Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reforma interior en casa

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
04/06/2014 02:42
Hola.
Puntualicemos:
"suavizar tu posición" No he suavizado ABSOLUTAMENTE NADA, pues no he considerado que hubiese que suavizar nada.
Dijiste:
(...) no sabes si está afectada por la alineación en todo o en parte, porque realmente la casa está en alineación (...)
He dicho y digo: Que en la LICENCIA se lee que LA ESCALERA, NO LA CASA, está fuera de alineación. NO soy yo quien dice o deja de decir dónde demonios están las dichosas escaleras!!!
Mi error ha sido leer PLANOS y cambiarlo en mi cabeza a PLAN. Ahí sí tienes TOOOOODA la razón.
Que se pueda o no deducir lo de eliminar la escalera, no lo hago yo. Lo deducen los responsables del Ayuntamiento que, mientras no se demuestre lo contrario, tendrán también sus conocimientos. Pueden estar equivocados, pero eso no tiene nada que ver con lo que yo he expuesto.
Nada de esta nueva intervención tuya justifica la falta de respeto llamando "animal" a quien se pudo, según tu versión, equivocar.
NO es que dude de tu preparación en este tema, pero entenderás que una persona que confunde algo tan básico como EXIGIR con CHANTAJEAR, pierde una gran parte de su credibilidad.
Y si finalmente el Ayuntamiento "recula", tendrás toda la razón, pero en caso contrario, el "animal" serías tú.
Mi postura es de dar credibilidad al documento del Ayuntamiento basándome en que se supone que lo ha elaborado alguien con conocimientos suficientes (aunque no exento de cometer errores).
Si en lugar de contestar diciendo...
"no haga caso" (el forero) "quién es el animal" (el funcionario), "demuestras donde tienes la sensibilidad" (todavía no sé a qué te refieres), "sigue a lo tuyo", "falta de interés en aportar algo" "no sabes si está afectada por la alineación en todo o en parte" etc...
...nos hubiésemos ahorrado una discusión tontorrona.
Un saludo.
04/06/2014 03:19
Entre un mensaje y otro, porque venía a cuenta y había intención de hacerlo, he buscado y he encontrado el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que desarrolla la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Todavía no he leído lo uno y lo otro, pero ya he dado un paso y he confirmado la presunción de que había de existir. He confirmado, además, que lo uno y lo otro son posteriores a la DSU, lo que no es preciso por su mayor rango pero confirma que la sensibilización con el tema no es algo innato sino aprendido.
por el momento voy a prescindir de su existencia, porque no tengo necesidad de presumir su alcance y podré recurri a ello, si acaso, tras su lectura.
El argumento primero y fundamental es que las obras solicitadas constituyen Obra Menor (puntos 1.37.1 y 1.37.2.b, c y d) de la Normativa de la DSU, por lo que no requieren adaptación alguna al planeamiento. Tanto es así que podrían/deberían autorizarse en edificios fuera de ordenación. No procede, por tanto, la demolición de las escaleras, sino ni siquiera la cesión de suelo fuera de la alineación.
El ayuntamiento puede promover un expediente que conduzca a la expropiación del suelo destinado a calle en la DSU, pero con eso, pagando, podría conseguir la titularidad del suelo hoy ocupado por la escalera, pero no necesariamente el derecho a demoler la escalera, lo que explico a continuación:
Actuando el ayuntamiento como propietario del suelo, y en base a un interés general que se le presume, podría promover un proyecto de modificación de la vía, con supresión de la escalera, proyecto al que podría presentar alegaciones cualquier vecino porque altera la imagen del núcleo (dicho en general, en base a la DSU y previo a la lectura prometida), y particularmente Hmo. He dicho supresión de la escalera y no he dicho demolición de la escalera, porque podría el ayuntamiento proponer una rasante de acera coincidente con el actual acceso a la vivienda, pero seguiría cabiendo la oposición por la modificación ambiental. Hmo podría también oponerse a la alteración del nivel de acceso a su vivienda, ante lo que el ayuntamiento incurriría en responsabilidad patrimonial, y exponer asimismo que la nivelación con el resto de la calle dejaría a su balcón no solo fuera de ordenación (altura menor de 3,50), sino en riesgo inasumible para su seguridad si se permite la circulación a vehículos sin restricción específica de gálibo.
