Hola! Me gustaria, que alguien me informara sobre lo que es y como funcionan las refundiciones de condena, y a quien deben diriguirse.muchas gracias. georgina
A ver, mira, la respuesta la tienes en el articulo 76 del codigo penal, que dispone: 1. no obstante lo dispuesto en el articulo anterior, el maximo cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podra exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la mas grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho maximo, que no podra exceder de 20 años (...).
2. La limitacion se aplicara aunque las penas se hayan impuesto en distintos procesos si los hechos, por su conexion o el momento de su comision, pudieran haberse enjuiciado en uno solo.
Espero haber sido de ayuda.