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Regimen de comunicación?

3 Comentarios
 
30/03/2014 20:19
McKlaun te entiendo muy bien, llevo sufriendo esto desde años. En la sentencia no fija nada concreto, se da por hecho que los padres actuaran pensando en el hijo comun, es decir aplicando el sentido comun...
Pues a mi el papa no me deja saber, ni hablar con nuestro hijo, solo cuando el lo decide: cada 4 dias en periodo de vacaciones y el domingo del finde (que va de viernes a lunes) y esto despues de al menos 2 intentos por mi parte.
Lleva asi 2 años y medio, mi hijo va a cumplir 5. He denunciado, pues ha llegado a tenerme 6 dias sin noticias, he puesto demandas de ejecucion, pero NADA, porque efectivamente al no estar especificado en sentencia... solo se puede solicitar una revision de medidas.
Por mi parte jamas dejo de atender sus llamadas cuando llama a su hijo, pues pienso en el bien del niño. Suerte
25/03/2014 16:33
Hola

Este tema se puede intentar resolver en la medida que sea posible en un proceso de mediación familiar.
Es un proceso voluntario para ambas partes pero puede dar soluciones a conflictos cronificados y mejorar la comunicación.

www.rutgarcia.com
Peritajes psicológicos y Mediaciones familiares Barcelona
21/03/2014 10:24
Dedo decirle que por desgracia no hay ninguna "ley" que le pueda amparar en este momento. En su día, cuando hicieron el convenio (de mutuo acuerdo o no) deberían haber previsto un régimen de comunicaciones. Obviamente cuando uno regula estas situaciones considera que hay cosas lógicas que no van a causar problemas en el futuro, pero la experiencia diaria es que sí los da, y son situaciones muy difíciles pues se trata de la adecuada relacion entre los menores y sus progenitores.

Puede instar un procedimiento de modificación de medidas para introducir un régimen de comunicación telefonica o electrónica (para cuando ya sea más mayor) con su hijo, pero también le informo que una vez dicho régimen se apruebe, nadie podrá verificar si realmente se está cumpliendo. Quiero decir, que el hecho de que esté regulado en el convenio/sentencia, no implica que necesariamente la otra parte vaya a cumplirlo. Pero en ese caso, en caso de que no lo cumpla, usted ya podrá tomar otro tipo de medidas, puesto que al estar previsto expresamente, su actitud supondría un incumplimiento de sentencia.

AR.Abogada, Alicante.
Regimen de comunicación?
20/03/2014 22:03
Hola de nuevo.

Esta es la situación; La madre de mi hijo no me deja hablar con el por teléfono. Seguro que es un tema que a salido también, pero no lo he encontrado e ignoro cuales son nuestros derechos al respecto (tanto mios como del enano).

Yo suelo llamar cada dos o tres dias para hablar con el. Habla poco y mal pero ya sabeis como sienta oir esa vocecilla...
La madre siempre o casi siempre dice que esta muy ocupada o esta dando de comer/cenar/bañando al niño y no puede ponerse.

Tengo que decir que cuando el enano está conmigo soy yo el que llama para que su hijo le dé las buenas noches a su madre.
Lo hago por el.

Entonces, que hay que hacer? Existe alguna ley que nos ampare? En sentencia no pone nada al respecto pero he leido por ahi que puedo pedir un regimen de comunicacion...

Gracias por vuestros comentarios!!
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30/03/2014 20:19
McKlaun te entiendo muy bien, llevo sufriendo esto desde años. En la sentencia no fija nada concreto, se da por hecho que los padres actuaran pensando en el hijo comun, es decir aplicando el sentido comun...
Pues a mi el papa no me deja saber, ni hablar con nuestro hijo, solo cuando el lo decide: cada 4 dias en periodo de vacaciones y el domingo del finde (que va de viernes a lunes) y esto despues de al menos 2 intentos por mi parte.
Lleva asi 2 años y medio, mi hijo va a cumplir 5. He denunciado, pues ha llegado a tenerme 6 dias sin noticias, he puesto demandas de ejecucion, pero NADA, porque efectivamente al no estar especificado en sentencia... solo se puede solicitar una revision de medidas.
Por mi parte jamas dejo de atender sus llamadas cuando llama a su hijo, pues pienso en el bien del niño. Suerte
25/03/2014 16:33
Hola

Este tema se puede intentar resolver en la medida que sea posible en un proceso de mediación familiar.
Es un proceso voluntario para ambas partes pero puede dar soluciones a conflictos cronificados y mejorar la comunicación.

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21/03/2014 10:24
Dedo decirle que por desgracia no hay ninguna "ley" que le pueda amparar en este momento. En su día, cuando hicieron el convenio (de mutuo acuerdo o no) deberían haber previsto un régimen de comunicaciones. Obviamente cuando uno regula estas situaciones considera que hay cosas lógicas que no van a causar problemas en el futuro, pero la experiencia diaria es que sí los da, y son situaciones muy difíciles pues se trata de la adecuada relacion entre los menores y sus progenitores.

Puede instar un procedimiento de modificación de medidas para introducir un régimen de comunicación telefonica o electrónica (para cuando ya sea más mayor) con su hijo, pero también le informo que una vez dicho régimen se apruebe, nadie podrá verificar si realmente se está cumpliendo. Quiero decir, que el hecho de que esté regulado en el convenio/sentencia, no implica que necesariamente la otra parte vaya a cumplirlo. Pero en ese caso, en caso de que no lo cumpla, usted ya podrá tomar otro tipo de medidas, puesto que al estar previsto expresamente, su actitud supondría un incumplimiento de sentencia.

AR.Abogada, Alicante.
Regimen de comunicación?
20/03/2014 22:03
Hola de nuevo.

Esta es la situación; La madre de mi hijo no me deja hablar con el por teléfono. Seguro que es un tema que a salido también, pero no lo he encontrado e ignoro cuales son nuestros derechos al respecto (tanto mios como del enano).

Yo suelo llamar cada dos o tres dias para hablar con el. Habla poco y mal pero ya sabeis como sienta oir esa vocecilla...
La madre siempre o casi siempre dice que esta muy ocupada o esta dando de comer/cenar/bañando al niño y no puede ponerse.

Tengo que decir que cuando el enano está conmigo soy yo el que llama para que su hijo le dé las buenas noches a su madre.
Lo hago por el.

Entonces, que hay que hacer? Existe alguna ley que nos ampare? En sentencia no pone nada al respecto pero he leido por ahi que puedo pedir un regimen de comunicacion...

Gracias por vuestros comentarios!!