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Regimen de visitas

6 Comentarios
 
11/03/2014 11:48
princo, comunique a su ex pareja su circunstancias de manera fehaciente, para cubrir posibles reclamaciones posteriores. En esa comunicación, explique detalladamente la alternativa que propone.
Como apunta madre40, si su expareja, a pesar de la alternativa que usted proporciona, no quisiera aceptarla, estaría en su derecho, pues el realidad el que incumple es usted. Ahora bien, si ha habido buena fe por su parte, yo pelearía por argumentar que el régimen ordinario (el que rige el resto del año) es un régimen de visitas subsidiario, y que podría aplicarse también en los periodos vacacionales. Si el convenio no lo prohíbe ¿quién va a decir que no es así? El régimen especial de las vacaciones es eso, un régimen especial más amplio en cuanto al tiempo que pasa el no custodio con los hijos pero... no poder pasar todo ese tiempo con ellos implica la imposibilidad de pasar el tiempo del que disponga? Para mí no sería obstáculo.

AR.Abogada, Alicante.
11/03/2014 11:01
Insisto en los 15 dias de vacaciones puede tenerlos pero en los otros 15 dias supongamos de julio que le toquen y usted trabaje y no quiera/pueda estar con sus hijos la madre no estaria obligada a nada, si de buenas ella admite bien pero suno malo
11/03/2014 10:54
quizás no me he explicado correctamente, mi disposición es a tener a mis hijos los 15 días de vacaciones que tengo en verano, el resto del tiempo sería mantener las visitas ordinarias del resto del año, no elijo los días que me conviene ya que mi horario de trabajo no me lo permite. Por otro lado, el tener la custodia implica una mayor responsabilidad, y yo estoy ofreciendo una alternativa viable, no busco ningún tipo de enfrentamiento, o simplemente no acudir a buscar a mis hijos, práctica bastante habitual por desgracia.
En mi caso, sigo soportando obstaculizaciones en la entrega de mis hijos y la comunicación telefónica, pero ese es otro debate. Sólo pretendo seguir el contacto con mis hijos y que ellos no se vean afectados por otras causas.
11/03/2014 10:09
Efectivamente si usted no quiere pasar los 15 dias seguido de agosto por ejemplo usted no esta obligado, pero ella tampoco estaria obligada a dejarle los niños durante unos dias sueltos que a usted le convenga.
Muchos custodios y custodias también trabajan durante todo el año y en verano y eso no es excusa
11/03/2014 10:08
Muchas gracias por su respuesta
11/03/2014 09:48
Buenos días.
Efectivamente, para no tener problemas debería comunicar con suficiente antelación a su ex esposa tales circunstancias. Si hace esto estará actuando dentro de lo dispuesto en el convenio regulador por lo que no debería tener problemas. Otra cosa sería como se lo tomase ella, pero usted estaría obrando correctamente.
Reciba un cordial saludo.
www.civil45abogados.com
Regimen de visitas
11/03/2014 08:41
Buenos días, estoy divorciado y según el convenio regulador de separación hay pactado un régimen de visitas para los días entre semana y para los periodos vacacionales.
Se especifica también que según la disponibilidad de las obligaciones profesionales, ambos padres podrñan modificar este régimen.
Está próximo el periodo vacacional de semana santa y el de verano y debido a mi trabajo me es imposible tener a mis hijos en el periodo de semana santa y en verano, únicamente dispongo de 15 días en agosto que me corresponden según convenio. Hay otro periodo de días en verano que igualmente por obligaciones laborales no puedo quedarme con mis hijos de forma continuada.
Yo no renuncio a tener a mis hijos y mi propuesta es mantener el régimen de visitas que se lleva a cabo todo el año, es decir, dos tardes por semana y fines de semana alterno para que los menores no se vean afectados. Estoy incumpliento el régimen de visitas? puede la parte custodia "obligarme" a cumplirlo si no puedo? He leido que las visitas son un derecho pero no una imposición y más si aviso con antelación y propongo una solución alternativa.
Gracias
Regimen de visitas | PorticoLegal
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11/03/2014 11:48
princo, comunique a su ex pareja su circunstancias de manera fehaciente, para cubrir posibles reclamaciones posteriores. En esa comunicación, explique detalladamente la alternativa que propone.
Como apunta madre40, si su expareja, a pesar de la alternativa que usted proporciona, no quisiera aceptarla, estaría en su derecho, pues el realidad el que incumple es usted. Ahora bien, si ha habido buena fe por su parte, yo pelearía por argumentar que el régimen ordinario (el que rige el resto del año) es un régimen de visitas subsidiario, y que podría aplicarse también en los periodos vacacionales. Si el convenio no lo prohíbe ¿quién va a decir que no es así? El régimen especial de las vacaciones es eso, un régimen especial más amplio en cuanto al tiempo que pasa el no custodio con los hijos pero... no poder pasar todo ese tiempo con ellos implica la imposibilidad de pasar el tiempo del que disponga? Para mí no sería obstáculo.

