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Regimen de visitas y patría potestad compartida

4 Comentarios
 
Regimen de visitas y patría potestad compartida
24/03/2009 18:00
Hola, me llamo Rafa. En la sentencia que tengo del año 2006 en el regimen de visitas pone:
El padre pasará con su hijo igualmente los lunes y miércoles de cada semana, recogiéndolo a la salida del colegio, reintegrándolo a las 20h.
¿Y los días que no tiene colegio, pille en fiestas o como mañana miércoles que hay huelga, también lo puedo recoger a los 16´30h?
¿Por favor, me puede explicar alguien que es exactamente la patría potestad compartida (como es mi caso) y lo que le obliga a la madre? Porque yo solo estoy para recoger y entregar a mi hijo nada mas. Porque a mi nunca me consulta nada en referente a mi hijo, ella toma las decisiones y yo solo estoy para cuando me toca o cuando ella no puede o no quiere quedarse con él, como ha pasado en el puente este último de San José que le tocaba estar este finde con ella y me decía que no se podía hacer cargo de él esos 4 días. Un saludo.
24/03/2009 18:27
Habría que ver si hay algún matiz en su convenio/sentencia, pero sino en líneas generales, el régimen de visitas intersemanal sería válido los días en que haya colegio de acuerdo con el calendario escolar oficial del municipio donde estén escolarizados.

La patria potestad, está regulada en los artículos 154 y siguientes del código civil, que le recomiendo leer.

Dentro de los deberes entraría todo lo referente a sanidad y educación. La custodia no da ninguna ventaja legal sobre el no custodio en la toma de decisiones importantes. Ahora bien en la práctica, se encontrará con incompresión y mentes estrechas que confunden patria potestad y custodia, y llegan al extremo de negar los derechos que todo padre tiene a conocer las notas de sus hijos, por ejemplo. Pero no quiero que se desanime con mis palabra, sino que le sirvan de advertencia sobre los obstáculos que va a encontrar en su papel de padre no custodio, y que no deben amedrentarle.

Ánimo y suerte.
24/03/2009 18:45
Hola samaruc. No, no hay ningún matiz en la sentencia. Lo he escrito tal como viene en la sentencia. Ademas, recuerdo que un día de los que me tocaba recogerlo tampoco había colegio y me lo dijo la madre que no tenía porque dejarmelo, por lo que ponía en la sentencia. Aunque, también es verdad que casi lo tengo yo mas que ella. Entre los dias que me toca, los días que ella no puede o no quiere quedarse con él. Gracias y un saludo.
24/03/2009 18:59
Bueno, la redacción se presta a interpretaciones. Si en los convenios especificas mucho, a algunos jueces les revienta y te lo simplifican (según ellos, para evitar litigiosidad), lo que aumenta luego la litigiosidad por problemas interpretativos.
Entiendo que a falta de ninguna otra especificación, el padre pasará con su hijos todos los lunes y miércoles de cada semana pues no especifica que sea durante el curso escolar, recogiéndolo a la salida del colegio (horario de recogida) y reintegrándolo a las 20 h. (horario de entrega). Por tanto, cuando no tenga colegio, entiendo que sigue teniendo derecho pero en esa franja horaria, es decir, tomando de partida la de salida del cole aunque no haya cole y la que ya conoce de entrega.
Un saludo.
24/03/2009 20:17
Hola Nuria, perdona pero yo no veo que tenga otra interpretación. Pone lo que pone. Y en estos casos, por el bien del menor debería especificar todo lo posible. Entonces, si la madre me dice que no me lo deja que hago, ¿la denuncio? Es que la mayoría de los jueces, dicen que lo hacen por el bien de los críos, y eso es mentira, lo hacen por terminar cuanto antes. No hay nada mas que ver el juez que yo tengo, llegar al juicio y decir para la madre. Y denuncias por mi parte tiene a montones esta señora, pero como va siempre al mismo juez, pues caso archivado. Se le cree mas a una mentirosa mas que a uno como yo que lleva desde al año 2000 haciendolo todo por la ley. Viva la justicia de España.
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24/03/2009 18:00
Hola, me llamo Rafa. En la sentencia que tengo del año 2006 en el regimen de visitas pone:
El padre pasará con su hijo igualmente los lunes y miércoles de cada semana, recogiéndolo a la salida del colegio, reintegrándolo a las 20h.
¿Y los días que no tiene colegio, pille en fiestas o como mañana miércoles que hay huelga, también lo puedo recoger a los 16´30h?
¿Por favor, me puede explicar alguien que es exactamente la patría potestad compartida (como es mi caso) y lo que le obliga a la madre? Porque yo solo estoy para recoger y entregar a mi hijo nada mas. Porque a mi nunca me consulta nada en referente a mi hijo, ella toma las decisiones y yo solo estoy para cuando me toca o cuando ella no puede o no quiere quedarse con él, como ha pasado en el puente este último de San José que le tocaba estar este finde con ella y me decía que no se podía hacer cargo de él esos 4 días. Un saludo.
24/03/2009 18:27
Habría que ver si hay algún matiz en su convenio/sentencia, pero sino en líneas generales, el régimen de visitas intersemanal sería válido los días en que haya colegio de acuerdo con el calendario escolar oficial del municipio donde estén escolarizados.

