16:35
Usted podrá estar de acuerdo o no con lo que le he comentado, puede que le guste o no pero esta usted preguntando y yo le respondo que tras la reforma de febrero de 2012, si usted se fija en el art 37.6 dice como aplicar lo referente al art 37.4 y 5 y como vera pone una frase que dice:"corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria" es decir usted, podrá fijar entre 1/8 y 1/2 la reducción a aplicar con la correspondiente y proporcional reducción salarial, pero dentro de su jornada ordinaria, es decir si esta usted de tardes pues lo reduce dentro de ese horario y si esta de mañanas lo mismo.
Por otra parte si ambos trabajaran en la misma empresa sólo se le concedería a uno.
Supongo por otra partre que los otros dos trabajadores eligieron turno por ser antes de esa fecha como ya le dije la cosa se cambio precisamente por eso porque todos los trabajadores que se acogían a ese derecho la reducción, no era para poder cuidar su hijo sino para ajustar su jornada laboral a un turno fijo perjudicando por ello al resto de sus compañeros, si una empresa tiene unos turnos y hace que los trabajadores trabajen a turnos es porque quiere repartir ese problema de la turnicidad porque todos quieren trabajar al mismo horario y claro de esta forma lo que se hacia es que si se le concedía a todos el turno requerido terminaba una tercera persona teniendo que asumir los turnos que menos desean el resto de trabajadores con lo que existía una discriminación, ¿no le parece?.
Usted dice que en su empresa existe ese turno y por tanto que no perjudica a nadie, no es cierto, usted esta en un turno de tarde una semana y otra de mañanas y a lo mejor hasta una tercera de noches pues en esos turno que usted trabaja otra persona hará el resto de los turnos que usted no realiza y si a usted le ajustan a un mismo turno, por ej,, el de mañanas sus otros compañeros se verán relegados a no hacer mañanas y hacer sus otros turnos.
SMO.
30/06/2014 11:11
No estoy de acuerdo con su respuesta "jamgpreve". Según la redacción vigente del art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores no dice nada de eso.
1 Tengo entendido que en el caso de que mi mujer trabajara, los dos miembros de la pareja podríamos pedirnos el mismo horario para poder estar los dos con mi hija que nos necesita. Mi duda está en la ley de dependencia en la que consta ella como cuidadora, pero debido a la minusvalía de mi hija necesita del cuidado de los dos. No se si por ese motivo la empresa me lo podría denegar.
2 El horario que elegiría sería uno de los que normalmente se realizan en la empresa, por lo que no hay perjuicio para ella, la otra duda es que como ya hay otras dos persona en el horario que yo necesito, aunque tienen diferente cargo en la empresa, esta se puede negar a concedérmelo por ese motivo, alegando problemas de organización.
23/06/2014 13:27
1 su mujer ya cobra por el cuidado de su hija sera entonces quien deba cuidarla.
2 No se puede elegir turno si es trabajador a turnos, luego dice que ya hay dos trabajadores con turno de mañanas por tener una reducción de jornada, supongo que en ambos casos esta reducción se empezó a disfrutar antes de febrero de 2012, porque desde esa fecha ya no se puede hacer así, desde esa fecha el trabajador puede acogerse a una reducción de jornada pero dentro de su turno, esto es así porque al haber tanto abuso, (todo el mundo cogía una reducción de jornada para elegir turno), pues ahora no se puede usted puede reducir su jornada pero dentro de su turno.
SMO
Reducción de jornada
23/06/2014 12:49
Hola, tengo una hija de 18 años con 75% de minusvalía. Quiero saber si yo me puedo reducir la jornada de 40 a 35 horas con turno fijo de mañana para cuidarla mientras no está en el centro de día al que acude por las mañanas, teniendo en cuenta que:
-Mi mujer está en paro y cobra la ayuda de dependencia como cuidadora de nuestra hija.
-La empresa es una cadena de tiendas de la que soy uno de los tres encargados, aunque uno es jefe de tienda. Realizamos las mismas tareas en caso de necesidad que nuestros subordinados y dos de ellos ya tienen turno fijo de mañana por cuidado de hijos menores.
-También me gustaría saber si puedo elegir ese turno sin la necesidad de reducir jornada, por no perjudicar a mi empresa o si tiene que ir ligada la reducción de jornada con la elección de turno fijo.
