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Reducción del concepto de antigüedad

1 Comentarios
 
06/09/2017 19:28
Plc73
¿Una Disposición adicional incluida en el convenio? En tal caso poco puede reclamar pero es que para reclamar dchos o impugnar una modificación tiene usted 20 días y lleva un año, en cambio para reclamaciones de cantidad dese el momento de la reclamación podrá reclamar desde la fecha a un año atrás y esta claro que las normas no se aplican a la carta y menos en favor de la empresa, con esto quiero decir que si le aplican esa disposición adicional debe ser con todas l, con ello quiero decir que puede las consecuencias es decir puede que le puedan aplicar ese 5 % en la antigüedad pero entonces tendrían que aplicar el concepto de plus de insularidad (ojo sin saber lo que dice la D.A igual me estoy adelantando, habrá que ver lo que dice tal disposición).
Reducción del concepto de antigüedad
06/09/2017 11:56
Hola,

Trabajo en una empresa de titularidad pública y derecho privado, según tengo entendido. Según mi contrato este se regula por el convenio de empresas de ingenierías y oficinas, según se estipula en este se debe abonar un 5% del salario base en concepto de antigüedad por cada trienio cumplido. Hasta el año pasado se aplicó así.

Pero el año pasado, en virtud de una disposición adicional de una ley autonómica la cual pretendía regular salarios del personal a cargo de las empresas, se me aplica un concepto fijo que representa menos de ese 5%. Pero no se me aplican otros conceptos, por ejemple un plus por insularidad, es decir la empresa solo aplica aquello que le interesa de esa disposición adicional de la ley.

Es decir ahora tengo en mi nomina, conceptos por antigüedad por el 5% y conceptos por antigüedad basados en el concepto fijo, de forma claramente diferenciada.

A todo esto, tengo que decir que entre una cosa y la otra ha pasado ya más de 1 año de que me aplicaran el nuevo concepto de antigüedad, fue por febrero del 2016.

¿Se puede hacer algo para que se me aplique el 5% como se venia haciendo e indica el convenio o bien me tengo que conformar con ese concepto fijo que es menor?

¿Si me tuviera que conformar con ese concepto fijo que es menor, no seria también obligatorio que me pagasen ese plus de insularidad? ¿porqué se permite el lujo de aplicar solo parcialmente?

Siento que es un atropello, una vez más, por la empresa.

Gracias !!!
Reducción del concepto de antigüedad | PorticoLegal
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06/09/2017 19:28
Plc73
¿Una Disposición adicional incluida en el convenio? En tal caso poco puede reclamar pero es que para reclamar dchos o impugnar una modificación tiene usted 20 días y lleva un año, en cambio para reclamaciones de cantidad dese el momento de la reclamación podrá reclamar desde la fecha a un año atrás y esta claro que las normas no se aplican a la carta y menos en favor de la empresa, con esto quiero decir que si le aplican esa disposición adicional debe ser con todas l, con ello quiero decir que puede las consecuencias es decir puede que le puedan aplicar ese 5 % en la antigüedad pero entonces tendrían que aplicar el concepto de plus de insularidad (ojo sin saber lo que dice la D.A igual me estoy adelantando, habrá que ver lo que dice tal disposición).
Reducción del concepto de antigüedad
06/09/2017 11:56
Hola,

Trabajo en una empresa de titularidad pública y derecho privado, según tengo entendido. Según mi contrato este se regula por el convenio de empresas de ingenierías y oficinas, según se estipula en este se debe abonar un 5% del salario base en concepto de antigüedad por cada trienio cumplido. Hasta el año pasado se aplicó así.

Pero el año pasado, en virtud de una disposición adicional de una ley autonómica la cual pretendía regular salarios del personal a cargo de las empresas, se me aplica un concepto fijo que representa menos de ese 5%. Pero no se me aplican otros conceptos, por ejemple un plus por insularidad, es decir la empresa solo aplica aquello que le interesa de esa disposición adicional de la ley.

Es decir ahora tengo en mi nomina, conceptos por antigüedad por el 5% y conceptos por antigüedad basados en el concepto fijo, de forma claramente diferenciada.

A todo esto, tengo que decir que entre una cosa y la otra ha pasado ya más de 1 año de que me aplicaran el nuevo concepto de antigüedad, fue por febrero del 2016.

¿Se puede hacer algo para que se me aplique el 5% como se venia haciendo e indica el convenio o bien me tengo que conformar con ese concepto fijo que es menor?

¿Si me tuviera que conformar con ese concepto fijo que es menor, no seria también obligatorio que me pagasen ese plus de insularidad? ¿porqué se permite el lujo de aplicar solo parcialmente?

Siento que es un atropello, una vez más, por la empresa.

Gracias !!!