La patria potestad, está regulada en los artículos 154 y siguientes del código civil, que le recomiendo leer.

Dentro de los deberes entraría todo lo referente a sanidad y educación. La custodia no da ninguna ventaja legal sobre el no custodio en la toma de decisiones importantes. Ahora bien en la práctica, se encontrará con incompresión y mentes estrechas que confunden patria potestad y custodia, y llegan al extremo de negar los derechos que todo padre tiene a conocer las notas de sus hijos, por ejemplo. Pero no quiero que se desanime con mis palabra, sino que le sirvan de advertencia sobre los obstáculos que va a encontrar en su papel de padre no custodio, y que no deben amedrentarle.

Ánimo y suerte.
24/03/2009 18:45
Hola samaruc. No, no hay ningún matiz en la sentencia. Lo he escrito tal como viene en la sentencia. Ademas, recuerdo que un día de los que me tocaba recogerlo tampoco había colegio y me lo dijo la madre que no tenía porque dejarmelo, por lo que ponía en la sentencia. Aunque, también es verdad que casi lo tengo yo mas que ella. Entre los dias que me toca, los días que ella no puede o no quiere quedarse con él. Gracias y un saludo.
24/03/2009 18:59
Bueno, la redacción se presta a interpretaciones. Si en los convenios especificas mucho, a algunos jueces les revienta y te lo simplifican (según ellos, para evitar litigiosidad), lo que aumenta luego la litigiosidad por problemas interpretativos.
Entiendo que a falta de ninguna otra especificación, el padre pasará con su hijos todos los lunes y miércoles de cada semana pues no especifica que sea durante el curso escolar, recogiéndolo a la salida del colegio (horario de recogida) y reintegrándolo a las 20 h. (horario de entrega). Por tanto, cuando no tenga colegio, entiendo que sigue teniendo derecho pero en esa franja horaria, es decir, tomando de partida la de salida del cole aunque no haya cole y la que ya conoce de entrega.
Un saludo.
24/03/2009 20:17
Hola Nuria, perdona pero yo no veo que tenga otra interpretación. Pone lo que pone. Y en estos casos, por el bien del menor debería especificar todo lo posible. Entonces, si la madre me dice que no me lo deja que hago, ¿la denuncio? Es que la mayoría de los jueces, dicen que lo hacen por el bien de los críos, y eso es mentira, lo hacen por terminar cuanto antes. No hay nada mas que ver el juez que yo tengo, llegar al juicio y decir para la madre. Y denuncias por mi parte tiene a montones esta señora, pero como va siempre al mismo juez, pues caso archivado. Se le cree mas a una mentirosa mas que a uno como yo que lleva desde al año 2000 haciendolo todo por la ley. Viva la justicia de España.