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Reducción por alquiler

2 Comentarios
 
Reducción por alquiler
02/05/2012 10:58
Hola, buenos días.
Mi duda es la siguiente:
Estoy deduciéndome por la hipoteca de mi vivienda habitual.
Por otro lado, tengo un piso alquilado a una pareja joven que lo emplea como vivienda habitual.
¿Puedo solicitar la reducción por alquiler al mismo tiempo que me desgravo por la hipoteca de mi vivienda actual?
Gracias.
02/05/2012 12:07
Hola

Sí, podrás aplicar esto:

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Artículo 23.2

1.- En los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto calculado con arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior, se reducirá en un 60 %. Tratándose de rendimientos netos positivos, la reducción sólo resultará aplicable respecto de los rendimientos declarados por el contribuyente.

2.- Dicha reducción será del 100 %, cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 30 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.
--------
www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com
Un saludo
03/05/2012 12:32
Muchas gracias, no sabía si era compatible una deducción con otra.
Reducción por alquiler | PorticoLegal
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Reducción por alquiler
02/05/2012 10:58
Hola, buenos días.
Mi duda es la siguiente:
Estoy deduciéndome por la hipoteca de mi vivienda habitual.
Por otro lado, tengo un piso alquilado a una pareja joven que lo emplea como vivienda habitual.
¿Puedo solicitar la reducción por alquiler al mismo tiempo que me desgravo por la hipoteca de mi vivienda actual?
Gracias.
02/05/2012 12:07
Hola

Sí, podrás aplicar esto:

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Artículo 23.2

1.- En los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto calculado con arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior, se reducirá en un 60 %. Tratándose de rendimientos netos positivos, la reducción sólo resultará aplicable respecto de los rendimientos declarados por el contribuyente.

2.- Dicha reducción será del 100 %, cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 30 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.
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Un saludo
03/05/2012 12:32
Muchas gracias, no sabía si era compatible una deducción con otra.