Reducción de jornada | PorticoLegal
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30/06/2014 16:35
Usted podrá estar de acuerdo o no con lo que le he comentado, puede que le guste o no pero esta usted preguntando y yo le respondo que tras la reforma de febrero de 2012, si usted se fija en el art 37.6 dice como aplicar lo referente al art 37.4 y 5 y como vera pone una frase que dice:"corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria" es decir usted, podrá fijar entre 1/8 y 1/2 la reducción a aplicar con la correspondiente y proporcional reducción salarial, pero dentro de su jornada ordinaria, es decir si esta usted de tardes pues lo reduce dentro de ese horario y si esta de mañanas lo mismo.
Por otra parte si ambos trabajaran en la misma empresa sólo se le concedería a uno.
Supongo por otra partre que los otros dos trabajadores eligieron turno por ser antes de esa fecha como ya le dije la cosa se cambio precisamente por eso porque todos los trabajadores que se acogían a ese derecho la reducción, no era para poder cuidar su hijo sino para ajustar su jornada laboral a un turno fijo perjudicando por ello al resto de sus compañeros, si una empresa tiene unos turnos y hace que los trabajadores trabajen a turnos es porque quiere repartir ese problema de la turnicidad porque todos quieren trabajar al mismo horario y claro de esta forma lo que se hacia es que si se le concedía a todos el turno requerido terminaba una tercera persona teniendo que asumir los turnos que menos desean el resto de trabajadores con lo que existía una discriminación, ¿no le parece?.
Usted dice que en su empresa existe ese turno y por tanto que no perjudica a nadie, no es cierto, usted esta en un turno de tarde una semana y otra de mañanas y a lo mejor hasta una tercera de noches pues en esos turno que usted trabaja otra persona hará el resto de los turnos que usted no realiza y si a usted le ajustan a un mismo turno, por ej,, el de mañanas sus otros compañeros se verán relegados a no hacer mañanas y hacer sus otros turnos.
SMO.
30/06/2014 11:11
No estoy de acuerdo con su respuesta "jamgpreve". Según la redacción vigente del art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores no dice nada de eso.
1 Tengo entendido que en el caso de que mi mujer trabajara, los dos miembros de la pareja podríamos pedirnos el mismo horario para poder estar los dos con mi hija que nos necesita. Mi duda está en la ley de dependencia en la que consta ella como cuidadora, pero debido a la minusvalía de mi hija necesita del cuidado de los dos. No se si por ese motivo la empresa me lo podría denegar.
2 El horario que elegiría sería uno de los que normalmente se realizan en la empresa, por lo que no hay perjuicio para ella, la otra duda es que como ya hay otras dos persona en el horario que yo necesito, aunque tienen diferente cargo en la empresa, esta se puede negar a concedérmelo por ese motivo, alegando problemas de organización.
23/06/2014 13:27
1 su mujer ya cobra por el cuidado de su hija sera entonces quien deba cuidarla.
2 No se puede elegir turno si es trabajador a turnos, luego dice que ya hay dos trabajadores con turno de mañanas por tener una reducción de jornada, supongo que en ambos casos esta reducción se empezó a disfrutar antes de febrero de 2012, porque desde esa fecha ya no se puede hacer así, desde esa fecha el trabajador puede acogerse a una reducción de jornada pero dentro de su turno, esto es así porque al haber tanto abuso, (todo el mundo cogía una reducción de jornada para elegir turno), pues ahora no se puede usted puede reducir su jornada pero dentro de su turno.
SMO
Reducción de jornada
23/06/2014 12:49
Hola, tengo una hija de 18 años con 75% de minusvalía. Quiero saber si yo me puedo reducir la jornada de 40 a 35 horas con turno fijo de mañana para cuidarla mientras no está en el centro de día al que acude por las mañanas, teniendo en cuenta que:
-Mi mujer está en paro y cobra la ayuda de dependencia como cuidadora de nuestra hija.
-La empresa es una cadena de tiendas de la que soy uno de los tres encargados, aunque uno es jefe de tienda. Realizamos las mismas tareas en caso de necesidad que nuestros subordinados y dos de ellos ya tienen turno fijo de mañana por cuidado de hijos menores.
-También me gustaría saber si puedo elegir ese turno sin la necesidad de reducir jornada, por no perjudicar a mi empresa o si tiene que ir ligada la reducción de jornada con la elección de turno fijo.