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Reformatio in peius

1 Comentarios
 
30/04/2012 21:34
Lo que has descrito no es reformatio in peius, es prevaricación. No se me ocurre cómo una falta de motivación puede cambiar el sentido de la resolución al motivarla. La motivación sólo complementará, dándole validez a la resolución, pero nunca debe cambiar el sentido de lo decidido.
Reformatio in peius
30/04/2012 17:15
Hola: Si la Audiencia Provincial anulara un auto por falta de motivación, ¿sería sancionable el que el Juez de Instrucción rehiciera el auto y (sin ningún tipo de diligencia investigadora) imputara al apelante el delito de acusación y denuncia falsa? Yo pienso que eso sería vulnerar la prohibición de la reformatio in peius; pero, no sé si esta es solamente aplicable a la Audiencia Provincial que recibe el recurso o, también, pudiera aplicarse al Instructor que motiva el auto "a peor". Muchas gracias por vuestras respuestas.
Reformatio in peius | PorticoLegal
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30/04/2012 21:34
Lo que has descrito no es reformatio in peius, es prevaricación. No se me ocurre cómo una falta de motivación puede cambiar el sentido de la resolución al motivarla. La motivación sólo complementará, dándole validez a la resolución, pero nunca debe cambiar el sentido de lo decidido.
Reformatio in peius
30/04/2012 17:15
Hola: Si la Audiencia Provincial anulara un auto por falta de motivación, ¿sería sancionable el que el Juez de Instrucción rehiciera el auto y (sin ningún tipo de diligencia investigadora) imputara al apelante el delito de acusación y denuncia falsa? Yo pienso que eso sería vulnerar la prohibición de la reformatio in peius; pero, no sé si esta es solamente aplicable a la Audiencia Provincial que recibe el recurso o, también, pudiera aplicarse al Instructor que motiva el auto "a peor". Muchas gracias por vuestras respuestas.