AR.Abogada, Alicante.
11/03/2014 11:01
Insisto en los 15 dias de vacaciones puede tenerlos pero en los otros 15 dias supongamos de julio que le toquen y usted trabaje y no quiera/pueda estar con sus hijos la madre no estaria obligada a nada, si de buenas ella admite bien pero suno malo
11/03/2014 10:54
quizás no me he explicado correctamente, mi disposición es a tener a mis hijos los 15 días de vacaciones que tengo en verano, el resto del tiempo sería mantener las visitas ordinarias del resto del año, no elijo los días que me conviene ya que mi horario de trabajo no me lo permite. Por otro lado, el tener la custodia implica una mayor responsabilidad, y yo estoy ofreciendo una alternativa viable, no busco ningún tipo de enfrentamiento, o simplemente no acudir a buscar a mis hijos, práctica bastante habitual por desgracia.
En mi caso, sigo soportando obstaculizaciones en la entrega de mis hijos y la comunicación telefónica, pero ese es otro debate. Sólo pretendo seguir el contacto con mis hijos y que ellos no se vean afectados por otras causas.
11/03/2014 10:09
Efectivamente si usted no quiere pasar los 15 dias seguido de agosto por ejemplo usted no esta obligado, pero ella tampoco estaria obligada a dejarle los niños durante unos dias sueltos que a usted le convenga.
Muchos custodios y custodias también trabajan durante todo el año y en verano y eso no es excusa
11/03/2014 10:08
Muchas gracias por su respuesta
11/03/2014 09:48
Buenos días.
Efectivamente, para no tener problemas debería comunicar con suficiente antelación a su ex esposa tales circunstancias. Si hace esto estará actuando dentro de lo dispuesto en el convenio regulador por lo que no debería tener problemas. Otra cosa sería como se lo tomase ella, pero usted estaría obrando correctamente.
Reciba un cordial saludo.
www.civil45abogados.com
Regimen de visitas
11/03/2014 08:41
Buenos días, estoy divorciado y según el convenio regulador de separación hay pactado un régimen de visitas para los días entre semana y para los periodos vacacionales.
Se especifica también que según la disponibilidad de las obligaciones profesionales, ambos padres podrñan modificar este régimen.
Está próximo el periodo vacacional de semana santa y el de verano y debido a mi trabajo me es imposible tener a mis hijos en el periodo de semana santa y en verano, únicamente dispongo de 15 días en agosto que me corresponden según convenio. Hay otro periodo de días en verano que igualmente por obligaciones laborales no puedo quedarme con mis hijos de forma continuada.
Yo no renuncio a tener a mis hijos y mi propuesta es mantener el régimen de visitas que se lleva a cabo todo el año, es decir, dos tardes por semana y fines de semana alterno para que los menores no se vean afectados. Estoy incumpliento el régimen de visitas? puede la parte custodia "obligarme" a cumplirlo si no puedo? He leido que las visitas son un derecho pero no una imposición y más si aviso con antelación y propongo una solución alternativa.
Gracias