No estamos hablando de ampliar una calle de una ciudad, sino de la calle de un núcleo cuyo número de habitantes se escribe con dos dígitos, con un viario de interés local y al que solo se puede pedir dimensión adecuada para atender un servicio de emergencia.
no me sorprendería que en ese pleno, fuera el alcalde o fuera cualquier otro concejal, cualquiera de ellos (animal, reitero el calificativo), propuso la eliminación de la escalera, quizá porque el año pasado a su cuñado le obligaron a retranquear un cierre de parcela, y todos, sin la más mínima sensibilidad y sin conocimiento del marco legal (incluyo a la secretaria, por lo que se ve), lo apoyaron
04/06/2014 04:10
y no, Miguelsercos, no puntalices. Sobre esto, pregunta y te daré cumplida respuesta.
nada cambiaría si el alcalde es tozudo, pero, tras haber toreado estos temas en muchas plazas, lo más probable es que no haya respuesta al recurso.
es más, creo que esa condición se trata de imponer a alguien foráneo y no se haría con un vecino hijo y nieto de vecinos
en otro orden de cosas, y respecto a otros comentarios que he realizado, no es ilegal animar a saltarse los límites normativos, aunque en este tema no he propuesto incumplir nada (relee). Alguna vez he podido delinquir (temas menores, jugándome la cara, a veces algo sustancial para la pacífica convivencia), y un montón de veces he saltado las normas. Nunca he sido condenado ni siquiera por responsabilidad profesional y, aunque una vez me han tirado una casa, han tenido que pagarla. Soy un convencido de que el marco legal es la mayor garantía de convivencia, pero no lo comparto íntegramente y tengo clara idea de dónde pongo los límites.
Reforma interior en casa | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reforma interior en casa

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
04/06/2014 02:42
Hola.
Puntualicemos:
"suavizar tu posición" No he suavizado ABSOLUTAMENTE NADA, pues no he considerado que hubiese que suavizar nada.
Dijiste:
(...) no sabes si está afectada por la alineación en todo o en parte, porque realmente la casa está en alineación (...)
He dicho y digo: Que en la LICENCIA se lee que LA ESCALERA, NO LA CASA, está fuera de alineación. NO soy yo quien dice o deja de decir dónde demonios están las dichosas escaleras!!!
Mi error ha sido leer PLANOS y cambiarlo en mi cabeza a PLAN. Ahí sí tienes TOOOOODA la razón.
Que se pueda o no deducir lo de eliminar la escalera, no lo hago yo. Lo deducen los responsables del Ayuntamiento que, mientras no se demuestre lo contrario, tendrán también sus conocimientos. Pueden estar equivocados, pero eso no tiene nada que ver con lo que yo he expuesto.
Nada de esta nueva intervención tuya justifica la falta de respeto llamando "animal" a quien se pudo, según tu versión, equivocar.
NO es que dude de tu preparación en este tema, pero entenderás que una persona que confunde algo tan básico como EXIGIR con CHANTAJEAR, pierde una gran parte de su credibilidad.
Y si finalmente el Ayuntamiento "recula", tendrás toda la razón, pero en caso contrario, el "animal" serías tú.
Mi postura es de dar credibilidad al documento del Ayuntamiento basándome en que se supone que lo ha elaborado alguien con conocimientos suficientes (aunque no exento de cometer errores).
Si en lugar de contestar diciendo...
"no haga caso" (el forero) "quién es el animal" (el funcionario), "demuestras donde tienes la sensibilidad" (todavía no sé a qué te refieres), "sigue a lo tuyo", "falta de interés en aportar algo" "no sabes si está afectada por la alineación en todo o en parte" etc...
...nos hubiésemos ahorrado una discusión tontorrona.
