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Régimen visitas

1 Comentarios
 
Régimen visitas
05/06/2019 10:02
hola, tengo una vista proximamente y me ha suscitado una duda. En relación a visitas, ha emitido un informe el punto de encuentro, podría pedir al juzgado que fuesen a prestar declaración el día de la vista, o ha precluido el trámite.
Por otro lado sabéis la diferencia entre ejecución de sentencia, y modificación a medidas, a fin de solicitar la ampliación del régimen de visitas. Mediante sentencia se decreto que se podría ampliar.
gracias

un saludo
05/06/2019 13:48
judhit
Desconozco exactamente, pues no soy letrado. Más, hasta donde se, los informes de psicosociales y demás.....no creo el juzgado "solicite" nada. Lo habrían de solicitar una de las partes. Y aún así....por los casos que conozco, es complicado que se les cite a dar explicaciones.
Normalmente (insisto: hablo solo por los casos que conozco) se hace valer lo que se diga en el informe.

Respecto a lo segundo, si se refiere a que en la sentencia ponga algo como que entre los progenitores se puede acordar cualquier modificación, ampliación de visitas, etc..... Si no hay acuerdo.....no creo sirva de nada. A no ser que se especifique otra cosa, claro.
Supongo que lo que cabría sería modificar medidas. Los abogados podrán confirmarle o asesorarle mejor.
Un saludo
Régimen visitas | PorticoLegal
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Régimen visitas
05/06/2019 10:02
hola, tengo una vista proximamente y me ha suscitado una duda. En relación a visitas, ha emitido un informe el punto de encuentro, podría pedir al juzgado que fuesen a prestar declaración el día de la vista, o ha precluido el trámite.
Por otro lado sabéis la diferencia entre ejecución de sentencia, y modificación a medidas, a fin de solicitar la ampliación del régimen de visitas. Mediante sentencia se decreto que se podría ampliar.
gracias

un saludo
05/06/2019 13:48
judhit
Desconozco exactamente, pues no soy letrado. Más, hasta donde se, los informes de psicosociales y demás.....no creo el juzgado "solicite" nada. Lo habrían de solicitar una de las partes. Y aún así....por los casos que conozco, es complicado que se les cite a dar explicaciones.
Normalmente (insisto: hablo solo por los casos que conozco) se hace valer lo que se diga en el informe.

Respecto a lo segundo, si se refiere a que en la sentencia ponga algo como que entre los progenitores se puede acordar cualquier modificación, ampliación de visitas, etc..... Si no hay acuerdo.....no creo sirva de nada. A no ser que se especifique otra cosa, claro.
Supongo que lo que cabría sería modificar medidas. Los abogados podrán confirmarle o asesorarle mejor.
Un saludo