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Reducción máxima de jornada

2 Comentarios
 
Reducción máxima de jornada
23/04/2020 15:24
Hola. La cuestión es la siguiente: tengo que reducir la jornada de un trabajador y no sé hasta cuánto la puedo reducir para no tener que pagar el incremento del 40% sobre el tipo de continguencias comunes (23,60%) previsto en la orden del TAS para los contratos a tiempo parcial. . Y no se como calcularlo. Ya q habla de 5 dias de trabajo efectivo. Necesitamos q trabaje 3 horas 3 dias a la semana
Gracias por vuestra ayuda.
23/04/2020 16:15
dovilma
Pues todo dependerá del convenio colectivo aplicable, (sin conocer éste o la actividad de la empresa, es imposible), no obstante usted plantea una reducción del cto, (supongo basándose en causas etop), esto sería una modif sust de las condiciones laborales, art 41 et, al ser una decisión unilateral el trabajador podrá impugnarla ante el Juez y será éste quien decida.
En cuanto a cómo calcular la jornada a reducir como he dicho, dependerá del convenio y de la jornada semanal a realizar, para ej el ET fija una jornada máxima para un CTO al 100 % de 40 h sem, si el trabajador va a trabajar 9 h/sem esto supone una jornada parcial del 22,5 % pero la empresa seguirá cotizando ese 23,6 % a cargo de la empresa y el 4,7 % a cargo del trabajador, (las cuotas a la SS siguen siendo las mismas, claro está, la cuantía es inferior dado que la jornada es tan inferior).
smo
23/04/2020 21:59
Jamgrrhh28
Muchas gracias por tu respuesta. Me has ayudado mucho.
Reducción máxima de jornada | PorticoLegal
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Reducción máxima de jornada
23/04/2020 15:24
Hola. La cuestión es la siguiente: tengo que reducir la jornada de un trabajador y no sé hasta cuánto la puedo reducir para no tener que pagar el incremento del 40% sobre el tipo de continguencias comunes (23,60%) previsto en la orden del TAS para los contratos a tiempo parcial. . Y no se como calcularlo. Ya q habla de 5 dias de trabajo efectivo. Necesitamos q trabaje 3 horas 3 dias a la semana
Gracias por vuestra ayuda.
23/04/2020 16:15
dovilma
Pues todo dependerá del convenio colectivo aplicable, (sin conocer éste o la actividad de la empresa, es imposible), no obstante usted plantea una reducción del cto, (supongo basándose en causas etop), esto sería una modif sust de las condiciones laborales, art 41 et, al ser una decisión unilateral el trabajador podrá impugnarla ante el Juez y será éste quien decida.
En cuanto a cómo calcular la jornada a reducir como he dicho, dependerá del convenio y de la jornada semanal a realizar, para ej el ET fija una jornada máxima para un CTO al 100 % de 40 h sem, si el trabajador va a trabajar 9 h/sem esto supone una jornada parcial del 22,5 % pero la empresa seguirá cotizando ese 23,6 % a cargo de la empresa y el 4,7 % a cargo del trabajador, (las cuotas a la SS siguen siendo las mismas, claro está, la cuantía es inferior dado que la jornada es tan inferior).
smo
23/04/2020 21:59
Jamgrrhh28
Muchas gracias por tu respuesta. Me has ayudado mucho.