Un saludo.
04/06/2014 03:19
Entre un mensaje y otro, porque venía a cuenta y había intención de hacerlo, he buscado y he encontrado el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que desarrolla la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Todavía no he leído lo uno y lo otro, pero ya he dado un paso y he confirmado la presunción de que había de existir. He confirmado, además, que lo uno y lo otro son posteriores a la DSU, lo que no es preciso por su mayor rango pero confirma que la sensibilización con el tema no es algo innato sino aprendido.
por el momento voy a prescindir de su existencia, porque no tengo necesidad de presumir su alcance y podré recurri a ello, si acaso, tras su lectura.
El argumento primero y fundamental es que las obras solicitadas constituyen Obra Menor (puntos 1.37.1 y 1.37.2.b, c y d) de la Normativa de la DSU, por lo que no requieren adaptación alguna al planeamiento. Tanto es así que podrían/deberían autorizarse en edificios fuera de ordenación. No procede, por tanto, la demolición de las escaleras, sino ni siquiera la cesión de suelo fuera de la alineación.
El ayuntamiento puede promover un expediente que conduzca a la expropiación del suelo destinado a calle en la DSU, pero con eso, pagando, podría conseguir la titularidad del suelo hoy ocupado por la escalera, pero no necesariamente el derecho a demoler la escalera, lo que explico a continuación:
Actuando el ayuntamiento como propietario del suelo, y en base a un interés general que se le presume, podría promover un proyecto de modificación de la vía, con supresión de la escalera, proyecto al que podría presentar alegaciones cualquier vecino porque altera la imagen del núcleo (dicho en general, en base a la DSU y previo a la lectura prometida), y particularmente Hmo. He dicho supresión de la escalera y no he dicho demolición de la escalera, porque podría el ayuntamiento proponer una rasante de acera coincidente con el actual acceso a la vivienda, pero seguiría cabiendo la oposición por la modificación ambiental. Hmo podría también oponerse a la alteración del nivel de acceso a su vivienda, ante lo que el ayuntamiento incurriría en responsabilidad patrimonial, y exponer asimismo que la nivelación con el resto de la calle dejaría a su balcón no solo fuera de ordenación (altura menor de 3,50), sino en riesgo inasumible para su seguridad si se permite la circulación a vehículos sin restricción específica de gálibo.
No estamos hablando de ampliar una calle de una ciudad, sino de la calle de un núcleo cuyo número de habitantes se escribe con dos dígitos, con un viario de interés local y al que solo se puede pedir dimensión adecuada para atender un servicio de emergencia.
no me sorprendería que en ese pleno, fuera el alcalde o fuera cualquier otro concejal, cualquiera de ellos (animal, reitero el calificativo), propuso la eliminación de la escalera, quizá porque el año pasado a su cuñado le obligaron a retranquear un cierre de parcela, y todos, sin la más mínima sensibilidad y sin conocimiento del marco legal (incluyo a la secretaria, por lo que se ve), lo apoyaron
04/06/2014 04:10
y no, Miguelsercos, no puntalices. Sobre esto, pregunta y te daré cumplida respuesta.
nada cambiaría si el alcalde es tozudo, pero, tras haber toreado estos temas en muchas plazas, lo más probable es que no haya respuesta al recurso.
es más, creo que esa condición se trata de imponer a alguien foráneo y no se haría con un vecino hijo y nieto de vecinos
en otro orden de cosas, y respecto a otros comentarios que he realizado, no es ilegal animar a saltarse los límites normativos, aunque en este tema no he propuesto incumplir nada (relee). Alguna vez he podido delinquir (temas menores, jugándome la cara, a veces algo sustancial para la pacífica convivencia), y un montón de veces he saltado las normas. Nunca he sido condenado ni siquiera por responsabilidad profesional y, aunque una vez me han tirado una casa, han tenido que pagarla. Soy un convencido de que el marco legal es la mayor garantía de convivencia, pero no lo comparto íntegramente y tengo clara idea de dónde pongo los límites.